Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2001 (06/11/2001)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, martes 6 de noviembre de 2001

te notificacion al Secretario General de las Naciones Unidas. Articulo 21 1. El presente Convenio estara abierto a la firma de todos los Estados desde el 12 de enero de 1998 hasta el 31 de diciembre de 1999 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York. 2. El presente Convenio esta sujeto a ratificacion, aceptacion o aprobacion. Los instrumentos de ratificacion, aceptacion o aprobacion seran depositados en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. 3. El presente Convenio estara abierto a la adhesion de cualquier Estado. Los instrumentos de adhesion seran depositados en poder del Secretario General de las Naciones Unidas. Articulo 22 1. El presente Convenio entrara en MORDAZA el trigesimo dia a partir de la fecha en que se deposite en poder del Secretario General de las Naciones Unidas el vigesimo MORDAZA instrumento de ratificacion, aceptacion, aprobacion o adhesion. 2. Respecto de cada uno de los Estados que ratifiquen, acepten o aprueben el Convenio o se adhieran a el despues de que sea depositado el vigesimo MORDAZA instrumento de ratificacion, aceptacion, aprobacion o adhesion, el Convenio entrara en MORDAZA el trigesimo dia a partir de la fecha en que dicho Estado MORDAZA depositado su instrumento de ratificacion, aceptacion, aprobacion o adhesion. Articulo 23 1. Todo Estado Parte podra denunciar el presente Convenio mediante notificacion por escrito dirigida al Secretario General de las Naciones Unidas. 2. La denuncia surtira efecto un ano despues de la fecha en que el Secretario General de las Naciones Unidas reciba la notificacion. Articulo 24 El original del presente Convenio, cuyos textos en arabe, MORDAZA, espanol, MORDAZA, ingles y ruso son igualmente autenticos, sera depositado en poder del Secretario General de las Naciones Unidas, que enviara copias certificadas de el a todos los Estados. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, los infrascritos, debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos, han firmado el presente Convenio, abierto a la firma en Nueva MORDAZA el 12 de enero de 1998. 33955

Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Diez Canseco MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de Norteamerica, del 5 al 8 de noviembre de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran asumidos por el Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 4118.42 Viaticos : US$ 880.00 Tarifa Corpac : US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su denominacion o clase. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 33948

Encargan la Cartera de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales al Ministro de Pesqueria
RESOLUCION SUPREMA Nº 566-2001-PCM MORDAZA, 5 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO:

PCM
Autorizan viaje de Primer Vicepresidente de la Republica a los EE.UU. para sustentar la posicion peruana sobre la renovacion de la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas
RESOLUCION SUPREMA Nº 565-2001-PCM MORDAZA, 5 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que el senor MORDAZA Diez Canseco MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, participara en reuniones de trabajo con congresistas americanos y representantes del Poder Ejecutivo a fin de sustentar la posicion peruana sobre la renovacion de la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas - ATPA y la inclusion de las confecciones textiles peruanas en la misma, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de Norteamerica, del 6 al 8 de noviembre de 2001; Que, es necesario autorizar el viaje del senor MORDAZA Diez Canseco MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM;

Que, el senor MORDAZA Diez Canseco MORDAZA, Primer Vicepresidente de la Republica y Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, se ausentara del MORDAZA del 5 al 8 de noviembre del 2001, para asistir a reuniones de trabajo con congresistas americanos y representantes del Poder Ejecutivo, a fin de sustentar la posicion peruana sobre la renovacion de la Ley de Preferencias Arancelarias Andinas (ATPA) y la inclusion de las confecciones textiles peruanas en la misma, a celebrarse en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de Norteamerica; Que, es necesario encargar el Despacho del Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con el Articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar la Cartera de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, al senor MORDAZA MORDAZA Rossello, Ministro de Pesqueria, a partir del 5 de noviembre del 2001 y en tanto dure la ausencia del Titular. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 33949

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