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Pág. 203025 NORMAS LEGALES Lima, domingo 20 de mayo de 2001 o) Las demás funciones que le asigne el Ministro y/o la Contraloría General, de acuerdo al ámbito de su competen- cia. ESTRUCTURA ORGÁNICA: Artículo 30º.- La Estructura Orgánica de la Oficina General de Auditoría Interna, es la siguiente: A. Órgano de Dirección: Oficina General de Auditoría Interna. B. Órgano de Asesoría: Oficina de Asesoría Legal. C. Órganos de Línea: Dirección de Inspecciones. Dirección de Investigación y Seguimiento. Dirección de Auditoría. RELACIONES: Artículo 31º.- La Oficina General de Auditoría Inter- na, depende jerárquicamente del Despacho Ministerial y mantiene relaciones funcionales con la Contraloría Gene- ral y de coordinación con los Órganos del Ministerio, Organismos Públicos Descentralizados y Empresas Públi- cas del Sector y con Entidades de otros Sectores en el ámbito de su competencia. DE LA OFICINA DE ASESORÍA LEGAL MISI ÓN: Artículo 32º.- Asesoramiento y difusión interna de Normas Legales y Administrativas a las dependencias de la Oficina General de Auditoría Interna. FUNCIONES: Artículo 33º.- La Oficina de Asesoría Legal, es el órgano de asesoramiento de la Oficina General de Audito- ría Interna, está a cargo de un Director. Le corresponde las funciones siguientes: a) Prestar asesoramiento legal a las dependencias de la Oficina General de Auditoría Interna en asuntos legales y administrativos de su competencia. b) Prestar apoyo legal e integrar comisiones encarga- das de realizar las acciones de Control. c) Emitir opinión legal, cuando el caso lo amerite, sobre los informes emitidos por las Direcciones de la Oficina General de Auditoría Interna y por la Auditoría interna de los organismos Públicos Descentralizados del Sector. d) Proponer en materia de su competencia la modifica- ción o la dación de normas y disposiciones, como resultado de las acciones de control realizadas por las Direcciones de Oficina General de Auditoría Interna, según corresponda. e) Mantener actualizados y concordados los dispositi- vos legales que tengan relación con el Ministerio y los vinculados con el Sistema Nacional de Control, efectuando los comentarios y opiniones según corresponda. f) Coordinar por delegación de la Jefatura de la Oficina General de Auditoría Interna, con los órganos y organis- mos vinculados al Sistema Nacional de Control, los asuntos del carácter legal. g) Las demás funciones que le asigne el Auditor Gene- ral, en materia de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE INSPECCIONES MISI ÓN: Artículo 34º.- Ejecución de investigaciones adminis- trativas, operativas y técnicas a las dependencias y orga- nismos descentralizados del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. FUNCIONES: Artículo 35º.- La Dirección de Inspecciones, es el órgano de línea de la Oficina General de Auditoría Interna, está a cargo de un Director. Le corresponde las funciones siguientes: a) Proponer y ejecutar las políticas específicas de con- trol en las Inspecciones, exámenes especiales y otros de su competencia.b) Llevar a cabo las acciones de control programadas y las que disponga la jefatura, así como elaborar los informes y recomendar las medidas correctivas pertinentes. c) Ejecutar inspecciones para evaluar la eficiencia téc- nica administrativa de las dependencias y organismos públicos descentralizados del Ministerio, en el cumpli- miento de las funciones, planes, programas, objetivos y metas. d) Realizar inspecciones, relacionadas con los aspectos técnicos, de las obras y proyectos, ejecutados en el ámbito del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción; así como de aquellos otros que disponga la jefatu- ra. e) Las demás funciones que le asigne el Auditor Gene- ral, en materia de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE INVESTIGACI ÓN Y SEGUIMIENTO MISIÓN: Artículo 36º.- Formulación y evaluación del Plan Anual de Control de la Oficina General de Auditoría Interna, realizando el control para la implementación de las reco- mendaciones establecidas en los informes de Auditoría Interna, de Auditores Externos y de Contraloría General de la República. FUNCIONES: Artículo 37º.- La Dirección de Investigación y Segui- miento, es el órgano de línea de la Oficina General de Auditoría Interna, está a cargo de un Director. Le corres- ponde las funciones siguientes: a) Ejecutar las políticas específicas de control en las investigaciones, exámenes especiales y otros de su compe- tencia. b) Ejecutar las investigaciones, con el fin de esclarecer las presuntas irregularidades detectadas y/o denuncias formuladas con relación a la gestión administrativa de funcionarios y servidores del Ministerio, elaborando el informe correspondiente. c) Realizar el seguimiento para superar las observacio- nes e implementación de las recomendaciones planteadas en los Informes resultantes de las acciones de control ejecutadas por la Oficina General de Auditoría Interna, auditores externos y Contraloría General. d) Realizar el seguimiento del estado situacional de los procesos administrativos disciplinarios del Ministerio. e) Llevar el control de las donaciones nacionales y del exterior efectuadas al Sector para informar al Órgano Superior de Control. f) Formular, ejecutar y controlar el Plan Operativo y el Presupuesto de la Oficina General de Auditoría Interna. g) Formular el plan anual de necesidades de bienes y servicios, de la Oficina General de Auditoría Interna, cautelando su buen uso y custodia. h) Las demás funciones que le asigne el Auditor Gene- ral, en materia de su competencia. DE LA DIRECCIÓN DE AUDITORÍA MISI ÓN: Artículo 38º.- Ejecución de Auditorías y exámenes especiales a las dependencias y organismos descentraliza- dos, cautelando que los recursos del sector se utilicen con eficiencia, eficacia y transparencia. FUNCIONES: Artículo 39º.- La Dirección de Auditoría, es el órgano de línea de la Oficina General de Auditoría Interna, está a cargo de un Director. Le corresponde las funciones siguien- tes: a) Ejecutar las políticas específicas de control en las auditorÍas, exámenes especiales y otros de su competencia. b) Ejecutar el control posterior interno de la gestión económica, financiera, administrativa y técnico operativa, mediante la ejecución de Auditorías, exámenes especiales y otros en los órganos del Ministerio y Organismos Públicos descentralizados del Sector. c) Elaborar los informes relacionados con las acciones de control ejecutadas y recomendar las medidas correcti- vas pertinentes. d) Examinar los estados financieros y de gestión de las dependencias del Ministerio; las Unidades Ejecutoras de los Proyectos, así como de los Organismos Públicos Descen- tralizados del Sector.