Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2001 (24/03/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 24 de marzo de 2001

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a la exoneracion de impuestos y/o derechos arancelarios de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 20592

Encargan el Despacho de Educacion al Ministro de Trabajo y Promocion Social
RESOLUCION SUPREMA Nº 168-2001-PCM MORDAZA, 23 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Ministro de Educacion, doctor MORDAZA Rubio MORDAZA, se ausentara del MORDAZA del 24 al 29 de marzo de 2001, a fin de participar en la 68° Reunion Ordinaria del Consejo Directivo de la OEI, en la XI Conferencia Iberoamericana de Ministros de Educacion, en la constitucion del Patronato de la Fundacion para la Educacion, la Ciencia y la Cultura y en la Reunion Anual del Convenio MORDAZA MORDAZA (REMECAB), a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Espana; Que, en consecuencia es necesario encargar el Despacho de Educacion, en tanto dure la ausencia del Titular; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 127º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar el Despacho de Educacion al doctor MORDAZA MORDAZA Costa, Ministro de Trabajo y Promocion Social, a partir del 24 de marzo y en tanto dure la ausencia del Titular. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 20593

Que, atendiendo a lo expuesto por la Direccion de Recuperacion del Espacio Publico, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Informe Nº 244-2000-MML-PROLIMA/DE-DREP de fecha 10.10.2000, en el sentido que el inmueble ocupado por el Restaurant Bar CORDANO presenta el paso de los anos lo que se evidencia en los acabados, como desgaste de los pisos, desprendimiento de revoques de los muros, deterioro de la carpinteria de madera; "sin embargo la estructura portante de los muros no presentan desplomes ni grietas, la vigueria del entrepiso no presenta presencia de xilofagos ni de deflexiones y las columnas igualmente no presentan pandeos" por lo que no presenta fallas que puedan comprometer su estabilidad; Que, teniendo en consideracion el Acta Nº 001-2001/PCM, de fecha 20.2.2001, suscrito entre los representantes de los distintos organismos publicos y de las entidades privadas involucradas en la problematica del ex Hotel El Comercio, resulta conveniente la revaluacion de las acciones judiciales ordenadas anteriormente sobre el citado inmueble; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 142-2000-PCM, en base a los considerandos que anteceden. Articulo 2º.- El Acta Nº 001-2001/PCM de fecha 20 de febrero del 2001, forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Remitir los antecedentes a la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Emb. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 20571

AGRICULTURA
Designan Gerente Tecnico de la Unidad de Gestion del Santuario Historico de Machupicchu
RESOLUCION Nº 002-2001-UGM-CD MORDAZA, 16 de marzo del ano 2001 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los Articulos 17º y 19º del Decreto Ley Nº 25902, y el Articulo 8º de la Ley Nº 26834, se establece que el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura, es la autoridad nacional competente del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE; Que, la Ley Nº 24047, Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion y el Decreto Supremo Nº 050-94-ED, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del INC, establecen que el Instituto Nacional de Cultura - INC, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Educacion, es la autoridad nacional competente para la investigacion, conservacion, preservacion, restauracion, puesta en valor y promocion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 023-99-AG se constituye la Unidad de Gestion del Santuario Historico de Machupicchu (UGM), que esta encargada de la gestion integral de la mencionada Area Natural y Cultural Protegida; Que, en cumplimiento de lo establecido en el Articulo 2º de la Resolucion Nº 001-2001-UGM-CD, el 15 de marzo del ano 2001 se concluyo el MORDAZA de Concurso Publico de Meritos para seleccionar al Gerente Tecnico de la UGM, quedando en primer lugar el arquitecto MORDAZA MORDAZA Garcia; En uso de las atribuciones que se establecen en el Decreto Supremo Nº 023-99-AG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al arquitecto MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Gerente Tecnico de la Unidad de Gestion del Santuario Historico de Machupicchu. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del INRENA MORDAZA TORD MORDAZA Director Nacional del INC 20551

Dejan sin efecto resolucion referida a la interposicion de acciones para obtener el desalojo del inmueble denominado ex Hotel Comercio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 051-2001-PCM MORDAZA, 23 de marzo del 2001 Visto, el Oficio Nº 1361-2001-PCM de la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 142-2000-PCM del 29 de setiembre de 2000, se autoriza la interposicion de las acciones legales correspondientes para obtener el desalojo del inmueble denominado ex Hotel Comercio, sito en MORDAZA MORDAZA Nºs. 200 y 202 esquina con la MORDAZA Pescaderia del MORDAZA MORDAZA N. Wiesse (Carabaya) de propiedad del Despacho Presidencial, ocupados por Restaurante Cordano S.R.Ltda. y Distribuidora Vallelo S.C.R.Ltda., en atencion al estado de conservacion del citado inmueble; Que, mediante Informe Nº 309-SRDC/DR(14.4) el Instituto de Defensa Civil senala que los ambientes ocupados por el Bar Cordano y la Zapateria MORDAZA no presentan riesgos inminentes de colapso visibles; asimismo, mediante Informe Nº 335-2001-INC/ DGPMC, el Instituto Nacional de Cultura, senala que el sector constituido por las dos fachadas -hacia los Jrs. Carabaya y Ancashdel citado inmueble, ocupados por los referidos establecimientos comerciales constituyen el sector en mejor estado de conservacion del referido inmueble, debiendo restaurarse a fin de evitar un mayor deterioro, atendiendo a su condicion de Monumento Historico, declarado por Resolucion Suprema Nº 29000-72-ED;

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