Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2001 (06/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 6 de noviembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en los Yacimientos de Camisea - Lote 88; y, en atencion a que la suspension del plazo para solicitar la imposicion de servidumbres no alterara la fecha para la Puesta en Operacion Comercial prevista en el Contrato, la solicitud efectuada por la Sociedad Concesionaria resulta procedente; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 27º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-99-EM; Con la opinion favorable del Director General de Hidrocarburos y Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Acuerdo de Suspension del plazo para solicitar la imposicion de Servidumbres establecida en la clausula 7.1.1 del Contrato BOOT de Concesion de Transporte de Liquidos de Gas Natural por Ductos de Camisea a la Costa, suscrito entre el Estado y Transportadora de Gas del Peru S.A., el cual forma parte de la presente Resolucion. Dicho acuerdo consta de tres (3) clausulas. Articulo 2º.- Autorizar al Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas para suscribir a nombre del Estado, el Acuerdo a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 33943 RESOLUCION SUPREMA Nº 180-2001-EM MORDAZA, 5 de noviembre de 2001 VISTO: el recurso presentado por Transportadora de Gas del Peru S.A. con el objeto de acordar la suspension del plazo para solicitar la imposicion de servidumbres para el Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate en Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 101-2000-EM de 6 de diciembre de 2000, se otorgo a Transportadora de Gas del Peru S.A., la Concesion de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate en Lima; se aprobo el Contrato de Concesion; y, se autorizo al Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas para suscribir a nombre del Estado dicho Contrato; Que, la Concesion otorgada se encuentra regulada mediante Contrato BOOT, suscrito el 9 de diciembre de 2000. Dicho contrato, en la clausula 7.1.1, senala que la Sociedad Concesionaria debe establecer la ruta de los ductos de las Obras Comprometidas y solicitar la imposicion de las correspondientes servidumbres, dentro de los doce (12) meses siguientes a la fecha de cierre; Que, asimismo, la clausula 13.0 del Contrato establece que dentro de los doce (12) meses siguientes a la fecha de cierre, la Sociedad Concesionaria presentara al concedente el estudio de impacto ambiental para su aprobacion. La solicitud para la imposicion de servidumbres esta condicionada al resultado de la aprobacion del estudio de impacto ambiental, pues dicho resultado puede establecer cambios en el trazo del ducto, razon por la cual, el plazo para la MORDAZA de la solicitud de imposicion de servidumbres debe verificarse en fecha posterior, luego que se culmine y apruebe el estudio de impacto ambiental; Que, el literal d) de la clausula 20.1 del Contrato, preve la suspension de los plazos por Acuerdo entre las Partes, siempre que no se cause un perjuicio a las partes que suscribieron los demas contratos: Concesion de Distribucion de Gas, Concesion de Transporte de Liquidos y Contrato de Licencia para la Explotacion de Hidrocarburos en los Yacimientos de Camisea - Lote 88; y, en atencion a que la suspension del plazo para solicitar la imposicion de servidumbres no alterara la fecha para la Puesta en Operacion Comercial prevista en el Contrato, la solicitud efectuada por la Sociedad Concesionaria resulta procedente; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 27º del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-99-EM; Con la opinion favorable del Director General de Hidrocarburos y Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Acuerdo de Suspension del plazo para solicitar la imposicion de Servidumbres estable-

cida en la clausula 7.1.1 del Contrato BOOT de Concesion de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate, suscrito entre el Estado y Transportadora de Gas del Peru S.A., el cual forma parte de la presente Resolucion. Dicho acuerdo consta de tres (3) clausulas. Articulo 2º.- Autorizar al Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas para suscribir a nombre del Estado, el Acuerdo a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 33944

Autorizan viaje de profesional de ELECTROPERU S.A. a Suiza, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 181-2001-EM MORDAZA, 5 de noviembre de 2001 Visto el Oficio Nº D-247-2001, de fecha 23 de octubre de 2001, del Presidente del Directorio de ELECTROPERU S.A., solicitando autorizacion de viaje para un profesional; CONSIDERANDO: Que, en el juicio promovido por MORDAZA Semenza Barioli contra ELECTROPERU S.A. para el pago de US$ 3 000 000,00 por supuestos danos y perjuicios derivados de los procesos judiciales seguidos por ELECTROCONSULT contra ELECTROPERU S.A., el juzgado ha dispuesto que la prueba de declaracion de parte del demandante (confesion) ofrecida por ELECTROPERU S.A., se realice en la MORDAZA de su residencia, Zurich, Suiza; librandose para el efecto el exhorto correspondiente; Que, constituyendo este uno de varios procesos judiciales en donde tiene participacion judicial ELECTROPERU S.A. y revistiendo importancia la declaracion de la parte aludida, toda vez que recien se presenta la oportunidad para examinar al demandante conforme al pliego de preguntas elaborado al respecto, asi como la posibilidad de formular repreguntas a fin de obtener respuestas que enerven o desvirtuen afirmaciones que redunden en perjuicio de ELECTROPERU S.A. resulta pertinente participar activamente en dicha diligencia judicial; Que, para el efecto, el Directorio de ELECTROPERU S.A. en su Sesion Nº 1098, de fecha 3 de octubre de 2001, mediante Acuerdo Nº O.D.1 aprobo el viaje del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Asesoria Juridica de la Gerencia General, apoderado de dicha empresa, a la MORDAZA de Zurich, Suiza, del 5 al 9 de noviembre de 2001; Que, en consecuencia es necesario autorizar el correspondiente viaje; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Asesoria Juridica de la Gerencia General de ELECTROPERU S.A., a la MORDAZA de Zurich, Suiza, del 5 al 9 de noviembre de 2001, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, que ascienden a US$ 2 570,80 (Dos Mil Quinientos Setenta y 80/100 Dolares Americanos) seran cubiertos por ELECTROPERU S.A., de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Viaticos (US$ 260.00 x 5 dias) Tarifa CORPAC TOTAL US$ 1 245,80 US$ 1 300,00 US$ 25,00 -------------------US$ 2 570,80

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 33945

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