Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2001 (24/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, sabado 24 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los productos gasoils y gas de petroleo licuado, contenidos en el MORDAZA Apendice III de la Ley del IGV e ISC
DECRETO SUPREMO Nº 049-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 61º del Texto Unico Ordenado - TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se podra modificar las tasas y/o montos fijos, asi como los bienes contenidos en los Apendices III y/o IV; Que, es conveniente modificar el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los bienes que se senalan a continuacion, asi como modificar la unidad de medida aplicable al gas de petroleo licuado, a fin de uniformizar su aplicacion con las disposiciones contenidas en el Reglamento para la Comercializacion de Gas Licuado de Petroleo, que hace referencia al kilogramo; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y por el Articulo 61º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; DECRETA: Articulo 1º.- Modificase el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los siguientes bienes contenidos en el MORDAZA Apendice III del Texto Unico Ordenado - TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, en la forma siguiente: PARTIDAS ARANCELARIAS 2710.00.50.10/ 2710.00.50.90 2711.11.00.00/ 2711.19.00.00 PRODUCTOS Gasoils Gas de petroleo licuado MONTO EN NUEVOS SOLES S/. 1,58 por galon S/. 0,23 por kilogramo

De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, en nombre del Gobierno Peruano, las donaciones efectuadas por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID), a favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS), componente Norte a traves del Instituto de Alta Calidad de Atencion a la Salud - MAXSALUD, de acuerdo a las Resoluciones Directorales que a continuacion se detallan: - Resolucion Directoral Nº 054-2000-SA/OFICE modificada por Resolucion Directoral Nº 077-2000-SA/OFICE Donacion efectuada por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID) a favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS), componente Norte a traves del Instituto de Alta Calidad de Atencion a la Salud - MAXSALUD, consistente en 14 bultos conteniendo cables multipuntas para desfibrilador, lupas para cirugia, microscopio para cirugia de oidos y otros bienes, por un valor aproximado de US$ 62 069,00 (Sesenta y Dos Mil Sesenta y Nueve y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), segun Certificado de Donacion de fecha 18 de febrero del ano 2000. Donacion destinada para el desarrollo de las actividades del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS) componente Norte a traves del Instituto de Alta Calidad de Atencion a la Salud - MAXSALUD, beneficiando a la poblacion de bajos recursos del departamento de Lambayeque. - Resolucion Directoral Nº 055-2000-SA/OFICE Donacion efectuada por la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID) a favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS), componente Norte a traves del Instituto de Alta Calidad de Atencion a la Salud - MAXSALUD, consistente en 01 refrigeradora para Banco de Sangre, MORDAZA Revco, modelo REB 504, con un valor aproximado US$ 3 618,00 (Tres Mil Seiscientos Dieciocho y 00/ 100 Dolares de Estados Unidos de America), segun Certificado de Donacion de fecha 18 de febrero del ano 2000 y un peso aproximado de 146 kgs., segun Guia Aerea Nº 05033568 de Circle International. Donacion destinada para el desarrollo de las actividades del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS), componente Norte a traves del Instituto de Alta Calidad de Atencion a la Salud - MAXSALUD, beneficiando a la poblacion de bajos recursos del departamento de Lambayeque. Articulo 2º.- Comprendase a las donaciones citadas en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud y el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA COSTA Ministro de Trabajo y Promocion Social Encargado de la Cartera de Salud MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 20579

Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de marzo del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 20577

Aceptan donaciones efectuadas por USAID a favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud
RESOLUCION SUPREMA Nº 194-2001-EF MORDAZA, 22 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos (USAID) ha efectuado donaciones a favor del Proyecto de Fortalecimiento de Instituciones de Salud (FIS), componente Norte a traves del Instituto de Alta Calidad de Atencion a la Salud - MAXSALUD; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico;

ENERGIA Y MINAS
Imponen servidumbres a favor de Electro Sur Este S.A.A. en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 051-2001-EM/VME MORDAZA, 6 de febrero de 2001

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