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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2001 (06/11/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 212253 NORMAS LEGALES Lima, martes 6 de noviembre de 2001 Que las municipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdic- ción. Planifican el desarrollo urbano, rural dentro de su territorio y ejecutan los planes y programas correspondien- tes en beneficio de los vecinos y en la búsqueda del bien común; Que es facultad del Alcalde celebrar todos los actos y contratos para el ejercicio de su función y vigilar el cumplimiento de los mismos, conforme lo establece el Art. 47º Incs. 10) y 17) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; asimismo, dentro de sus competencias está contratar con entidades públicas o no públicas preferen- temente locales, la atención de los servicios que no admi- nistra directamente; Que el Decreto Legislativo Nº 757, aprueba la Ley marco para el crecimiento de la Inversión Privada, que faculta a los Gobiernos Locales la suscripción de convenios de esta- bilidad jurídica, al amparo del Artículo 1357º del Código Civil, los mismos que tienen la calidad de contratos con fuerza de Ley, de manera que no pueden ser modificados en forma unilateral, protegiendo de esta manera la inversión pública privada para lograr la generación de nuevos pues- tos de trabajo e impulsar el desarrollo del país; Que los Gobiernos Locales, dentro de sus competencias está la de prestar los servicios públicos en forma eficiente y adecuada, sea en forma directa o a través de terceros dentro del marco de la Ley, para el beneficio de la colecti- vidad y lograr el desarrollo integral de su distrito; En uso de las facultades que le confiere el Art. 36º Inc. 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Pleno del Concejo acordó por unanimidad la siguiente Ordenanza; ORDENANZA Artículo Primero.- Autorizar al señor Alcalde suscri- bir los convenios y contratos que beneficien a la comunidad de Ancón para la eficiente prestación de los servicios públicos locales. Artículo Segundo.- Autorizar al señor Alcalde sus- cribir convenios de estabilidad jurídica, conforme lo establece la Ley de Crecimiento de la Inversión Privada, a fin de garantizar la inversión pública y privada dentro del distrito. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ORTECHO ROMERO Alcalde 33923 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Amplían plazo para acogerse a la amnistía tributaria general otorgada mediante la Ordenanza Nº 094-MDMM ORDENANZA Nº 095-MDMM Magdalena del Mar, 5 de noviembre de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Extraordinaria de la fecha, adoptó por MAYORIA y con dispensa de trámite de lectura y aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de Magdalena del Mar mediante Ordenanza Nº 094-MDMM aprobó una amnistía general que condona el pago de intereses moratorios, factores de actualización y gastos administrativos a los contribuyentes que cancelaran al contado sus deudas por Impuesto PredialEstando a lo expresado y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, y con los Artículos 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, y contando con el Informe Nº 000761-2001- SAT/04 de la Gerencia de Asuntos Legales; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de la con- tratación de los servicios personalísimos referidos en la parte considerativa de la presente resolución y, consecuen- temente, autorizar a la Gerencia de Administración a contratar por el plazo de un año los servicios requeridos, mediante Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo Segundo.- El valor referencial del servicio a contratar asciende a US$ 42,480.00 (cuarenta y dos mil cuatrocientos ochenta y 00/100 dólares americanos) que incluye todo concepto, gastos y tributos a que hubiere lugar. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Admi- nistración remita copia de la presente resolución y del informe que sustenta esta exoneración a la Contraloría General de la República dentro de los diez días calendario siguientes a su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ ARISTA ARBILDO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 33886 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN Autorizan al alcalde de la municipali- dad suscribir convenios y contratos para la prestación de servicios públi- cos y garantizar la inversión pública y privada en el distrito ORDENANZA Nº 014-2001-A/MDA Ancón, 4 de noviembre del 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Ancón, en sesión extraordinaria de la fecha ha establecido lo siguiente: Considerando que mediante Ordenanza Nº 015-99-A/MDA, de fecha 5 de agosto de 1999 se declaró en situación de urgencia la disposición final de residuos sólidos en el distrito de Ancón, autorizando al Sr. Alcalde para que realice las acciones necesarias y dar solución inmediata al servicio antes mencionado; Que el Estado Peruano estimula la iniciativa privada dentro de una economía social de mercado y orienta el desarrollo del país actuando principalmente en las áreas de promoción, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura, al mismo tiempo garantiza la libertad de trabajo, de empresa e industria, promoviendo la pequeña empresa en todas sus modalidades, de igual manera reco- noce el pluralismo económico que se sustenta en la coexis- tencia de las diversas formas de propiedad de empresa; Que la libertad de contratar garantiza que las partes puedan pactar válidamente según las normas vigentes, al tiempo del contrato, los mismos que no pueden ser modifi- cados por leyes u otras disposiciones de cualquier índole, por lo cual la inversión nacional y extranjera se sujeta a las mismas condiciones para la dotación de bienes y servicios; Que el Estado Peruano se divide en departamentos, provincias y distritos en cuyas circunscripciones se ejer- ce el gobierno unitario de manera descentralizada y desconcentrada; Que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Lo- cal que emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público con autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia;