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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2001 (31/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 74

Pág. 200724 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de marzo de 2001 Artículo 5º.- CARLOS RAÚL TORRES SOTO emplea- rá en su servicio, personal aeronáutico que cuente con su respectiva licencia y certificación de aptitud expedidos o convalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 6º.- CARLOS RAÚL TORRES SOTO podrá hacer uso de las instalaciones de aeropuertos y/o aeró- dromos privados, previa autorización de sus propietarios. Artículo 7º.- CARLOS RAÚL TORRES SOTO deberá cumplir con obtener su Conformidad de Operación, en los términos y condiciones establecidos por la Dirección Gene- ral de Aeronáutica Civil, caso contrario, el presente Permi- so de Operación será revocado en forma automática. Artículo 8º.- Las aeronaves de CARLOS RAÚL TO- RRES SOTO podrán operar en las rutas, aeropuertos y/o aeródromos cuyas alturas estén comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Artículo 9º.- El presente Permiso de Operación será revocado de inmediato en forma automática, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolución; o pierda alguna de las capacidades legal, técnica o económico-financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil, el Reglamento vigente de acuerdo a lo señalado en la Tercera Disposición Transi- toria y Final de la referida Ley, y demás disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectiva Conformidad de Operación. Artículo 10º.- Si la Administración verificase la ocu- rrencia de un fraude o falsedad en la documentación presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, al amparo del Artículo 6º y demás normas concordantes de la Ley de Simplificación Administrativa, declarará nulo de pleno derecho, el acto o proceso administrativo de que se trate; sin perjuicio de poner el hecho en conocimiento de la autoridad competente, para la instauración del correspon- diente proceso penal, conforme a lo previsto en el Artículo 29º del Decreto Legislativo Nº 757. Artículo 11º.- El presente Permiso de Operación queda sujeto a la Ley de Aeronáutica Civil, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demás disposiciones legales vigentes; así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO REBAGLIATI CASTAÑÓN Dirección General de Aeronáutica Civil 20570 ONPE Dictan disposición referida a la obliga- ción de presidentes de mesas de sufra- gio de consignar número de cédulas no utilizadas antes de iniciar escruti- nio de votos RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 273-2001-J/ONPE Lima, 30 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 028-2000-PCM de fecha 9 de noviembre del 2000, se ha convocado a Eleccio- nes Generales para elegir Presidente, Vicepresidentes y Congresistas de la República el domingo 8 de abril del año 2001; Que, la Ley Nº 26487, Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales establece en su Artículo 5º, literal a) que entre las funciones de la Oficina Nacional de Proce- sos Electorales se encuentran las de diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo; Que, el Artículo 5º literal c) de la misma ley señala que es función de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesa- rias para el desarrollo de los procesos a su cargo en cumplimiento estricto de la normatividad vigente;Que, el Artículo 176º de la Ley Nº 26859, Orgánica de Elecciones, precisa la información que debe registrarse en el Acta de Sufragio del Acta Electoral; De conformidad a lo prescrito en los Artículos 5º de la Ley Nº 26487; y, en uso de las atribuciones señaladas en el Artículo 182º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Unico.- El Presidente de cada una de las Mesas de Sufragio una vez concluido el sufragio y antes del iniciar escrutinio de los votos, deberá consignar al inicio del rubro "Observaciones" del Acta de Sufragio, en cifras y en letras el número de cédulas no utilizadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA Jefe 21107 S B S Autorizan inscripción de persona na- tural en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 142-2001 Lima, 23 de febrero de 2001 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señorita Azucena Con- suelo Herrera Valverde para que se le autorice la inscrip- ción en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Comisión Calificadora de Corredores de Segu- ros, en la Sesión celebrada el 7 de setiembre de 2000, ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indica- do Registro Oficial; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la señori- ta Azucena Consuelo Herrera Valverde con el Nº N-3520 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 21033 Autorizan al Banco Latino el cierre de agencias ubicadas en diversas provin- cias del país RESOLUCIÓN SBS Nº 233-2001 Lima, 27 de marzo de 2001