Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2001 (13/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 13 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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MORDAZA del desembolso; en cuanto al accionar del Sr. MORDAZA Alosilla MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina General de Administracion de Recursos por haber emitido la Resolucion Jefatural Nº 015-99-PROMUDEH/OGAR-GGA sin prever que los recursos estaban destinados a gastos no previstos en los Clasificadores del Gasto, asimismo no previo contar con las garantias del caso, pese a la magnitud del desembolso; Estando a lo recomendado en el documento de vistos por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, resulta procedente sancionar a la Sra. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, ex Directora del Programa Nacional de Alfabetizacion, Srs. MORDAZA MORDAZA Ballona, ex Subdirector del Programa Nacional de Alfabetizacion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Asuntos Financieros del PROMUDEH y MORDAZA Alosilla MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina General de Administracion de Recursos del PROMUDEH al haberse acreditado la comision de las faltas de caracter disciplinario establecidas en el Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, configurandose responsabilidad administrativa al haber incumplido lo dispuesto en el Articulo 21º de la citada norma; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 866, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nºs. 27050 y 27273, Decreto Supremo Nº 012-98PROMUDEH, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio; el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y Decreto Supremo Nº 347-90-EF, Normas para la administracion de fondos publicos y Normas Tecnicas de Control Interno aprobadas mediante Resolucion de Contraloria Nº 07298-CG y Decreto Supremo Nº 74-95-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer la sancion disciplinaria de Destitucion a la Sra. MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, ex Directora del Programa Nacional de Alfabetizacion; la sancion disciplinaria de cese temporal sin goce de remuneraciones de 120 dias al Sr. MORDAZA MORDAZA Ballona, ex Subdirector del Programa Nacional de Alfabetizacion; la sancion disciplinaria de suspension de 10 dias sin goce de remuneraciones al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Asuntos Financieros del PROMUDEH; y la sancion disciplinaria de suspension de 30 dias sin goce de remuneracion al Sr. MORDAZA Alosilla MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina General de Administracion de Recursos del PROMUDEH, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 19845

Que el Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable Nº ATN/JF-7023-PE "Programa de Fortalecimiento del Sistema de Informacion Geografica (SIG) para apoyar los Estudios Regionales de Transporte, Planificacion y Privatizacion de Carreteras" entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, fue suscrito en MORDAZA, el 24 de enero del ano 2001; Que es conveniente a los intereses del Peru la ratificacion del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitucion Politica del Peru, y en el Articulo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la Republica para celebrar y ratificar tratados o adherir a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable Nº ATN/JF-7023PE "Programa de Fortalecimiento del Sistema de Informacion Geografica (SIG) para apoyar los Estudios Regionales de Transporte, Planificacion y Privatizacion de Carreteras" entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, suscrito en MORDAZA, el 24 de enero del ano 2001. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de marzo del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores LEGIII/PE-2240-00 Senor MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores Ministerio de Relaciones Exteriores Palacio de MORDAZA Tagle MORDAZA Ucayali 1363 MORDAZA 1, Peru Ref.: Cooperacion Tecnica No Reembolsable ATN/JF7023-PE. Programa de fortalecimiento del Sistema de Informacion Geografico (SIG) para apoyar los estudios regionales de transporte, planificacion y privatizacion de carreteras.

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican Convenio de cooperacion tecnica no reembolsable sobre fortalecimiento del sistema de informacion geografica para apoyar estudios regionales de transporte, planificacion y privatizacion de carreteras
DECRETO SUPREMO Nº 020-2001-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Estimado senor Ministro: Esta carta convenio (en adelante denominada el "Convenio") entre la Republica del Peru (en adelante denominada el "Beneficiario") y el Banco Interamericano de Desarrollo, en su calidad de Administrador del Fondo Especial del Japon (en adelante denominado el "Banco"), que sometemos a su consideracion en esta primera parte (en adelante denominada las "Condiciones Especiales"), tiene el proposito de formalizar los terminos del otorgamiento de una cooperacion tecnica no reembolsable al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion (en adelante denominada la "Cooperacion Tecnica"), para financiar la contratacion de servicios de consultoria y la adquisicion de bienes, necesarios para la realizacion del programa

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