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Pág. 199558 NORMAS LEGALES Lima, martes 6 de marzo de 2001 12) Proporcionar información para el Programa de Capacitación del Personal en materia de su competencia; 13) Proporcionar información para la elaboración de la Memoria del CONSUCODE, en el ámbito de su competen- cia; y 14) Las demás que le asigne la Presidencia del CONSU- CODE. Artículo 37 º.- La Gerencia de Sistemas cuenta con los siguientes órganos: 1) Subgerencia de Soporte y Comunicaciones; 2) Subgerencia de Sistemas; y 3) Subgerencia de Procesos y Métodos. Artículo 38 º.- La Subgerencia de Soporte y Comunica- ciones es el órgano encargado de la planificación, organiza- ción e implementación de la arquitectura de redes y comu- nicaciones de la Institución. Está a cargo de un Subgerente y depende directamente de la Gerencia de Sistemas. Artículo 39 º.- Son atribuciones de la Subgerencia de Soporte y Comunicaciones: 1) Dirigir, evaluar y controlar el funcionamiento de los equipos de cómputo, servidores de aplicación, web y comu- nicaciones, de la red de la Institución; 2) Planificar, dirigir, controlar y ejecutar las activida- des de instalación, mantenimiento y optimización de los sistemas operativos, del manejador de base de datos, del software de base y de las comunicaciones; 3) Configurar, administrar y supervisar las redes loca- les y/o remotas, equipos periféricos, así como las diferentes bases de datos de la Institución; 4) Elaborar periódicamente informes y estadísticas del sistema de red, software y hardware; 5) Apoyar a la Gerencia de Sistemas en la elaboración del Planeamiento Estratégico Informático y en la elabora- ción del Plan de Contingencias; 6) Elaborar y ejecutar el plan de mantenimiento pre- ventivo y correctivo de los equipos de cómputo de la Institución; 7) Brindar y registrar el soporte técnico y ayuda en el puesto de trabajo a los usuarios de la Institución; 8) Realizar periódicamente las copias de respaldo de los datos de la institución y del sistema; 9) Programar la Central Telefónica de la Institución; 10) Administrar, organizar y operar todos los recursos del Centro de Cómputo y Comunicaciones de la Institución; y, 11) Las demás que le asigne la Gerencia de Sistemas. Artículo 40 º.- La Subgerencia de Sistemas es el órgano encargado de la planificación, organización e implementa- ción del desarrollo y mantenimiento de las aplicaciones informatizadas de la Institución. Está a cargo de un Subgerente y depende directamente de la Gerencia de Sistemas. Artículo 41 º.- Son atribuciones de la Subgerencia de Sistemas: 1) Planear, investigar y determinar, en coordinación con las áreas usuarias, los requerimientos de sistematiza- ción y tecnología informática, así como la asignación de recursos informáticos; 2) Planificar, analizar, diseñar, desarrollar e imple- mentar las aplicaciones computarizadas requeridas para facilitar la gestión administrativa y operativa de la Insti- tución; 3) Realizar el mantenimiento de las aplicaciones que sean desarrolladas en la Institución; 4) Mantener actualizada la documentación de las apli- caciones que sean desarrolladas en la Institución; 5) Desarrollar y actualizar periódicamente el modelo de datos lógico y físico de toda la Institución; 6) Elaborar los términos de referencia y los criterios de evaluación técnica para el desarrollo de proyectos de siste- mas que sean encargados a terceros; 7) Supervisar el desarrollo e implementación de proyec- tos informáticos que sean encargados a terceros; 8) Definir la metodología y estándares de desarrollo de las aplicaciones para la Institución;9) Apoyar a la Gerencia de Sistemas en la elaboración del Planeamiento Estratégico Informático y en la elabora- ción del Plan de Contingencias; 10) Capacitar al personal usuario en la utilización de los nuevos sistemas desarrollados en la Institución; 11) Participar en la formulación del Plan Operativo Anual de la Gerencia de Sistemas; 12) Apoyar a la Gerencia de Sistemas en la elaboración del Planeamiento Estratégico Informático y en la elabora- ción del Plan de Contingencias; y 13) Las demás que le asigne la Gerencia de Sistemas. Artículo 42 º.- La Subgerencia de Procesos y Métodos es el órgano encargado de proponer, formular y desarrollar estudios, análisis e investigaciones de los procesos y méto- dos a cargo de la Institución. Está a cargo de un Subgerente y depende directamente de la Gerencia de Sistemas. Artículo 43 º.- Son atribuciones de la Subgerencia de Procesos y Métodos: 1) Modelar y proponer el diseño de los procesos de la Institución a fin de normar, estandarizar y facilitar la informatización de dichos procesos; 2) Definir la estrategia de implementación de los cam- bios o rediseños de los procesos que se vean afectados por la incorporación de tecnologías de información; 3) Desarrollar y actualizar el modelo conceptual de datos de la Institución; 4) Elaborar normas, procedimientos y demás instru- mentos de normativa institucional interna, verificando y evaluando su aplicación y actualización sistemática; 5) Editar, concordar, actualizar y difundir los documen- tos de gestión institucional interna, a fin de garantizar su coherencia, armonía y formalidad; 6) Mantener actualizada la documentación de los proce- sos de la Institución; 7) Apoyar a la Gerencia de Sistemas de Información en la elaboración del Planeamiento Estratégico Informático y en la elaboración del Plan de Contingencias; 8) Participar en la formulación del Plan Operativo Anual de la Gerencia de Sistemas de Información; y 9) Las demás que le asigne la Gerencia de Sistemas. SUBCAPÍTULO III DE LA SECRETARÍA GENERAL Artículo 44º.- La Secretaría General es el órgano encargado de conducir la administración documentaria, el Archivo Central y la Biblioteca. Está a cargo de un Secretario General y depende direc- tamente de la Presidencia del CONSUCODE. Artículo 45 º.- Son atribuciones de la Secretaría Gene- ral: 1) Proponer su Plan Operativo, Presupuesto y demás documentos de gestión administrativa; 2) Organizar y tramitar el despacho de la Presidencia del CONSUCODE; 3) Dirigir, organizar y supervisar el registro y control del trámite documentario de la Institución; 4) Dirigir, organizar y supervisar el funcionamiento del Archivo Central; 5) Administrar la Biblioteca del CONSUCODE; 6) Representar a la Presidencia del CONSUCODE en actos oficiales; 7) Proporcionar información para el Programa de Capa- citación del Personal en materia de su competencia; 8) Proporcionar información para la elaboración de la Memoria del CONSUCODE, en el ámbito de su competen- cia; y 9) Las demás que le asigne la Presidencia del CONSU- CODE. CAPÍTULO VII DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA SUBCAPÍTULO I DE LA GERENCIA DE REGISTROS Artículo 46 º.-La Gerencia de Registros es el órgano encargado de administrar y mantener actualizados el Re- gistro Nacional de Contratistas y el Registro de Inhabilita- dos para Contratar con el Estado.