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Pág. 210723 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de octubre de 2001 Artículo Tercero.- DISPONER la reasignación de la doctora PATRICIA MIRANDA GAMARRA, Juez Provi- sional de la Corte Superior de Justicia de Lima, como segundo magistrado integrante de la Unidad de Investi- gaciones de la Comisión Distrital de Control de la Magis- tratura de la Oficina Distrital de Control de la Magistra- tura, a partir del 3 de octubre del 2001. Artículo Cuarto.- ESTABLECER la actual conformación del Equipo Especial de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura: EQUIPO ESPECIAL - OFICINA DISTRITAL DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA Presidente :Dra. Clara Felícitas Córdova Rivera (Vocal Titular) . Integrantes :Dra. Irene Sofía Huerta Herrera (Vocal Provis.) Especialidad Civil y Laboral. Dra. Cecilia Polack Baluarte (Vocal Provisional) Especialidad Penal. Dr. Uriel Estrada Pezo (Juez Provis.) Oficina de Magistrado Paz Letrado. Artículo Quinto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Supervisión de Personal, Fiscalía de la Nación, Oficina de Administra- ción Distrital, y de los magistrados para los fines perti- nentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. SERGIO R. SALAS VILLALOBOS Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 31987 CONTRALORÍA GENERAL Autorizan a procurador iniciar accio- nes contra presuntos responsables de la comisión de delitos de corrupción de funcionarios e incumplimiento de deberes en agravio del CTAR Junín RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA GENERAL Nº 161-2001-CG Lima, 2 de octubre de 2001 VISTOS, el Informe Especial Nº 03-NASC, resul- tante de la Auditoría Financiera Operativa corres- pondiente al período comprendido desde el 1 de enero al 31 de diciembre del 2000, practicada al CTAR-JUNIN por la Sociedad de Auditoría Núñez & Asociados Socie- dad Civil designada mediante Resolución de Subcontra- lor Nº 019-2001-CG de 24 de marzo del 2001; y, CONSIDERANDO: Que, en el examen practicado por la Sociedad de Auditoría Núñez & Asociados Sociedad Civil en el Con- sejo Transitorio de Administración Regional de Junín - CTAR JUNIN, por encargo de la Contraloría General, se ha determinado que en el otorgamiento de la buena pro en la Adjudicación Directa Publicable Nº 02-2000-CTAR JUNIN - Segunda Convocatoria, para la adquisición de combustible por S/. 185,993.00, se ha incurrido en una serie de irregularidades con el propósito de favorecer al postor Grifo San Gabriel; Que, en efecto, a pesar de que el referido postor no cumplió con presentar en el acto de apertura de sobres su declaración jurada de no estar impedido para contra- tar con el Estado e incluyó en su propuesta económica la posibilidad de variar los precios del combustible previo acuerdo entre las partes, aspecto no contempla-do en las Bases Administrativas, la Comisión de Adjudicación otorgó la buena pro al Grifo San Gabriel, la misma que fue publicada el 23.Feb.00, aún cuando en la apertura de sobres del día 21.Feb.00, en presencia de los observadores de la Gerencia Regional de Auditoría Interna y de la Oficina de Asesoría Jurídica, la citada comisión eliminó a dicho proveedor por los motivos mencionados; Que, con fecha 1.Mar.00, OSINERG al tomar conoci- miento de la publicación del otorgamiento de la buena pro, comunicó al CTAR JUNIN que el Grifo San Gabriel estaba impedido de comercializar combustibles al encon- trarse inhabilitado por la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas desde el año 1997; no obstante ello, la Comisión de Adjudicación con fecha 16.Mar.00 requirió nueva información a la Dirección Regional de Energía y Minas, con cuya respuesta confir- matoria de la inhabilitación, recepcionada en la misma fecha, dejó sin efecto el otorgamiento de la buena pro al Grifo San Gabriel, otorgándola al segundo del cuadro de evaluación de propuestas; Que, sin embargo, con fecha 29.Mar.00, los miembros de la Comisión de Adjudicación nuevamente se reunie- ron en dos oportunidades: La primera para declarar nula la Adjudicación Directa Publicable Nº 002- 2000-CTAR JUNIN, por cuanto según última información de OSI- NERG, todos los postores estaban inhabilitados para comercializar combustibles y, la segunda para confir- mar el otorgamiento de la buena pro al Grifo San Gabriel invocando que resultó ganador del proceso de selección llevado a cabo con fecha 21.Feb.00, suscribién- dose como consecuencia del mismo, el respectivo contrato cuya cláusula sexta reconoce la posibilidad del reajuste de precios; habiéndose evidenciado asimis- mo, que dicho proveedor ya venía efectuando entregas del combustible mucho antes de que se formalizara el referido contrato; Que, lo expuesto en los considerandos precedentes revela una intencionalidad manifiesta para favorecer a una empresa que, además de estar inhabilitada para comercializar combustibles, no cumplió con las estipula- ciones de las Bases Administrativas; por ende, existen indicios razonables de la comisión de los delitos de corrupción de funcionarios en la modalidad de Negocia- ción Incompatible con el cargo e Incumplimiento de Deberes, previstos y penados en los Artículos 397º y 377º del Código Penal; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 19º, literal f) de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162, en los casos que se compruebe la existencia de daño económico o indicios de la comisión de delito, es deber de la Contraloría General de la Repúbli- ca, disponer el inicio de las acciones judiciales respecti- vas. En tal sentido se hace necesario autorizar al Procu- rador Público de la Contraloría General de la República, para que de inicio a las acciones legales contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; y, De conformidad con el Artículo 19º, literal f) del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control, Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y Artículo 3º de la Resolución Legislativa de la Comisión Permanente del Congreso de la República Nº 010-2001-CR de fecha 28.Set.2001; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendi- dos en el Informe de Vistos, remitiéndole para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE GUZMÁN RODRÍGUEZ Subcontralor General Contralor General de la República (e) 31979