Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2001 (31/03/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

MORDAZA, sabado 31 de marzo de 2001

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 068-2001-MDNCH

de la Republica, mediante Oficio Nº 48-99-CG/AA3 de fecha 15-MARZO-99; y al Informe Nº 001-2001-MDNCH-CEPA de fecha 26-ENERO-2001, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 038-2001-MDNCH, se dispuso Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a don MORDAZA ACHUTEGUI MORDAZA, en su calidad de ex Director Municipal, por encontrarse inmerso dentro de dos observaciones sobre: 1. Contratacion Irregular del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA que genero perjuicio economico por S/. 6,000.00 Nuevos Soles a la Municipalidad, porque los servicios no se realizaron (Observacion 02). 2. Asimismo, por incumplimiento de contrato de Locacion de Servicios de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que ocasiono un gasto innecesario a la Municipalidad por S/. 7,500.00 Nuevos Soles, al no haberse realizado el servicio (Observacion 07). Que, estando a lo dispuesto por los Articulos 163º, 164º, 165º y 170º del D.S. Nº 005-90-PCM, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios eleva el Informe Nº 008-2001-MDNCH-CEPA de fecha 23-MARZO-2001, al Titular de la Entidad, mediante el cual senala que en cuanto a la observacion Nº 2, las presunciones de responsabilidad han sido levantadas, conforme al descargo presentado por el ex servidor procesado, toda vez que reconoce haber autorizado un egreso de 1,500.00 Nuevos Soles en los meses de MORDAZA y mayo-96, sustentado en la elaboracion de expedientes sobre Catastro Tributario y Sistema de Rentas; formulacion de dos proyectos relacionados con salud publica; y elaboracion de un expediente sobre Forestacion en el ambito distrital; Que, por otra parte, en cuanto a la observacion Nº 07, las presunciones de responsabilidad administrativa quedan resueltas conforme al descargo presentado por don MORDAZA ACHUTEGUI MORDAZA, toda vez que la Comision Especial de Procesos Administrativos no cuenta con ningun documento que acredite la autorizacion u orden de pago por parte del procesado a favor del Sr. MORDAZA MORDAZA Vargas; Que, asimismo, la Comision Especial de Procesos Administrativos recomienda que, en merito a los argumentos esbozados en los considerandos anteriores, y en aplicacion al Articulo 170º del D.S. Nº 005-90-PCM, se absuelva de los cargos imputados contra don MORDAZA ACHUTEGUI GIRALDO; Que, en el Informe Nº 008-2001-MDNCH-CEPA la Comision Especial de Procesos Administrativos, ademas, recomienda se derive el expediente administrativo a la Oficina de Asesoria Legal, a efecto de que proceda realizar las acciones legales a que hubiera lugar; Que, estando a lo dispuesto por el D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, su Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM, e Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ABSOLVER al ex servidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, don MORDAZA ACHUTEGUI MORDAZA de las responsabilidades administrativas imputadas en su contra, segun el "Examen Especial Sobre Verificacion de Denuncias", en merito a las consideraciones MORDAZA expuestas. Articulo Segundo.- DISPONER se notifique la presente Resolucion a la persona indicada en el articulo precedente, de manera personal o mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano y/o el de mayor circulacion de la localidad. Articulo Tercero.- DISPONER se remitan los actuados a la Oficina de Asesoria Legal, a fin de que esta inicie las acciones legales correspondientes a que hubiera lugar. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Direccion Municipal, Oficina de Asesoria Legal, y Oficina de Personal, efectuar las acciones correspondientes a fin de dar cumplimiento a la presente Resolucion de Alcaldia. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA OSTOLAZA GANOZA MORDAZA 21038

MORDAZA Chimbote, 26 de marzo del 2001 VISTO: El Informe Nº 009-2001-MDNCH-CEPA de fecha 23MARZO-2001, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y el Examen Especial sobre Verificacion de Denuncias realizado a la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote por la Sociedad de Auditoria MORDAZA MORDAZA & Asociados Sociedad Civil - Auditores Asesores, por encargo de la Contraloria General de la Republica, mediante Oficio Nº 48-99-CG/AA3 de fecha 15MARZO-99, comprendiendo el examen desde 1-ENERO-96 hasta 31-DICIEMBRE-98; CONSIDERANDO: Que, en merito al "Examen Especial Sobre Verificacion de Denuncias", practicada a la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote en el periodo comprendido del 1-ENERO-96 hasta 31-DICIEMBRE-98, y realizado por la Sociedad de Auditoria MORDAZA MORDAZA & Asociados Sociedad Civil - Auditores Asesores, por encargo de la Contraloria General de la Republica, mediante Oficio Nº 48-99-CG/AA3 de fecha 15-MARZO-99; y al Informe Nº 001-2001-MDNCH-CEPA de fecha 26-ENERO-2001, emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 038-2001-MDNCH, se dispuso Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Asesor Legal, por no haber actuado diligentemente en el seguimiento de la denuncia penal presentada mediante el expediente Nº 484-97 del 15-AGOSTO-97 (Inaccion de funcionarios no permitio el recupero de fondos por cobro ilicito de cheques por S/. 10,050.00 Nuevos Soles, ocurrido en el 1997), por lo que incumple sus deberes y obligaciones funcionales establecidos en los Incs. a) y b) del Art. 21º del D.Leg. Nº 276; Que, estando a lo dispuesto por los Articulos 163º, 164º, 165º y 170º del D.S. Nº 005-90-PCM, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios eleva el Informe Nº 009-2001-MDNCH-CEPA de fecha 23-MARZO-2001, al Titular de la Entidad, mediante el cual senala que la presuncion de responsabilidad administrativa imputada a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respecto a la observacion Nº 06, queda resuelta por cuanto el procesado argumenta que habiendo tomado conocimiento del caso el dia 14-AGOSTO-97 encontrandose de comision en la MORDAZA de MORDAZA, procedio a presentar la denuncia ante la Fiscalia correspondiente con fecha 15-AGOSTO-97, es decir al dia siguiente de haber conocido el ilicito penal, procediendo posteriormente hacerle seguimiento hasta en dos oportunidades; Que, asimismo, la Comision Especial de Procesos Administrativos recomienda que, en merito a los argumentos esbozados en el considerando anterior, y en aplicacion al Articulo 170º del D.S. Nº 005-90-PCM, se absuelva de los cargos imputados al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DELGADO; Que, en el Informe Nº 009-2001-MDNCH-CEPA la Comision Especial de Procesos Administrativos, ademas, recomienda se derive el expediente administrativo a la Oficina de Asesoria Legal, a efecto de que proceda realizar las acciones legales a que hubiera lugar; Que, estando a lo dispuesto por el D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, su Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM, e Inc. 6) del Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- ABSOLVER al ex servidor de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Chimbote, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la responsabilidad administrativa imputada en su contra, segun el "Examen Especial Sobre Verificacion de Denuncias", en merito a las consideraciones MORDAZA expuestas. Articulo Segundo.- DISPONER se notifique la presente Resolucion a la persona indicada en el articulo precedente, de manera personal o mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano y/o el de mayor circulacion de la localidad.

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