Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2001 (13/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 13 de marzo de 2001

Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, creandose como Organo de Apoyo el Comite de Alta Direccion; Que resulta necesario aprobar el Reglamento que, establezca las funciones, los procedimientos y alcances de las decisiones del mencionado Comite; En uso de las facultades conferidas en los incisos m) y n) del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT, modificado por Resolucion de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el Reglamento del Comite de Alta Direccion de la SUNAT, que consta de Cuatro (4) Titulos y quince (15)articulos y que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional REGLAMENTO DEL COMITE DE ALTA DIRECCION TITULO I DEL CONTENIDO Y ALCANCE DEL REGLAMENTO Articulo 1º.- El presente reglamento establece las funciones, los procedimientos y alcances de las decisiones del Comite de Alta Direccion. TITULO II DE LA CONFORMACION Y FUNCIONES DEL COMITE DE ALTA DIRECCION Articulo 2º.- El Comite de Alta Direccion esta conformado por: El Superintendente Nacional de Administracion Tributaria, quien lo preside, el Superintendente Nacional Adjunto de Administracion Tributaria, el Intendente Nacional de Administracion, el Intendente Nacional de Cumplimiento Tributario, el Intendente Nacional Juridico, el Intendente Nacional de Planeamiento, el Intendente Nacional de Servicios al Contribuyente, el Intendente Nacional de Sistemas de Informacion y el Intendente Nacional de Principales Contribuyentes, quienes tienen derecho a voz y voto. Asimismo, forman parte del Comite el Jefe del Instituto de Administracion Tributaria, el Jefe de la Oficina de Control Interno y el Secretario General, quienes tienen derecho a voz. Articulo 3º.- Son funciones del Comite de Alta Direccion las siguientes: a) Aprobar las politicas para la consecucion de los fines de la SUNAT. b) Aprobar el plan estrategico, los programas y planes operativos y evaluar sus avances. c) Aprobar el proyecto de presupuesto de la SUNAT. d) Aprobar la memoria anual, balance y los estados financieros de la SUNAT. e) Aprobar la politica laboral y de remuneraciones del personal de SUNAT, con excepcion de sus miembros. f) Proponer al Superintendente Nacional Adjunto de Administracion Tributaria, el nombramiento de quienes ejerzan cargos directivos. g) Aprobar las propuestas de reglamento de las normas tributarias.

h) Aprobar las opiniones requeridas que emita la SUNAT respecto a cambios en la politica tributaria. i) Designar a un Secretario Tecnico del Comite a propuesta del Superintendente Nacional. Articulo 4º.- Son atribuciones del Presidente: a) Presidir la sesion y dirigir los debates. b) Convocar a Sesiones, a traves del Secretario Tecnico. c) Abrir, suspender o cerrar las sesiones. d) Aprobar la designacion de los subcomites y designar a sus integrantes. e) Invitar a funcionarios y especialistas a exponer temas de interes institucional al Comite de Alta Direccion. f) Designar a su reemplazante en caso de ausencia del Superintendente Adjunto. Articulo 5º.- Son deberes de los integrantes: a) Cumplir con el presente reglamento. b) Acatar las decisiones que tomen el Comite de Alta Direccion o su Presidente, incluso los miembros que no hubieran asistido a las sesiones en que se efectuaron dichos acuerdos. c) Asistir a las sesiones y permanecer dentro del Salon durante su transcurso, no debiendo retirarse sin motivo justificado. d) Mantener la reserva de los temas tratados en el Comite. TITULO III DE LAS SESIONES Articulo 6º.- El Comite de Alta Direccion se reune en sesion ordinaria semanalmente y de manera extraordinaria cuando el Superintendente Nacional lo convoque. Articulo 7º.- Las Sesiones ordinarias del Comite son convocadas a traves del Secretario Tecnico y se realiza todos los dias miercoles a las 8.30 de la manana. Articulo 8º.- La preparacion de la Agenda, la efectua el Superintendente Nacional conjuntamente con el Secretario Tecnico en funcion a los temas propuestos por los integrantes del Comite. Articulo 9º.- El Secretario Tecnico notifica a todos los miembros del Comite, la fecha y lugar de cada reunion del Comite. Dicha notificacion debe ser remitida por lo menos 24 horas MORDAZA de la fecha de una reunion ordinaria. Conjuntamente con la convocatoria, se les remite la agenda y la documentacion referente a las exposiciones que se lleven a cabo en la sesion del Comite, a fin de que tomen conocimiento de los temas a debatir. El Comite no puede tratar asuntos distintos a los senalados en la Agenda, salvo en casos excepcionales. Articulo 10º.- Las sesiones del Comite se desarrollan de la siguiente manera: a) Previa a la instalacion del Comite, se pasa lista a los asistentes. El quorum para celebrar una sesion ordinaria o extraordinaria del Comite, es la mayoria simple. El quorum debe ser mantenido a lo largo de toda la sesion. b) Comprobado el quorum, el Presidente declara abierta la sesion. c) El Secretario Tecnico da lectura al acta de la Sesion anterior, solicita su aprobacion y firma del Superintendente Nacional y demas miembros del Comite. Articulo 11º.- Las sesiones del Comite, se inician a la hora senalada en la Agenda. Articulo 12º.- Los acuerdos del Comite se toman por consenso, de no lograrse se aprueban por mayoria simple. En caso de empate, el Presidente ejerce el MORDAZA dirimente.

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