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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2001 (13/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 199885 NORMAS LEGALES Lima, martes 13 de marzo de 2001 proceso del desembolso; en cuanto al accionar del Sr. César Alosilla Velazco Cuba, ex Jefe de la Oficina General de Administración de Recursos por haber emitido la Resolu- ción Jefatural Nº 015-99-PROMUDEH/OGAR-GGA sin prever que los recursos estaban destinados a gastos no previstos en los Clasificadores del Gasto, asimismo no previó contar con las garantías del caso, pese a la magnitud del desembolso; Estando a lo recomendado en el documento de vistos por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, resulta proce- dente sancionar a la Sra. Neri Salinas de Torres, ex Directora del Programa Nacional de Alfabetización, Srs. Luis Céspedes Ballona, ex Subdirector del Progra- ma Nacional de Alfabetización, Mauro Rojas Quintana, Jefe de la Oficina de Asuntos Financieros del PROMU- DEH y César Alosilla Velazco Cuba, ex Jefe de la Oficina General de Administración de Recursos del PROMUDEH al haberse acreditado la comisión de las faltas de carácter disciplinario establecidas en el Artí- culo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrati- va, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276, configurán- dose responsabilidad administrativa al haber incum- plido lo dispuesto en el Artículo 21º de la citada norma; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 866, modificado por Decreto Legislativo Nº 893 y Leyes Nºs. 27050 y 27273, Decreto Supremo Nº 012-98- PROMUDEH, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio; el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y Decreto Supremo Nº 347-90-EF, Normas para la administración de fondos públicos y Normas Técnicas de Control Interno aprobadas mediante Resolución de Contraloría Nº 072- 98-CG y Decreto Supremo Nº 74-95-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer la sanción disciplinaria de Destitución a la Sra. Neri Salinas de Torres, ex Directora del Programa Nacional de Alfabetización; la sanción dis- ciplinaria de cese temporal sin goce de remuneraciones de 120 días al Sr. Luis Céspedes Ballona, ex Subdirector del Programa Nacional de Alfabetización; la sanción discipli- naria de suspensión de 10 días sin goce de remuneraciones al Sr. Mauro Rojas Quintana, Jefe de la Oficina de Asuntos Financieros del PROMUDEH; y la sanción disci- plinaria de suspensión de 30 días sin goce de remunera- ción al Sr. César Alosilla Velazco Cuba, ex Jefe de la Oficina General de Administración de Recursos del PROMUDEH, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 19845 RELACIONES EXTERIORES Ratifican Convenio de cooperación técnica no reembolsable sobre fortalecimiento del sistema de infor- mación geográfica para apoyar estu- dios regionales de transporte, planifi- cación y privatización de carreteras DECRETO SUPREMO Nº 020-2001-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable Nº ATN/JF-7023-PE "Programa de Fortalecimiento del Sistema de Información Geo- gráfica (SIG) para apoyar los Estudios Regiona- les de Transporte, Planificación y Privatización de Carreteras" entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, fue suscrito en Lima, el 24 de enero del año 2001; Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento internacional; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 57º y 118º, inciso 11) de la Constitución Política del Perú, y en el Artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aproba- ción previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio de Coopera- ción Técnica No Reembolsable Nº ATN/JF-7023- PE "Programa de Fortalecimiento del Sistema de Información Geográfica (SIG) para apoyar los Estudios Regionales de Transporte, Planifica- ción y Privatización de Carreteras" entre la Repú- blica del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, suscrito en Lima, el 24 de enero del año 2001. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la Repúbli- ca. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de marzo del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores LEGIII/PE-2240-00 Señor Javier Pérez de Cuéllar Ministro de Relaciones Exteriores Ministerio de Relaciones Exteriores Palacio de Torre Tagle Jirón Ucayali 1363 Lima 1, Perú Ref.: Cooperación Técnica No Reembolsable ATN/JF- 7023-PE. Programa de fortalecimiento del Siste- ma de Información Geo- gráfico (SIG) para apoyar los estudios regionales de transporte, planificación y privatización de carre- teras. Estimado señor Ministro: Esta carta convenio (en adelante denominada el "Convenio") entre la República del Perú (en adelante denominada el "Beneficiario") y el Banco Interamerica- no de Desarrollo, en su calidad de Administrador del Fondo Especial del Japón (en adelante denominado el "Banco"), que sometemos a su consideración en esta primera parte (en adelante denominada las "Condicio- nes Especiales"), tiene el propósito de formalizar los términos del otorgamiento de una cooperación técnica no reembolsable al Ministerio de Transportes, Comuni- caciones, Vivienda y Construcción (en adelante deno- minada la "Cooperación Técnica"), para financiar la contratación de servicios de consultoría y la adquisición de bienes, necesarios para la realización del programa