Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2001 (13/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 13 de noviembre de 2001

Educacion ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a partir de la fecha de la presente Resolucion a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Educacion ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 34370

Aprueban la Directiva "Identificacion de los Centros Educativos con infraestructura en situacion de alto riesgo"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 512-2001-ED MORDAZA, 12 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, son atribuciones del Ministerio de Educacion formular las normas de alcance nacional que regulen las actividades de educacion, cultura, deporte y recreacion, desarrollar politicas que promuevan la rehabilitacion y mantenimiento de los locales escolares publicos, asi como efectuar las coordinaciones que se requieran para el mejor funcionamiento del sistema educativo nacional; Que, a nivel nacional existen algunos Centros Educativos cuyas instalaciones se encontrarian en situacion de alto riesgo, siendo necesario identificarlos, a fin de poder adoptar las acciones que permitan salvaguardar la integridad fisica de los alumnos, profesores y personal administrativo que ocupan los mismos y garantizar la normal culminacion del ano escolar; Que, en consecuencia, es conveniente dictar las disposiciones administrativas que regulen lo expuesto en el considerando precedente, a traves de la aprobacion de una Directiva; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 23384, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva denominada "Identificacion de los Centros Educativos con infraestructura en situacion de alto riesgo", la misma que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion DIRECTIVA Nº 057-2001-ED Identificacion de los Centros Educativos con infraestructura en situacion de alto riesgo 1. FINALIDAD Adoptar acciones que permitan salvaguardar la integridad fisica de los alumnos, profesores y personal administrativo de los Centros Educativos a nivel nacional, cuyas instalaciones se encuentren en situacion de alto riesgo. 2. OBJETIVOS 2.1 Identificar los Centros Educativos cuyas instalaciones se encuentren en situacion de alto riesgo. 2.2 Analizar y determinar las acciones necesarias para garantizar la seguridad de los alumnos, profesores y personal administrativo de los Centros Educativos o de los ambientes de los mismos, cuya infraestructura MORDAZA sido declarada en alto riesgo. 3. BASE LEGAL 3.1 Ley Nº 23384 - Ley General de Educacion. 3.2 Decreto Ley Nº 25762 - Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por Ley Nº 26510. 3.3 Decreto Supremo Nº 51-95-ED - Organizacion Interna del Ministerio de Educacion. 3.4 Decreto Supremo Nº 002-96-ED - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion. 3.5 Decreto Supremo Nº 007-2001-ED - Normas para la Gestion y Desarrollo de las Actividades en los Centros y Programas Educativos. 3.6 Resolucion Ministerial Nº 114-2001-ED - Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de las Direc-

Fijan plazo para MORDAZA de solicitudes de diversos procedimientos relacionados con los Institutos de Educacion Superior Publicos y Privados de Formacion Tecnologica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 507-2001-ED MORDAZA, 8 de noviembre de 2001 Vistos, los antecedentes que se acompanan; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 3º, inciso a) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-96-ED, entre las atribuciones conferidas al Ministerio de Educacion, se encuentra la de elaborar las normas de alcance nacional que regulen las actividades educativas; Que, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el primer parrafo del Articulo 3º del Reglamento General de Institutos y Escuelas Superiores Publicos y Privados, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-94-ED, y en el Articulo 14º del Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Institutos y Escuelas Superiores Particulares, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-97-ED, la autorizacion de funcionamiento y de creacion, segun corresponda, es ejercida exclusivamente por el Ministerio de Educacion; Que, es necesario ordenar el ingreso de las solicitudes de creacion y de autorizacion de funcionamiento de los Institutos de Educacion Superior Publicos y Privados y de oferta o autorizacion de funcionamiento de Carreras, procedimientos contemplados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2001-ED; Con la opinion favorable de la Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica, mediante el Informe Nº 476-2001-UFP-DINESST, remitido con Memorandum Nº 979-2001-UFP-DINESST; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 23384, Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Fijar el periodo comprendido entre el 1 y el 31 de agosto de 2002 como plazo para la MORDAZA de las solicitudes de los procedimientos administrativos que se detallan a continuacion, relacionados con los Institutos de Educacion Superior Publicos y Privados de Formacion Tecnologica: - Autorizacion de Funcionamiento de Institutos de Educacion Superior Particulares (IES) y de Carreras (Primera etapa). - Creacion de un Instituto Superior Publico. - Autorizacion para la oferta de Carreras Profesionales No Universitarias para Instituto Superior o Escuela Publica. Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del 2 de noviembre de 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA J. MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 34372

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