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Pág. 203023 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de mayo de 2001 i) Las demás funciones que el Ministro les delegue, en el ámbito de su competencia. DE LA SECRETARÍA GENERAL Artículo 13º.- La Secretaría General es el órgano de la Alta Dirección encargado de apoyar al Despacho Ministe- rial en los aspectos técnico-administrativos del Ministerio. Está a cargo de un Secretario General, que es un funciona- rio de confianza que depende del Ministro. Le corresponden las funciones siguientes: a) Brindar asesoría al Ministro, en los asuntos que se someta a su consideración. b) Coordinar y supervisar el funcionamiento de los órganos de asesoramiento y apoyo del Ministro, controlan- do el estricto cumplimiento de sus atribuciones y funcio- nes. c) Dirigir y controlar la gestión administrativa y docu- mentaria del Ministerio. d) Someter a consideración del Ministro, la aprobación de planes que coadyuven el cumplimiento del Marco de Gestión Institucional. e) Centralizar, coordinar y procesar el flujo documenta- rio del Despacho Ministerial. f) Expedir Resoluciones Secretariales en materias de su competencia o en aquellas que le sean delegadas. g) Coordinar con los representantes del Congreso de la República. h) Supervisar las acciones y programas orientados a realzar la Imagen Institucional. i) Formular y supervisar la ejecución de su Plan Opera- tivo Institucional. j) Las demás funciones que le asigne el Ministro, en el ámbito de su competencia. k) Elaborar y presentar a la Alta Dirección la Memoria Anual de su gestión. La Secretaría General, tiene la Estructura Orgánica siguiente: A. Órgano de Dirección: Secretaría General. B. Órgano de Apoyo: Oficina de Apoyo Administrativo. C. Órganos de Línea: Oficina de Trámite Documentario. Oficina de Imagen Institucional. DE LA OFICINA DE APOYO ADMINISTRATIVO MISIÓN: Artículo 14º.- Gestionar la obtención de los recursos presupuestarios y logísticos para el pleno cumplimiento de los objetivos, metas y acciones de la Alta Dirección, coadyu- vando al mejoramiento de la calidad de la gestión. FUNCIONES: Artículo 15º.- La Oficina de Apoyo Administrativo es el órgano de apoyo de la Secretaría General, está a cargo de un Director. Le corresponden las funciones siguientes: a) Proponer y ejecutar el Plan Operativo Institucional de la Secretaría General. b) Formular y controlar el Presupuesto de la Alta Dirección. c) Consolidar los informes de gestión de la Alta Direc- ción en relación al Sistema Integrado de Gestión Adminis- trativa. d) Formular el Plan Anual de Necesidades de Bienes y Servicios, de acuerdo al plan operativo, cautelando su buen uso y custodia. e) Las demás funciones que le asigne la Secretaría General, en el ámbito de su competencia. DE LA OFICINA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO MISIÓN: Artículo 16º.- Administrar, custodiar y conservar la documentación interna y externa, generada por los usua- rios con la finalidad de generar información precisa y oportuna contribuyendo a mejorar la calidad del servicios.FUNCIONES: Artículo 17º.- La Oficina de Trámite Documenta- rio, es el órgano de línea de la Secretaría General, está a cargo de un Director. Le corresponden las funciones siguientes: a) Administrar el Sistema Integrado Documentario del MTC, manteniéndolo actualizado y operativo. b) Administrar y normar el Archivo Central, los archi- vos periféricos y archivos de gestión, de conformidad con las normas y directivas del Sistema Nacional de Archivos. c) Administrar y normar el Centro de Información y Documentación en base de las normas vigentes. d) Proponer la formulación y actualización de las nor- mas correspondientes al Trámite Documentario. e) Formular el Plan Anual de Necesidades de bienes y servicios, cautelando su buen uso y custodia. f) Formular y ejecutar su Plan Operativo Institucional. g) Las demás funciones que le asigne la Secretaría General, de acuerdo al ámbito de su competencia. DE LA OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL MISIÓN: Artículo 18º.- Difundir las acciones, proyectos y obras que ejecuta el Ministerio, para ofrecer servicios eficientes en sus diferentes dependencias con el fin de contribuir al desarrollo socioeconómico del país. FUNCIONES: Artículo 19º.- La Oficina de Imagen Institucional, es el órgano de línea de la Secretaría General, está a cargo de un Director. Le corresponden las funciones siguientes: a) Coordinar y supervisar las diferentes actividades y procesos de comunicación que se cumplen en la institución. b) Planificar, ejecutar y supervisar la difusión de las actividades de la Alta Dirección, así como de las principales acciones que lleva acabo el Ministerio y coordinar con los Organismos adscritos al Sector. c) Mantener permanentemente contacto con los medios de comunicación social. d) Realizar seguimiento de las informaciones y opinio- nes emitidas por los diferentes medios de comunicación social relacionadas con el Ministerio y organismos del Sector. e) Formular el Plan Anual de Necesidades de bienes y servicios, cautelando su buen uso y custodia. f) Formular y ejecutar su Plan Operativo Institucional. g) Las demás funciones que le asigne la Secretaría General, de acuerdo al ámbito de su competencia. DE LA ASESORÍA TÉCNICA MISIÓN: Artículo 20 º.- Proporcionar a la Alta Dirección infor- mación oportuna y consistente como soporte para la toma de decisiones estratégicas. FUNCIONES: Artículo 21º.- La Asesoría Técnica, es el órgano de asesoramiento de la Alta Dirección. Le corresponde las funciones siguientes: a) Asesorar al Despacho Ministerial en asuntos técni- cos, política sectorial y actividades del Sector. b) Coordinar con los Viceministros y Unidades Orgáni- cas para el óptimo manejo de la información de todas las dependencias del Sector. c) Coordinar con las Unidades Orgánicas la elaboración de informes de gestión sobre proyectos y estudios por encargo de la Alta Dirección. d) Controlar y evaluar el Sistema de Información Ge- rencial de la Alta Dirección. e) Representar a la Alta Dirección por encargo del Ministro; ante las entidades públicas y privadas para tratar asuntos específicos relacionados con la institución. f) Formular y ejecutar su Plan Operativo Institucional. g) Elaborar y presentar a la Alta Dirección la Memoria Anual de su gestión. h) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección de acuerdo al ámbito de su competencia.