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Pág. 203009 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 7-84-ED se aprobó el Proyecto Experimental de la Escuela Superior de Adminis- tración del Instituto Peruano de Administración de Empre- sas - IPAE, el cual contemplaba el otorgamiento del Título Profesional en Administración Empresarial con mención en Comercialización, Finanzas o Relaciones Industriales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 09-94-ED se renovó en vía de regularización la autorización de funcionamiento de la Escuela Superior de Administración del Instituto Peruano de Administración de Empresas - IPAE; Que, en el Artículo 1º del Reglamento de Autorización de Funcionamiento de los Institutos y Escuelas Superiores Particulares, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-97-ED, estableció el cambio de denominación de los Institutos Supe- riores Tecnológicos, Pedagógicos y Escuelas Superiores Par- ticulares por el de Institutos de Educación Superior; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0193-2001-ED de la Dirección Nacional de Educación Secundaria y Supe- rior Tecnológica, se aprobó la actualización de la currícula de la carrera profesional de Administración Empresarial con mención en Comercialización, Finanzas o Relaciones Industriales por la currícula de la carrera profesional de Administración de Negocios con mención en Marketing o Finanzas, en su condición de proyecto experimental; Que, en virtud de lo descrito en el considerando prece- dente es necesario modificar el Proyecto Experimental del referido Instituto en relación a la denominación del Título Profesional en Administración Empresarial por el de Títu- lo Profesional en Administración de Negocios; Con la opinión favorable de la Dirección Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica formulada a través del Informe Nº 201-2001-UFP-DINESST y la visa- ción de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones que le confiere el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú y de conformidad con la Ley Nº 23384; Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; Decreto Legislativo Nº 882 y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modificación del Proyecto Experimental del Instituto de Educación Superior "Insti- tuto Peruano de Administración de Empresas - IPAE" en la parte que corresponde a la denominación del Título Profe- sional en Administración Empresarial por el de Título Profesional en Administración de Negocios. Artículo 2º.- Autorizar a la Dirección Nacional de Educación Secundaria y Superior Tecnológica del Ministe- rio de Educación para que evalúe y resuelva las posteriores modificaciones del Proyecto Experimental del Instituto de Educación Superior "Instituto Peruano de Administración de Empresas - IPAE". Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de mayo del año dos mil uno. VALENTIN PANIAGUA CORAZAO Presidente Constitucional de la República MARCIAL RUBIO CORREA Ministro de Educación 23774MITINCI Autorizan viaje de representante del ministerio a Venezuela para participar en el IV Foro Empresarial Andino "Avancemos: Unión Inteligente para el Desarrollo" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 116-2001-ITINCI Lima, 18 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Maracaibo, Venezuela, se llevará a cabo el IV Foro Empresarial Andino "Avancemos: Unión Inteligente para el Desarrollo", a realizarse del 23 al 24 de mayo del 2001; Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es función del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales, formu- lar, dirigir, supervisar y evaluar la política de integración y negociaciones comerciales internacionales; De conformidad con la Ley Nº 27427, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, modificado con Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y Resolución Ministerial Nº 009-96-ITIN- CI/DM, modificada con Resolución Ministerial Nº 077- 2001-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Maracaibo- Venezuela, del 22 al 25 de mayo del 2001 de la señorita Yolanda Zúñiga Fernández, para que en representación del Ministerio, asista y participe en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministe- rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: SRTA. YOLANDA ZUÑIGA FERNANDEZ Pasajes US$ 400.02 Viáticos US$ 600.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libe- ra ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduane- ros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 23776