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Pág. 212414 NORMAS LEGALES Lima, viernes 9 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones N°s. 506-2001-JNE y 561-2001-JNE, publicadas el 4 de julio del 2001 y el 10 de agosto del presente año, respectivamente, se fija y se convoca, a la consulta popular de revocatoria del manda- to de autoridades municipales, para el domingo 11 de noviembre del año 2001; Que, mediante Resolución N° 662-2001-JNE, pu- blicada el 19 de setiembre del presente año, se repro- grama la consulta popular de revocatoria del manda- to de autoridades municipales de la República, fijan- do el día domingo 25 de noviembre del año 2001 como fecha de realización de la consulta popular; Que, de conformidad con el Artículo 37° de la Ley N° 26859, Orgánica de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas popula- res; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución, la Ley Orgánica de Elecciones y su Ley Orgánica; Que, de conformidad con el Artículo 2° de la Ley N° 26487, la Oficina Nacional de Procesos Electorales tiene como función esencial velar por la obtención de la fiel y libre expresión de la voluntad popular, manifestada a través de los procesos electorales de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, mediante Resolución Jefatural N° 463-2001-J/ ONPE, se aprueba el diseño definitivo de cédulas de votación para la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales a realizarse el día 25 de noviembre del presente año; Que, mediante Resoluciones N°s. 438, 617, 621, 626 y 749, el Jurado Nacional de Elecciones ha declarado la vacancia del cargo de Alcalde en los distritos de Alca, Naván, Pachaconas, Huambo e Incahuasi; sien- do que los ciudadanos que se encontraban desempe- ñando tal mandato fueron considerados entre las au- toridades municipales sometidas a consulta popular de revocatoria a que alude el párrafo precedente, por lo que deviene innecesario consignar la consulta res- pecto de dichas autoridades en las cédulas de sufragio que fueran aprobadas mediante Resolución Jefatural N° 463-2001-J/ONPE; Que, en los municipios distritales de Yauyos y Huaro- chirí la consulta popular aludida se circunscribe tan sólo respecto de regidores; Que, en este orden de ideas, corresponde oficiali- zar la aprobación de un nuevo diseño de cédulas de votación para la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales a realizarse el día 25 de noviembre del presente año en las circuns- cripciones electorales referidas en el párrafo ante- rior; En uso de las atribuciones que le confieren al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, los Artícu- los 13° y 21° de la Ley N° 26487 y en uso de las atribucio- nes señaladas en el Artículo 182° de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el diseño de las cédu- las de votación a utilizarse en la consulta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales, cuyos formatos aparecen en los Anexos 01, 02, 03 y 04, que forman parte integrante de la presente Resolu- ción. Artículo Segundo .- Los formatos de cédula de su- fragio, a que se refiere el artículo precedente, tienen las siguientes características generales: Mide desde 20.5 x 13.6 hasta 40.9 x 23.7 cm. y se imprime en papel bond con sello de la República del Perú de 85 gramos. El anverso está impreso a tres colores: negro, verde y azul. El contenido del formato de la cédula de sufragio será el siguiente:I. ANVERSO : La cédula se encuentra dividida en cinco secciones: Encabezado, Subtítulo, Instruc- ciones al Elector, Cuerpo de la cédula y Pie de página. 1.1. Encabezado: Consta de dos líneas de texto, con- signando en la primera línea el nombre del Concejo Distrital, y en la segunda el nombre de la Provincia; escrito en negro. El Escudo Nacional va impreso en ambos extremos. 1.1.1. Subtítulo: Conformado por una fila gris de 19.3 cm . x 0.7 cm . que dice: "CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORI- DADES MUNICIPALES AÑO 2001", en letras blan- cas. 1.1.2. Instrucciones al elector: Lleva el texto “marque con una cruz (+) o aspa (x) dentro del recuadro del SI o del NO”, escrito en negro sobre una franja color gris de 19.3 cm x 1.6 cm. 1.1.3. Cuerpo de la cédula: Consta de una a cua- tro filas de pregunta al elector sobre la autoridad en consulta, cuyas medidas abarcan desde 19.3 cm x 4.7 cm hasta 19.3 cm . x 22.1 cm . impresas en color gris con una trama diagonal de color blanco formada por las siglas “JNE RENIEC ONPE” repetidas de mane- ra uniforme sobre el área de la fila. Cada una de estas filas presenta 4 secciones claramente diferen- ciadas: 1.1.3.1. Numeración de la consulta: Enumera corre- lativamente cada una de estas filas. Sobreimpreso en color gris. 1.1.3.2. Pregunta: Detalla el nombre de la autoridad en consulta (regidor/a) y a continuación pregunta si debe dejar el cargo que ocupa. Sobreimpreso en color negro. 1.1.3.3. Primera opción de respuesta: Recuadro so- breimpreso en fondo color verde con el texto “SI” en color blanco. 1.1.3.4. Segunda opción de respuesta: Recuadro so- breimpreso en fondo color azul con el texto “NO” en color blanco. 1.1.4. Pie de página: Franja horizontal de 19.3 x 1.8 cm. de color gris medio con una trama diagonal de color blanco, formada por las siglas “ONPE JNE RENIEC” repetidas de manera uniforme sobre toda el área de la franja. II. REVERSO : En el encabezado va el texto: "CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES - AÑO 2001 ORGANISMOS ELECTORALES JNE – ONPE – RENIEC". El Escudo Nacional de color ne- gro, de 2 cm . x 2 cm., va centrado debajo del encabe- zado. Se ha consignado el Título: “CEDULA DE SUFRA- GIO” en color negro, centrado debajo del escudo, y precisando las indicaciones para los miembros de mesa: "Firma obligatoria del Presidente de la Mesa y opcional para los personeros que se encuentren presentes en el Acto de Instalación”. Se cuenta también con el espacio correspondientes a la firma del presidente de la mesa y de los personeros: “FIRMA PRESIDENTE DE MESA”, ”FIRMA PERSO- NERO DEL PROMOTOR”, “FIRMA PERSONERO POR AUTORIDAD”. El tamaño del formato oscila entre los 20.5 x 13.5 cm. y 20.5 x 23.7 cm., tiene un marco blanco de 8 mm. Y al centro un recuadro de color gris claro con una trama de color blanco, la cual consiste en las siglas “ONPE JNE RENIEC” repetidas de manera uniforme sobre toda el área del recuadro. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO TUESTA SOLDEVILLA Jefe