Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2001 (13/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 13 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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Aprueban Cronograma de cumplimienEDUCACION to de las obligaciones a que se refiere el D.S. Nº 053-97-EF y sus normas Declaran en reorganizacion a los Instimodificatorias y complementarias tutos Superiores Pedagogicos de Azangaro y Juliaca RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 083-2001-EF/10 MORDAZA, 12 de marzo del 2001 CONSIDERANDO: Que el Decreto Supremo Nº 053-97-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 063-97-PCM y 04898-PCM, establecio la obligacion de las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Publico Nacional de proporcionar a la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, informacion respecto de las adquisiciones de bienes y/o servicios que efectuen o hayan efectuado; Que el referido Decreto Supremo senala que la informacion de las mencionadas adquisiciones, sera entregada conforme al cronograma que para tal efecto establezca la Presidencia del Consejo de Ministros, a propuesta de la SUNAT; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 0372000-PCM se aprobo un cronograma para que las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Publico Nacional proporcionen la informacion sobre sus adquisiciones que efectuen hasta el mes de diciembre del 2000; Que resulta necesario aprobar un cronograma para que las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Publico Nacional cumplan con proporcionar la informacion correspondiente al ano 2001; Estando a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 053-97-PCM modificado por los Decretos Supremos Nºs. 063-97-PCM y 048-98-PCM, y a la propuesta efectuada por la SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Las Unidades Ejecutoras y Entidades del Sector Publico Nacional senaladas en el anexo adjunto del Decreto Supremo Nº 053-97-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 063-97-PCM y 04898-PCM, proporcionaran a la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la SUNAT, informacion respecto de sus adquisiciones de bienes y/o servicios correspondientes al ano 2001, de acuerdo al siguiente cronograma:
Adquisiciones del mes Enero 2001 Febrero 2001 Marzo 2001 MORDAZA 2001 MORDAZA 2001 Junio 2001 MORDAZA 2001 Agosto 2001 Setiembre 2001 Octubre 2001 Noviembre 2001 Diciembre 2001 RUC 0,1 29.3.2001 26.4.2001 28.5.2001 22.6.2001 31.7.2001 29.8.2001 26.9.2001 26.10.2001 26.11.2001 31.12.2001 30.1.2002 26.2.2002 RUC 2,3 30.3.2001 27.4.2001 29.5.2001 25.6.2001 25.7.2001 31.8.2001 27.9.2001 29.10.2001 27.11.2001 24.12.2001 31.1.2002 27.2.2002 Ultimo digito del RUC RUC 4,5 RUC 6,7 26.3.2001 30.4.2001 30.5.2001 26.6.2001 26.7.2001 24.8.2001 28.9.2001 30.10.2001 28.11.2001 26.12.2001 25.1.2002 28.2.2002 27.3.2001 24.4.2001 31.5.2001 27.6.2001 27.7.2001 27.8.2001 24.9.2001 31.10.2001 29.11.2001 27.12.2001 28.1.2002 22.2.2002 RUC 8,9 28.3.2001 25.4.2001 25.5.2001 28.6.2001 30.7.2001 28.8.2001 25.9.2001 25.10.2001 30.11.2001 28.12.2001 29.1.2002 25.2.2002

DECRETO SUPREMO Nº 015-2001-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Visto, el Expediente Nº 03014-2001 y demas documentos que se adjuntan; CONSIDERANDO: Que, es politica del Ministerio de Educacion, velar por el adecuado servicio educativo para lograr la formacion integral de la persona y asegurar una eficiente formacion profesional que contribuya al desarrollo del pais; Que, por Decreto Supremo Nº 60-84-ED se autorizo la adecuacion de la Escuela Normal Mixta de Azangaro en Instituto Superior Pedagogico de Azangaro, departamento de MORDAZA, cuya renovacion de autorizacion de funcionamiento se efectuo por Decreto Supremo Nº 09-94-ED; Que, asimismo por Decreto Supremo Nº 09-85-ED, se autorizo la adecuacion de la Escuela Normal Mixta de Juliaca, en Instituto Superior Pedagogico de Juliaca, del departamento de MORDAZA, cuya renovacion de autorizacion de funcionamiento se efectuo por Decreto Supremo Nº 09-94-ED; Que, como resultado de las acciones de supervision y evaluacion, efectuadas por la Direccion Nacional de Formacion y Capacitacion Docente - DINFOCAD del Ministerio de Educacion, en el Instituto Superior Pedagogico de Azangaro y en el Instituto Superior Pedagogico de Juliaca del departamento de MORDAZA, se han detectado diversas irregularidades administrativas y tecnico pedagogicas; Que, por las consideraciones mencionadas, corresponde declarar la reorganizacion de los citados institutos, mediante MORDAZA de igual rango a los Decretos Supremos por el cual fueron autorizados a funcionar; En uso de las atribuciones que confiere el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 23384 - Ley General de Educacion y el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; DECRETA: Articulo 1º.- Declarar en Reorganizacion al Instituto Superior Pedagogico de Azangaro y al Instituto Superior Pedagogico de Juliaca, del departamento de MORDAZA, por un periodo de 120 dias calendario, acciones que seran supervisadas por el Ministerio de Educacion a traves de la Direccion Regional de Educacion de Puno. Articulo 2º.- Constituir dos (2) Comisiones Reorganizadoras, una para el Instituto Superior Pedagogico de Azangaro y otra para el Instituto Superior Pedagogico de Juliaca, del departamento de MORDAZA, cuyos integrantes seran designados por la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, la que elevara los informes al Ministerio de Educacion, dentro de los diez dias posteriores al vencimiento del MORDAZA de reorganizacion de cada instituto. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de marzo del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RUBIO MORDAZA Ministro de Educacion 19873

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 19869

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