Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2001 (28/05/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 28 de MORDAZA de 2001

realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion Permanentes: a) Tubos, valvulas y accesorios de material plastico para el transporte de fluidos, b) Gestion Ambiental, c) Saneamiento, y d) Gestion de calidad de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los dias 4, 19, 21 y 28 de diciembre del 2000, los Comites Tecnicos MORDAZA senalados presentaron respectivamente, a la Secretaria Tecnica de la Comision, 7 Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas ­ 1 de Tubos, valvulas y accesorios de material plastico para el transporte de fluidos, 1 de Gestion Ambiental, 4 de Saneamiento y 1 de Gestion de calidad - los cuales fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopcion, y sometidos a discusion publica por un periodo de treinta dias calendario, contados a partir del 12 de marzo del ano en curso; Que, luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo la aprobacion de los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas, como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 16 de MORDAZA del 2001. RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes: NTP-ISO 9852:2001 TUBOS DE POLI (CLORURO DE VINILO) NO PLASTIFICADO (PVC-U) RESISTENCIA AL DICLOROMETANO A UNA TEMPERATURA ESPECIFICA (DCMT). Metodo de Ensayo. 1ª Edicion

Registrese y publiquese. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 24145

SUNARP
Precisan criterios para calificacion registral de actos de disposicion y gravamen de los bienes que no MORDAZA objeto de las operaciones ordinarias y de las fundaciones
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 141-2001-SUNARP/SN MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2001 CONSIDERANDO: Que, se ha verificado que con ocasion de la inscripcion de los actos de disposicion y gravamen de los bienes que no MORDAZA objeto de las operaciones ordinarias de las fundaciones, no existen criterios de calificacion uniformes; Que, el inciso 5) del Articulo 104º del Codigo Civil, establece que el Consejo de Supervigilancia de Fundaciones tiene como funcion basica, entre otras, la de autorizar los actos MORDAZA indicados y establecer el procedimiento a seguir; Que, el inciso g) del Articulo 6º del Reglamento del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-JUS, del 11 de marzo de 1994, prescribe que es funcion del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones autorizar los actos de ventas, transferencias, donaciones, cesion en uso, permuta, gravamen, arrendamiento, hipoteca, usufructo, prenda y anticresis de los bienes que no MORDAZA objeto de las operaciones ordinarias de la fundacion y establecer el procedimiento a seguir en cada caso; Que, tanto el inciso 7) del Articulo 104º del Codigo Civil, como el inciso e) del Articulo 6º del Reglamento del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones reconoce que este organismo tiene como funcion, ademas, la de vigilar que los bienes y rentas de las fundaciones se empleen conforme a la finalidad propuesta; Que, consecuentemente, resulta necesario establecer normas que precisen de manera uniforme los criterios para la calificacion registral de los actos a que se refieren los considerandos precedentes, disponiendo la inscripcion de los mismos con la MORDAZA, ademas de la documentacion que ordinariamente se requiere, de la autorizacion por parte del Consejo de Supervigilancia de Fundaciones de dicho acto, asi como del procedimiento a seguir; De conformidad con lo establecido en los Articulos 16º incisos a) y b) de la Ley Nº 26366, y 7º incisos d) y e) del Estatuto de la SUNARP; SE RESUELVE:

NTP-ISO 14021:2001 ETIQUETAS Y DECLARACIONES AMBIENTALES. Autodeclaracion ambiental (etiquetado ambiental, MORDAZA II). 1ª Edicion NTP-ISO 2531:2001 TUBOS, CONEXIONES Y PIEZAS ACCESORIAS DE FUNDICION DUCTIL Y SUS JUNTAS, PARA CONDUCCIONES DE AGUA O GAS. 2ª Edicion Reemplaza a la NTP-ISO 2531:1997 VALVULAS DE COMPUERTA DE HIERRO FUNDIDO. 1ª Edicion Reemplaza a la NTP 350.064:1997 CAUCHO. Recomendaciones para la fabricacion de anillos de sello para juntas de tubo. Descripcion y clasificacion de imperfecciones. 1ª Edicion

NTP-ISO 5996:2001

NTP-ISO 9691:2001

NTP-ISO 5667-3:2001 CALIDAD DEL AGUA. Muestreo Parte 3: Guia para la preservacion y manejo de muestras. 1ª Edicion NTP-ISO 17020:2001 CRITERIOS GENERALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS DIVERSOS TIPOS DE ORGANISMOS QUE REALIZAN INSPECCION. 1ª Edicion Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Tecnicas Peruanas: NTP-ISO 2531:1997 TUBOS, ACCESORIOS Y PIEZAS ESPECIALES DE MORDAZA DUCTIL PARA CONDUCCIONES A PRESION. 1ª Edicion VALVULAS DE COMPUERTA DE MORDAZA FUNDIDO PARA SISTEMAS DE ABASTECIMIENTO DE AGUA POTABLE. Requisitos. 2ª Edicion

Articulo Unico.- En los casos en que una fundacion solicite la inscripcion de actos de disposicion y gravamen de los bienes que no MORDAZA objeto de sus operaciones ordinarias, el registrador debera verificar que estos cuenten con la autorizacion expedida por el Consejo de Supervigilancia de Fundaciones, asi como el cumplimiento del procedimiento o condiciones en que se otorga dicha autorizacion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GODO Superintendente Nacional de los Registros Publicos (e) 24135

NTP 350.064:1997

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