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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2001 (13/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

Pág. 199873 NORMAS LEGALES Lima, martes 13 de marzo de 2001 Autorizan viaje de funcionario del OSIPTEL a Australia para participar en reu-nión del grupo de trabajo de telecomunicaciones e información del APEC RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 142-2001-PCM Lima, 12 de marzo de 2001 Vista la Carta Nº C. 095-PD.SG/2001 del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicacio- nes - OSIPTEL; CONSIDERANDO: Que, el Organismo Supervisor de Inversión Priva- da en Telecomunicaciones - OSIPTEL, ha sido invita- do por The National Office for the Information Eco- nomy (NOIE) de Australia a participar en la Vigési- ma Tercera Reunión del Grupo de Trabajo de Teleco- municaciones e Información (TEL 23) del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico (APEC) a realizarse en la ciudad de Camberra, Australia, del 11 al 17 de marzo de 2001; Que, es pertinente autorizar el viaje del Gerente General (e) del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a fin de que participe en el citado evento; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-85- PCM, Decreto Supremo Nº 011-88-PCM, Decreto Su- premo Nº 031-89-EF, Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, Decreto Supremo Nº 037-91-PCM y el Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Dr. Paul Phumpiu Chang, Gerente General (e) del Organis- mo Supervisor de Inversión Privada en Telecomuni- caciones - OSIPTEL, a la ciudad de Camberra, Aus- tralia del 9 al 18 de marzo del 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumpli- miento de la presente Resolución serán con cargo del Presupuesto del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje US$ 2097.50 Viáticos US$ 2160.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración alguna o liberación de im-RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 141-2001-PCM Lima, 12 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SUNAD Nº 000995 de fecha 2 de junio de 1995, la Superintendencia Nacional de Aduanas formalizó, en vía de regularización, la adjudicación de diversas prendas de vestir y artículos de tocador al Despacho Presidencial (Casa Militar), Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia Consejo de Ministros, para ser entregados en donación; Que, mediante las respectivas Actas de Entrega y Recep- ción el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, entregó en calidad de donación, desde el 20 de febrero de 1995 hasta el 13 de diciembre de 1999, diversas prendas de vestir y artículos de tocador, a favor de Instituciones, Organizaciones Sociales, Centros Educativos, Entidades de Bienestar y Población de escasos recursos de los departamentos de Amazonas, Ancash, Arequipa, Ayacucho, Junín, Lima, Lore- to, Tumbes y la Provincia Constitucional del Callao, con el propósito de apoyar sus esfuerzos orientados a mejorar sus condiciones de vida; por lo que resulta pertinente expedir la Resolución que formalice dicha donación; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la donación de diversas prendas de vestir y artículos de tocador, valorizados en un total de Veintinueve Mil Sete- cientos Cuarenta y uno y 00/100 Nuevos Soles (S/. 29 741,00), que efectuó el Despacho Presidencial - Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Mi- nistros, desde el 20 de febrero de 1995 hasta el 13 de diciembre de 1999, a favor de Instituciones, Organiza- ciones Sociales, Centros Educativos, Entidades de Bienes- tar y Población de escasos recursos , de los departamentos de Amazonas, Ancash, Arequipa, Ayacucho, Junín, Lima, Loreto, Tumbes y la Provincia Constitucional del Callao, según el detalle que se indica en el Anexo adjunto, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Suprema a la Contraloría General de la República, dentro de los términos de ley. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros 19880