Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2001 (09/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de noviembre de 2001

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 26922 - Ley MORDAZA de Descentralizacion, Ley Nº 26923, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Secretario Tecnico del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR Cajamarca. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 34181

Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 34182

Dejan sin efecto resolucion que autorizo a procurador interponer acciones correspondientes a fin de declarar la nulidad de la R.D. Nº 057-96-R.MTP/ PECT-DE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 374-2001-PRES MORDAZA, 8 de noviembre de 2001 Visto el Informe Nº 016-2001-02-0930 de la Oficina de Auditoria Interna del Ministerio de la Presidencia; y, CONSIDERANDO:

Aceptan renuncias de Gerentes Regionales del CTAR TACNA
RESOLUCION SUPREMA Nº 268-2001-PRES MORDAZA, 7 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 134-2001PRES, de fecha 22 de MORDAZA de 2001, se designo al Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA URRIOLA, en el cargo de Gerente Regional de Administracion, al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente Regional de Asesoria Juridica, al ECO. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional, al ECO. GLENYS MORDAZA MORDAZA POMAREDA, en el cargo de Gerente Regional de Promocion de Inversiones y al ING. MORDAZA MORDAZA FERREYRA MORDAZA, en el cargo de Gerente Regional de Operaciones del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR TACNA; Que, los Gerentes Regionales de Administracion, Asesoria Juridica, Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional y Promocion de Inversiones han puesto a disposicion su cargo y el Gerente Regional de Operaciones ha presentado su renuncia irrevocable; Que, es necesario aceptar las renuncias a los Gerentes Regionales MORDAZA mencionados; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 26922, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar a partir de la fecha la renuncia presentada por los funcionarios del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR TACNA, que a continuacion se indica: - Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA URRIOLA, al cargo de Gerente Regional de Administracion, - DR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Gerente Regional de Asesoria Juridica. - ECO. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Gerente Regional de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo Institucional. - ECO. GLENYS MORDAZA MORDAZA POMAREDA, al cargo de Gerente Regional de Promocion de Inversiones. - ING. MORDAZA MORDAZA FERREYRA MORDAZA, al cargo de Gerente Regional de Operaciones. Dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados.

Que, con fecha 30 de MORDAZA de 2001, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion Ministerial Nº 171-2001-PRES, mediante la que se autorizo al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, a interponer las acciones legales correspondientes a fin de declarar la nulidad de la Resolucion Directoral Nº 057-96-R.MTP/PECT-DE, emitida por la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Carretera Transoceanica, a traves de la cual se aprobaron los mayores metrados por reclasificacion de material de corte a la firma contratista Ce. Ce. Ge. Sociedad Anonima; Que, en virtud al Memorando Nº 058-2001/PRES-DM del 26 de junio de 2001, la Oficina de Auditoria Interna del Ministerio de la Presidencia expide el Informe Nº 016-200102-0930, denominado "Examen Especial a las obras adicionales por reclasificacion de material de corte en la obra: Construccion de la Carretera Limacpampa - Otorongo, del Proyecto Especial Carretera Transoceanica", con el objeto de determinar la procedencia de la Resolucion Directoral Nº 057-96-R.MTP/PECT-DE; la razonabilidad del sustento tecnico-legal de la Resolucion Directoral Nº 071-96-R.MTP/ PECT-DE; y comprobar la veracidad y legalidad de los Contratos de Obra y Actas de Rescision de Contrato; Que, conforme las Conclusiones del referido Examen Especial, la Oficina de Auditoria Interna senalo que el Proyecto Especial, con la finalidad de anular la Resolucion Directoral Nº 057-96-R.MTP/PECT-DE expidio con fecha 26 de MORDAZA de 1996 la Resolucion Directoral Nº 07196-R.MTP/PECT-DE, sustentada en interpretaciones inexactas de la Directiva Nº 001-96-CG/OAI-API "Lineamientos para cautelar el adecuado procedimiento para el control previo al pago de Presupuestos Adicionales de Obras Publicas" y emitida por el mismo funcionario que suscribio la anterior, transgrediendo el Articulo 110º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; hecho que determino que la firma Contratista solicitara la nulidad de dicha resolucion ante el Tribunal de Licitaciones y Contratos de Obras Publicas, el cual fallo a su favor; Que, conforme el Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, los resultados de una accion de control emitidos por cualquier organo del sistema estan considerados como prueba preconstituida cuando estos determinen la necesidad de iniciar acciones judiciales, contrario sensu, si de la accion de control no se evidencia indicio alguno de la comision de hechos que ameriten la iniciacion de acciones judiciales, no resulta procedente expedir una Resolucion Ministerial Autoritativa;

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