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Pág. 210713 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de octubre de 2001 Nº 24710, el inciso 5) del Artículo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aproba- do por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el Tratado de Extradición suscrito en 1932, entre la República del Perú y la República de Chile y la Convención Interame- ricana contra la Corrupción de 1996; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar resoluciones, conferida en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el pedido de extradición, al Gobierno de la República de Chile, del procesado ED- GARDO DANIEL BOROBIO GUEDE, por los delitos contra la administración pública -peculado y peculado de uso-, y contra la tranquilidad pública -asociación para delinquir-, en agravio del Estado Peruano. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia DIEGO GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 32033 PESQUERÍA Aprueban ejecución de la actividad "Evaluación Técnica de la Actividad Extractiva y Organización de los Pes- cadores Artesanales de la parte media y baja del Río Jequetepeque y reservo- rio Gallito Ciego" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 326-2001-PE Lima, 28 de setiembre del 2001 CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que es finalidad del Ministerio de Pesquería promover el desarrollo soste- nido de la actividad pesquera como fuente de alimen- tación, empleo e ingresos y de asegurar el aprovecha- miento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos señalando en su Artículo 32º que el Estado propicia el desarrollo de la actividad pesquera artesanal, así como la transfe- rencia de tecnología y la capacitación de los prescado- res artesanales; Que la Resolución Ministerial Nº 256-99-PE del 1 de setiembre de 1999, aprobó el Plan Estratégico para el Desarrollo de la Pesquería para el período de 1999-2004, dentro de cuyos objetivos se enmarca el desarrollo de la actividad de pesca artesanal, elevar su productividad, mediante la tecnificación y la capacitación de los recur- sos humanos; En concordancia a lo establecido en el Decreto Legis- lativo Nº 909 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2001, Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado, Ley Nº 27427 - Ley de Racio- nalidad y Límites en el Gasto Público para el Año Fiscal 2001, y el Artículo 7º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control;Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Pesca Artesanal y con las visaciones de las Oficinas Generales de Asesoría Jurídica, de Planificación y Pre- supuesto y de Administración; Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar en el marco de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Pesquería y el Consejo Transitorio de Administración Regional del de- partamento de Cajamarca, la ejecución de la actividad "Evaluación Técnica de la Actividad Extractiva y Orga- nización de los Pescadores Artesanales de la parte media y baja del Río Jequetepeque y reservorio Gallito Ciego", por un monto total ascendente a SEIS MIL QUINIEN- TOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6,500.00), a ejecu- tarse bajo la modalidad de encargo por la Dirección Regional de Pesquería Cajamarca, el cual será asumido por el Ministerio de Pesquería. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Pesque- ría, para que en representación del Ministerio de Pes- quería, suscriba el Convenio de Cooperación Interinsti- tucional para la ejecución de la actividad que se aprueba en el artículo precedente, cuyo detalle se indica en los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Pesca Artesa- nal y las Oficinas Generales de Administración y de Planificación y Presupuesto, quedan facultadas a adop- tar las acciones dentro de su competencia, para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la actividad que se aprueban en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción. Artículo 4º.- El egreso que demande el cumplimien- to de la presente Resolución, se afectará al Pliego 018: Ministerio de Pesquería, Función 12: Pesca, Programa 044: Promoción de la Producción Pesquera, Subprogra- ma 0117: Fomento de la Pesca, Actividad 1,00345: Nor- mar, Promover y Desarrollar la Actividad Pesquera, Componente 3.1318: Transferencia de Tecnología y Ca- pacitación, Meta 00001:00323 Capacitación y Trans- ferencia Tecnológica a los Recursos Humanos del Sector Pesquero Artesanal, Fuente de Financiamiento: Recur- sos Directamente Recaudados, Ejercicio Fiscal 2001: hasta por un monto de Seis Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 6,500.00). Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REATEGUI ROSSELLO Ministro de Pesquería 31916 Autorizan ejecución de actividades de pesca exploratoria del recurso merlu- za, con la participación de embarca- ciones arrastreras RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 328-2001-PE Lima, 2 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que el Artículo 13º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establece que la investigación pesquera está orientada a obtener y proporcionar permanentemente las bases científicas que susten- tan el desarrollo integral y armónico del proceso pesquero; Que mediante Resolución Ministerial Nº 307-2001- PE del 6 de setiembre del 2001, se estableció a partir del 11 de setiembre del 2001, la veda reproductiva del recurso merluza ( Merluccius gayi peruanus ) y se sus- pendieron las actividades de extracción y procesamiento de dicho recurso a nivel litoral; Que el Instituto del Mar del Perú - IMARPE ha venido evaluando el proceso reproductivo mediante los muestreos de la pesca artesanal y especialmente duran-