Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2001 (04/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de octubre de 2001

proposito poner a las instituciones publicas al servicio de la ciudadania y restablecer la confianza de la sociedad en ellas; Que la reestructuracion policial es un aspecto fundamental de la reforma del Estado y tiene como proposito dignificar la funcion policial, mejorar los servicios que la institucion brinda y acercar a la Policia Nacional del Peru a la comunidad; Que esta tarea implica un MORDAZA progresivo de profundos cambios institucionales que deben iniciarse de inmediato y que deberan involucrar la activa participacion de los miembros de la institucion policial y de toda la colectividad, quienes deberan trabajar de manera conjunta, aportando ideas, sugerencias y recomendaciones para la elaboracion y ejecucion de politicas publicas al respecto; Que este MORDAZA entrana la modernizacion de diversos aspectos de la MORDAZA institucional, tales como el MORDAZA normativo, la doctrina y la organizacion policial; los procesos de seleccion, instruccion y salud y bienestar del personal, asi como la evaluacion del personal actualmente en funciones; los sistemas de participacion y control democratico; la gestion y administracion de recursos, incluyendo la reingenieria de los procesos y procedimientos policiales; y la identificacion de las necesidades financieras, humanas y materiales de la institucion, especialmente en lo que se refiere a equipos informaticos, de telecomunicaciones y de transporte y sus MORDAZA de financiacion interna y externa; Que para definir la agenda y el cronograma de la reestructuracion policial es preciso proceder a realizar un diagnostico de los aspectos mencionados, que permita identificar, de manera objetiva, las fortalezas y debilidades de la institucion, diagnostico que debera iniciarse de inmediato en dialogo permanente con los miembros de la institucion policial y la sociedad civil; Que el diseno de la agenda y el cronograma tendra que hacerse tomando en cuenta el Proyecto de Bases de la Reforma Policial aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2001/IN y el diagnostico que actualmente viene llevando a cabo el Comando Institucional, asi como la experiencia comparada en esta materia y la asesoria tecnica internacional que para estos efectos se pueda convocar; De conformidad a lo establecido en el Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley Organica del Ministerio del Interior, y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- CONSTITUIR una Comision Especial encargada de llevar a cabo el diagnostico institucional y definir la agenda y el cronograma del MORDAZA de reestructuracion policial, la que debera presentar un informe escrito al senor Presidente de la Republica dentro de los 90 dias siguientes a su instalacion. Articulo 2º.- NOMBRAR a las siguientes personas para integrar la mencionada Comision Especial. Senor Ministro del Interior, quien la presidira; Senor Viceministro del Interior; Senor General de Policia, Director General de la Policia Nacional del Peru; Senor General PNP MORDAZA Yepes Davalos; Senor General PNP MORDAZA MORDAZA Zavala; MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor del Despacho Ministerial; MORDAZA PNP MORDAZA MORDAZA Lizarraga, Asesor del Despacho Ministerial; Suboficial Brigadier MORDAZA MORDAZA Caceres; Doctor MORDAZA Avendano Valdez; Senor MORDAZA Basombrio Iglesias; Asesor del Despacho Ministerial; Senor MORDAZA Briceno Pomar; Asesor del Despacho Ministerial;

Senora MORDAZA MORDAZA Gutierrez; Senora MORDAZA Villaran De La Puente; y, Ingeniero MORDAZA Woodman Pollitt. Articulo 3º.- La Comision se instalara dentro de los 15 dias siguientes a la publicacion de la presente Resolucion Suprema. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Senor Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 32042

PESQUERIA
Prorrogan plazo para pago de multas impuestas, aplicando el beneficio de reduccion establecido mediante la R.M. Nº 304-2001-PE
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 330-2001-PE MORDAZA, 3 de octubre del 2001 CONSIDERANDO: Que por Decreto Supremo Nº 011-2000-PE, del 21 de diciembre de 2000, se dispuso que el Ministerio de Pesqueria, conforme a las disposiciones que se establezcan por Resolucion Ministerial podria aprobar facilidades para el pago y descuentos de multas por infracciones incurridas, incluyendo aquellas que esten en cobranza coactiva; Que tomando en consideracion las dificultades economicas y financieras para los agentes dedicados a la actividad pesquera generadas por las condiciones adversas derivadas de la presencia del Fenomeno El MORDAZA y la MORDAZA 1999-2000, asi como las alteraciones oceano-atmosfericas que afectaron la disponibilidad de los recursos hidrobiologicos, las cuales vienen siendo superadas paulatinamente, por Resolucion Ministerial Nº 304-2001PE, se establecieron las condiciones y requisitos que la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia debe requerir a los interesados para acogerse a los beneficios de pago de multas impuestas, que se presenten como consecuencia de lo dispuesto en el Decreto Supremo MORDAZA citado y que involucren infracciones en las cuales el dano causado no revierte mayor indice de gravedad; Que a traves del Articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 304-2001-PE, se establecio que dentro de los treinta (30) dias calendario siguientes a la fecha de publicacion de la citada Resolucion, las personas naturales o juridicas que deseen acogerse a la reduccion del 90% de su valor, deberan solicitar acogerse a tal beneficio ante la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia, para lo cual debian presentar, entre otros, la MORDAZA de pago de multa, con la aplicacion de la reduccion establecida; Que subsistiendo a la fecha las medidas mencionadas en el MORDAZA considerando de la presente resolucion, que motivaron la expedicion del mencionado Decreto Supremo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-2000-PE y en el literal a) del Articulo 147º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; Con la opinion favorable del Viceministro;

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