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Pág. 210712 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de octubre de 2001 Autorizan pedidos de extradición al Gobierno de la República de Chile de procesado por delitos contra la tranqui- lidad y la administración pública RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 422-2001-JUS Lima, 2 de octubre de 2001 Visto el Informe Nº 018-2001-CEA de fecha 24 de setiembre de 2001, de la Comisión encargada del estudio de solicitudes de extradiciones activas, sobre el pedido de extradición del procesado EDGARDO DANIEL BORO- BIO GUEDE, formulado por el Tercer Juzgado Penal Especial de Lima; CONSIDERANDO: Que por Resolución de fecha 6 de setiembre de 2001, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición del procesado EDGARDO DANIEL BO- ROBIO GUEDE, por los delitos contra la tranquilidad pública -asociación para delinquir-, y contra la adminis- tración pública -tráfico de influencias-, en agravio del Estado Peruano; Que mediante el Informe Nº 018-2001-CEA de fecha 24 de setiembre de 2001, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propo- ne acceder al pedido de extradición del referido procesa- do; Estando a lo dispuesto por el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los Artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del Artículo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aproba- do por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición suscrito en 1932, entre la República del Perú y la República de Chile y la Convención Interame- ricana contra la Corrupción de 1996; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar resoluciones, conferida en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pedido de extradición, al Gobierno de la República de Chile, del procesado ED- GARDO DANIEL BOROBIO GUEDE, por los delitos contra la tranquilidad pública -asociación para delin- quir-, y contra la administración pública -tráfico de influencias-, en agravio del Estado Peruano. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 32031 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 423-2001-JUS Lima, 2 de octubre de 2001 Visto el Informe Nº 019-2001-CEA de fecha 24 de setiembre de 2001, de la Comisión encargada del estudio de solicitudes de extradiciones activas, sobre el pedido de extradición del procesado EDGARDO DANIEL BORO-BIO GUEDE, formulado por el Tercer Juzgado Penal Especial de Lima; CONSIDERANDO: Que por Resolución de fecha 31 de agosto de 2001, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extra- dición del procesado EDGARDO DANIEL BOROBIO GUEDE, por el delito contra la administración pública - peculado-; en agravio del Estado Peruano; Que mediante el Informe Nº 019-2001-CEA de fecha 24 de setiembre de 2001, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propo- ne acceder al pedido de extradición del referido procesa- do; Estando a lo dispuesto por el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los Artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del Artículo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aproba- do por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición suscrito en 1932, entre la República del Perú y la República de Chile y la Convención Interame- ricana contra la Corrupción de 1996; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar resoluciones, conferida en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pedido de extradición, al Gobierno de la República de Chile, del procesado ED- GARDO DANIEL BOROBIO GUEDE, por el delito con- tra la administración pública -peculado-, en agravio del Estado Peruano. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 32032 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 424-2001-JUS Lima, 2 de octubre de 2001 Visto el Informe Nº 020-2001-CEA de fecha 24 de setiembre de 2001, de la Comisión encargada del estudio de solicitudes de extradiciones activas, sobre el pedido de extradición del procesado EDGARDO DANIEL BORO- BIO GUEDE, formulado por el Primer Juzgado Penal Especial de Lima; CONSIDERANDO: Que por Resolución de fecha 6 de setiembre de 2001, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, declaró procedente la solicitud de extradición del procesado EDGARDO DANIEL BO- ROBIO GUEDE, por los delitos contra la administración pública -peculado y peculado de uso-, y contra la tranqui- lidad pública -asociación para delinquir-, en agravio del Estado Peruano; Que mediante el Informe Nº 020-2001-CEA de fecha 24 de setiembre de 2001, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propo- ne acceder al pedido de extradición del referido procesa- do; Estando a lo dispuesto por el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los Artículos 37º y 38º de la Ley