Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2001 (01/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 1 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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Cartas de fecha 30 de diciembre de 1999 del Director Gerente de la mencionada empresa, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se presento al Instituto Nacional Penitenciario en garantia de los adelantos directos y por materiales contemplados en el rubro XVIII de las citadas Bases, cuatro Cartas Fianza emitidas por el Banco de Comercio, dos de ellas signadas con el Nº 99/0001264-01 por la suma de S/. 36,590.21 y S/. 73,180.42 nuevos soles, respectivamente, MORDAZA de fecha 20 de diciembre de 1999, y las otras dos con Nºs. 99/0001264-08 y 99/0001266-09 por S/. 69,600.00 y S/. 34,800.00 nuevos soles, respectivamente, de fecha 27 de diciembre de 1999; Que el Banco de Comercio en su comunicacion de fecha 12 de enero de 2000 confirmo a la Direccion General de Infraestructura del INPE no haber emitido las citadas Cartas Fianza a favor de la mencionada contratista; Que existiendo indicios razonables de la comision de delito, es procedente la autorizacion a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga las acciones judiciales pertinentes contra el citado Director Gerente de la empresa Antisismica S.A. Contratistas Generales y los que resulten responsables de la comision de delito contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Gerente de la empresa Antisismica S.A. Contratistas Generales y los que resulten responsables de la comision del delito contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 19056 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 057-2001-JUS MORDAZA, 26 de febrero de 2001 Visto el Oficio Nº 1302-2000-JUS-PPMJ de fecha 28 de noviembre de 2000, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que mediante Informes Legales Nºs. 44 y 149-2000JUS/CSF-ST-AL de fechas 6 de MORDAZA y 8 de noviembre de 2000 respectivamente del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, se ha determinado la existencia de actos contrarios al ordenamiento legal vigente por parte de los administradores de la Fundacion Mokichi Okada del Peru; Que de los informes mencionados se ha llegado a establecer que la Fundacion Mokichi Okada del Peru, sin contar con la autorizacion expresa del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, celebro un contrato de compraventa de un inmueble de su propiedad con la Asociacion Sekai Kyusei Kyo en el Peru - S.K.K. PERU, determinandose ademas el grave incumplimiento de las obligaciones de la Junta de Administracion de la citada fundacion; Que existen indicios razonables de la comision de delitos de Apropiacion Ilicita y de Administracion Fraudulenta tipificados en los Articulos 190º y 198º del Codigo Penal, respectivamente, por parte de los miembros de la referida Junta de Administracion;

Que es necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en nombre y representacion del Estado promueva las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, promueva la accion judicial de remocion de la Junta de Administracion de la Fundacion Mokichi Okada del Peru, nulidad de acto juridico asi como a incoar la denuncia penal contra los miembros de la citada Junta, por la comision de delitos de Apropiacion Ilicita y de Administracion Fraudulenta tipificados en los Articulos 190º y 198º del Codigo Penal, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 19057 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 058-2001-JUS MORDAZA, 26 de febrero de 2001 Visto el Oficio Nº 1260-2000-JUS/PPMJ, de fecha 20 de noviembre de 2000, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia; CONSIDERANDO: Que de la Hoja Informativa Nº 005-2000-INPE/AG, "Documentos Oficiales firmados por el Auditor Regional Norte - Chiclayo con las siglas de C.P.C. sin tener Titulo Profesional" del organo de control interno del Instituto Nacional Penitenciario, y del Informe Nº 472-2000-INPE/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica del citado organismo descentralizado, se ha determinado la existencia de suficientes indicios razonables de la comision de delito contra la Administracion Publica por parte del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Auditor Regional de la Direccion Regional Norte - Chiclayo; Que de la MORDAZA del Decano de la Facultad de Ciencias Economicas, Administrativas y Contables de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA Gallo - MORDAZA, asi como del Informe del Colegio de Contadores Publicos de MORDAZA, se ha llegado a establecer que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se ha arrogado indebidamente el Titulo Profesional de Contador Publico al ostentar solo el Grado Academico de Bachiller en Ciencias Contables, habiendo ejercido ilegalmente el cargo de Auditor Regional; Que es necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en nombre y representacion del Estado promueva la accion penal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, promueva la denuncia penal contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el delito contra la

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