TEXTO PAGINA: 17
Pág. 202811 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de mayo de 2001 Dra. Ana Teresa Revilla Vergara Jefe - Area de Implantación de PMAJ Dr. Pablo Morán Mejía Jefe (e) Area de Implantación de PMAJ Sr. Rafael Parra del Riego Becerra Jefe del Area de Informática del PMAJ Ing. Carmen Gálvez Romero Jefe de Infraestructura del Poder Judicial Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Ministerio Público, al Ministerio de Justicia, a la Defen- soría del Pueblo, al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, a la Gerencia General del Poder Judicial y a las instancias correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO URRELLO ALVAREZ LUIS ORTIZ BERNARDINI NELSON REYES RÍOS VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 23495 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Vocal Provisional de la Sala Civil de Procesos Abreviados y de Conocimiento de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0155-2001-P-CSJLI/PJ Lima, 15 de mayo del 2001 VISTO y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa de Presidencia Nº 007-P-CS, de fecha 14 de mayo del año en curso, la Corte Suprema de Justicia de la República, dispuso la confor- mación de las Salas de esa instancia suprema, integrando a los señores doctores Julio Enrique Biaggi Gómez, Julián Rodolfo Garay Salazar y Jaime Amado Alvarez Guillén, Vocales Titulares de la Corte Superior de Justicia de Lima, quienes venían desempeñando función jurisdiccional en Salas Superiores de este Distrito Judicial; motivo por el cual, al haber sido promocionados, resulta necesario y pertinente designar a los Vocales Provisionales, que asumi- rán las funciones propias en la Sala Civil de Procesos Abreviados y de Conocimiento, Sala Contenciosa Adminis- trativa y Segunda Sala Penal Corporativa de Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel; Que, por Oficio sin número de la fecha, la Presidencia de la Segunda Sala Penal Corporativa de Procesos Ordi- narios con Reos en Cárcel, y los pedidos verbales de las Presidencias de la Sala Civil de Procesos Abreviados y de Conocimiento y la Sala Contenciosa Administrativa, ante el hecho de las promociones de los Vocales integrantes de las referidas Salas, solicitan la designación de sus reem- plazantes; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en la sede judicial a su cargo, por consiguiente puede promocionar a los Magistra- dos Titulares para que puedan acceder a ocupar Vocalías en las diferentes Salas Superiores de Justicia, a efectos de brindar un eficiente servicio de justicia en beneficio de los justiciables; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor GERMAN ALEJANDRO AGUIRRE SALINAS, Juez Titular del Ter- cer Juzgado Especializado en lo Civil de Lima como Vocal Provisional Integrante de la Sala Civil de Procesos Abrevia- dos y de Conocimiento, a partir del 16 de mayo del año en curso, estando a la promoción del doctor Jaime Amado Alvarez Guillén.Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor EDGAR VIZ- CARRA PACHECO, Juez Titular del Primer Juzgado Espe- cializado en lo Civil del Cono Este como Vocal Provisional Integrante de la Sala Contenciosa Administrativa, a partir del 16 de mayo del año en curso, estando a la promoción del doctor Julián Garay Salazar. Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor RAFAEL MARCOS MEDEL HERRADA, Juez Titular del Décimo Octavo Juzgado Especializado en lo Civil de Lima como Vocal Provisional Integrante de la Segunda Sala Penal Corporativa de Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel, a partir del 16 de mayo del año en curso, estando a la promo- ción del doctor Julio Biaggi Gómez. Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, de la Presidencia del Consejo Transitorio, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, de la Fiscalía de la Nación y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 23516 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Autorizan contratación de servicios de limpieza y vigilancia por situación de urgencia RESOLUCIÓN Nº 006-2001-AMAG-CD/P Lima, 14 de mayo de 2001 VISTO: Los Informes Nº 134-2001-AMAG-AL; Nº 156-2001-AL- AMAG; Nº 121-2001-AMAG-SA y Nº 131-2001-AMAG-SA; emitidos por la Oficina de Asesoría Legal y la Secretaría Administrativa de la Academia de la Magistratura respec- tivamente; y, CONSIDERANDO: Que, de los Informes Nº 110-2001-AMAG-SA y Nº 117- 01-2001-AMAG-LOG, emitidos por la Secretaría Adminis- trativa y la Oficina de Logística, respectivamente, se ad- vierte que los contratos suscritos con las empresas para efectos del servicio de Limpieza y Vigilancia de los locales de la Academia de la Magistratura - Sede Central - y Local del Programa de Formación de Aspirantes - ubicados en la avenida Gregorio Escobedo Nº 426, Jesús María y Nicolás de Piérola Nº 746, Cercado de Lima, respectivamente, vencie- ron el 31 de marzo de 2001; Que, según se refiere de los Informes Técnico y Legal Nº 121-2001-AMAG-SA, Nº 131-2001-AMAG-SA; Nº 134-2001- AMAG-AL; y Nº 156-2001-ALAMAG; emitidos en sujeción a lo previsto en el Artículo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 013- 2001-PCM, el Comité Especial no ha llevado aún a cabo el proceso de adquisición correspondiente que permita cubrir los servicios esenciales antes descritos: Que, esta situación imprevisible tiene impacto en el normal desarrollo de las actividades de la institución que es preciso salvar con prontitud y eficacia, siendo necesario el cubrimiento de los servicios esenciales antes citados, con carácter de urgencia; Que, el Artículo 19º inciso c); y, Artículo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado - D.S. Nº 012-2001-PCM, concordante con lo previsto en el Artículo 108º del Reglamento de la misma norma, Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, permite facul- tar a la institución la contratación de empresas que presten los servicios de limpieza y vigilancia, que se efectuará por el período máximo de 60 días; Que, asimismo, es necesario asegurar el aprovisiona- miento por parte de la Institución de los servicios de limpie- za y vigilancia, por lo que debe establecerse un plazo máxi- mo al Comité Especial, a fin que lleve a cabo los Concursos