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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2001 (24/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 8

Pág. 200350 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de marzo de 2001 ción, acto administrativo o de otra naturaleza relacionada con dichos procedimientos. Artículo 3º.- Notifíquese a los conductores y de ser el caso, a las entidades administradoras de los mercados a que se refiere el Anexo A de la presente resolución, de los alcances de la presente resolución, acompañando copia autenticada de la presente resolución. Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FREDDY KLEIMANN SEMINARIO Gerente de Planeamiento y Operaciones de COFOPRI ANEXO A MERCADOS PÚBLICOS COMPRENDIDOS EN LA CUARTA CAMPAÑA DE PRIVATIZACIÓN Nº DENOMINACIÓN DISTRITO PROVINCIA 1Mercado Virgen de La Merced de Lima Lima Palomino 2Mercado del Pueblo Santa Enma Lima Lima 3Mercado Santa Cruz Miraflores Lima 4Mercado 24 de Enero Pachacámac Lima 5Mercado Flor de Amancaes Rímac Lima 6Mercado La Florida Rímac Lima 7Mercado Santa Rosa de Lima San Juan de Lima Lurigancho 8Mercado del Pueblo Los Precursores Santiago de Lima Surco 9Mercado La Perla La Perla Constitucional del Callao 10 Mercado del Pueblo 12 de Diciembre Ventanilla Constitucional del Callao 11 Mercado Juan Pablo II Ventanilla Constitucional del Callao 12 Mercado La Entrada Ventanilla Constitucional del Callao 20522 PESQUERÍA Aprueban Convenio de cooperación para ejecutar el Plan Piloto de Investi- gación del cultivo experimental de lan- gostinos en convivencia con el virus de la "Mancha Blanca" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 094-2001-PE Lima, 23 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que es finalidad del Ministerio de Pes- quería promover el desarrollo sostenido de la actividad pesquera como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recur- sos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad; Que asimismo el Artículo 64º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establece que el Ministerio de Pes- quería norma las acciones propias de la actividad pesquera y coordina con otros Ministerios y demás organismos com- petentes, las acciones que les correspondan; Que es política del sector pesquería promover e incenti- var la investigación científica y tecnológica y la capacitación pesquera en aguas marinas y continentales que efectúan los organismos públicos especializados del sector, las universi- dades y las que provengan de la iniciativa del sector privado; Que la actividad acuícola, particularmente la langos- tinera, en el período 1997 - 1998, se ha visto afectada por losefectos del fenómeno de "El Niño" y últimamente por el virus denominado "Mancha Blanca", que determinó la adopción de acciones directas por parte del Ministerio de Pesquería, habiendo constituido mediante Resolución Ministerial Nº 016-2001-PE, una Comisión Especial encargada de evaluar, promover, incentivar y buscar alternativas viables que permitan en un corto plazo mitigar el serio problema social y económico ocasionado por la presencia del virus de la "Mancha Blanca" en el departamento de Tumbes; Que la Comisión indicada en el considerando preceden- te, en su informe final recomienda desarrollar en una primera etapa un Plan Piloto de Investigación bajo la direc- ción del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), con la asistencia del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FON- DEPES) e intervención de las empresas langostineras, para desarrollar cultivos experimentales de langostinos en convivencia con el virus de la "Mancha Blanca" con recursos económicos que para tal fin aporte el Ministerio de Pesque- ría; En concordancia a lo establecido en el Decreto Legislati- vo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupues- taria del Estado, Ley Nº 27427 - Ley de Racionalidad y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001 y el Artículo 7º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Acuicultura, y con las visaciones de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, de Planificación y Presupuesto y de Administración; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Convenio de Cooperación Inte- rinstitucional, entre el Ministerio de Pesquería, el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) y el Fondo Nacional de Desarro- llo Pesquero (FONDEPES), para la ejecución del Plan Piloto de Investigación para el cultivo experimental de langosti- nos en convivencia con el virus de la "Mancha Blanca", por un monto equivalente a US$ 600 000,00 (SEISCIENTOS MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 018: Ministerio de Pes- quería. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Pesquería para que en representación del Ministerio de Pesquería, suscriba el Convenio de Cooperación Interinstitucional que se aprueba en el artículo precedente, el mismo que con sus anexos forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Acuicultura, y las Oficinas Generales de Administración y de Planificación y Presupuesto, quedan facultadas a adoptar las acciones, para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas del Convenio que se aprueba en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará al Pliego 018: Ministerio de Pesquería, Función 12: Pesca, Programa 044: Promoción de la Producción Pesquera, Subprograma 0117: Fomento a la Pesca, Actividad 1.00345: Normar, Promover y Desarro- llar la Actividad Pesquera, Componente 3.0491: Desarrollo de Investigación Tecnológica Aplicada, Meta 00002: 00600 Desarrollo de Proyectos y Estudios de Investigación Cientí- fica, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, ejercicio fiscal 2001, hasta por un monto de US$ 600 000,00. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 20573 Aprueban convenio de cooperación interinstitucional entre el Ministerio y la Asociación Langostinera Perua- na (ALPE), para buscar alternativas de reactivación de la actividad langostinera RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 095-2001-PE Lima, 23 de marzo de 2001