Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2001 (26/05/2001)


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Atentamente,

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2001

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la 4ta. Sala del Tribunal Registral MORDAZA MORDAZA BEDREGAL Vocal del Tribunal Registral MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral 24088

por la Ley Nº 26488, los Articulos 159º, 162º, 163º y 173º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM, el Decreto Supremo Nº 074-95-PCM y el Art. 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana aprobado por Acuerdo de Directorio Nº 02-98 del 15 de MORDAZA de 1998 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer a partir de la fecha, sancion de DESTITUCION a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico en Abogacia I, Nivel STB, de la Oficina General de Asesoria Juridica de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, sin perjuicio de las acciones judiciales a que hubiere lugar. Articulo 2º.- MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no podra reingresar al servicio publico, bajo cualquier forma o modalidad, durante el periodo de cinco (5) anos como minimo. Articulo 3º.- Notifiquese la presente Resolucion a la sancionada y remitase MORDAZA a la Presidencia del Consejo de Ministros para ser anotada en el Registro de Sanciones de Destitucion, asi como a la Contraloria General de la Republica. Articulo 4º.- La Oficina de Personal y la Oficina General de Asesoria Juridica, se encargaran de verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese, archivese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA CASTAGNOLA Gerente General Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana 24092

SOCIEDADES DE BENEFICENCIA
Sancionan con destitucion a servidora de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 067-2001-GG/SBLM MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2001 VISTO: El Informe Nº 002-2001-CPPAD/SBLM del 3 de MORDAZA del 2001 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana, relacionado con el MORDAZA instaurado a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tecnico en Abogacia I, Nivel STB, de la Oficina General de Asesoria Juridica mediante Resolucion de Gerencia General Nº 044-2001-GG/SBLM; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia General Nº 044-2001-GG/SBLM publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de MORDAZA del 2001, se instaura MORDAZA Administrativo Disciplinario a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con las facultades senaladas en el Art. 167º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por D.S. Nº 005-90PCM, por haber apreciado la existencia de evidencia suficiente de que la servidora ha incurrido en presuntas faltas administrativas de caracter disciplinario tipificadas en los incisos a), j) y k) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 como incumplimiento de normas, acto de inmoralidad y ausencia injustificada de su centro de trabajo, pasibles de sancion de cese temporal o de destitucion, sin perjuicio de las acciones judiciales a que hubiere lugar; Que, la mencionada servidora, en tiempo habil, mediante Hoja de Envio Nº 1187-2001 de fecha 27 de MORDAZA del 2001 presento su descargo escrito respecto a las faltas que se le imputan en el MORDAZA Administrativo Disciplinario iniciado; Que, con los argumentos y pruebas de descargo presentados, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA unicamente consigue reconocer como error suscitado de su parte las faltas que se le atribuyen, de haber pretendido sustentar una solicitud de Licencia por Capacitacion no oficializada por seis (6) meses con una MORDAZA de estudios falsa y haberse ausentado injustificadamente de su centro de trabajo por mas de tres dias consecutivos, desde el 20 de junio del 2000 hasta la actualidad, mas, de ningun modo, atenuar y menos aun desvirtuar su comision y gravedad; MORDAZA si se tiene en cuenta su nivel de MORDAZA y formacion de letrado alcanzados, asi como su experiencia laboral y area funcional en la que venia desempenandose; Estando a lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios mediante el Informe del Visto; y, De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 25º, 26º, 27º y 30º del Decreto Legislativo Nº 276, modificado

SUPERINTENDENCIA DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SALUD
Modifican cuadro del anexo de resolucion referida a la entrega de informacion obligatoria sobre afiliacion que las Entidades Prestadoras de Salud proporcionaran a la SEPS
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 035-2001-SEPS/CD MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2001 CONSIDERANDO : Que, el Articulo 14º de la Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, Ley Nº 26790, crea la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud, con el objeto de autorizar, regular y supervisar el funcionamiento de las Entidades Prestadoras de Salud y cautelar el uso correcto de los fondos por estas administrados; Que, con la finalidad de llevar a cabo estudios tecnicos, supervisar los servicios que las Entidades Prestadoras de Salud ofrecen y conocer la relacion de afiliados a ellas, la SEPS mediante Resolucion de Superintendencia Nº 040-99-SEPS, emitio la MORDAZA de entrega de informacion obligatoria sobre afiliacion que

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