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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, jueves 4 de octubre de 2001 AÑO XIX - Nº 7774 Pág. 210763 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA CONMEMORACIÓN DE LOS 450 AÑOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS" ECONOMÍA Y FINANZAS Designan Miembro Especializado encargado de llevar adelante el proce- so de promoción de la inversión priva- da en obras de infraestructura vial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 467-2001-EF Lima, 1 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 444-2001-EF, se han constituido los Comités Especiales encargados de llevar adelante los procesos de promoción de la inversión privada, designándose a sus Miembros Permanentes y habiéndose dispuesto que la competencia de los Miem- bros Especializados será la que se le asigne mediante Resolución Suprema; Que, el Artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 444- 2001-EF señala que los procesos de promoción de la inversión privada regulados por el Decreto Legislativo Nº 674 y el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM continúan vigentes; Que, es necesario proceder a designar un Miembro Especializado que tendrá a su cargo los procesos de promoción de la inversión privada en los proyectos de obras de infraestructura vial que se encuentran vigen- tes, así como en aquellos que se le asignen mediante Resolución Suprema; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 674, Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, la Ley Nº 27111 y la Resolución Suprema Nº 393-2001-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como Miembro Especializado encargado de llevar adelante el proceso de promoción de la inversión privada en obras de infraestructura vial, al señor Orlando Olcese Bocanegra. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 32144EDUCACIÓN Autorizan a procurador iniciar proceso judicial para la desocupación de inmue- ble de propiedad del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 452-2001-ED Lima, 1 de octubre de 2001 Visto, el Oficio Nº 915-2001-PP/ED del Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, el Expediente Nº 33522- 2001 y demás documentación que se acompaña; CONSIDERANDO: Que, el Director de la Dirección Regional de Educa- ción de Ayacucho, solicita al señor Procurador Público encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación se interponga las acciones judiciales pertinen- tes contra doña ABAKUC SULCA GOMEZ; Que, según se advierte del Testimonio de Escritura Pública de Donación, inscrita a fojas 307 del Tomo 4 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ayacucho, el Ministerio de Educación es legítimo propietario del in- mueble ubicado en el Jr. Grau Nºs. 812 y 818, distrito de Ayacucho, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; Que, del expediente se aprecia que en la zona de colindancia de la esquina noreste del inmueble antes mencionado, doña ABAKUC SULCA GOMEZ ha cons- truido diversos ambientes de material noble dentro del citado predio, configurándose la invasión de 27.24 me- tros cuadrados de área del terreno de propiedad del Ministerio de Educación; Que, asimismo, se ha verificado que doña ABAKUC SULCA GOMEZ, con la finalidad de levantar las edifica- ciones antes mencionadas, previamente ha destruido parte del muro perimétrico que circunda el inmueble de propiedad estatal; Que, a través del Oficio del Visto y demás documen- tos que se acompañan, el Procurador Público encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, solicita se expida la Resolución Ministerial Autoritativa a fin de iniciar las acciones judiciales dirigidas a lograr la desocupación de la parte del inmueble a que se refiere el considerando precedente; Que, estando a los hechos expuestos, se considera necesario autorizar al Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, para que inicie las acciones judiciales en resguardo del interés público; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 51-95-ED y Artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR al Procurador Público del Estado encargado de los Asuntos Judiciales del Ministe-