Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2001 (04/10/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

Pag. 210806

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 4 de octubre de 2001

Visto, el expediente Nº 538-2001 que contiene el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Nº 608-2001-JNE que declaro la vacancia del cargo de Regidora que desempenaba en el Concejo Distrital de El MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: 1º.- Que por resolucion de 26 de MORDAZA de 2000 la Sala Penal de Apelaciones de Procesos Sumarios de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA confirmo la sentencia que condena a MORDAZA MORDAZA MORDAZA a 2 anos de pena privativa de MORDAZA, suspendida por el mismo termino de la condena; 2º.- Que este supremo organo electoral esta obligado a acatar y dar cumplimiento a las decisiones, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances; bajo responsabilidad, conforme lo establece el Articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; por lo que, dando cumplimiento estricto a la resolucion judicial mencionada, respetando la autonomia e independencia del Poder Judicial, se expidio la Resolucion Nº 608-2001-JNE del 21 de agosto del 2001, mediante la cual se declaro la vacancia del cargo de Regidora del Concejo Distrital de El MORDAZA, que desempenaba MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por estar incursa en causal de vacancia al haber sido condenada por delito doloso; 3º.- Que de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 181º de la Constitucion Politica, las resoluciones que dicta el MORDAZA Nacional de Elecciones en materia electoral son irrevisables y no procede contra las mismas recurso alguno; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Nº 608-2001-JNE, que declara la vacancia de su cargo de Regidora en el Concejo Distrital de El MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA - MORDAZA PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 31991

MORDAZA Chancafe MORDAZA en el referido concejo, y solicitando se convoque al llamado por ley; y, CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo dispuesto por el numeral 10) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es atribucion de los concejos municipales declarar la vacancia de los cargos de MORDAZA o de Regidor, por las causales establecidas en los Articulos 23º, 26º, 38º y 88º, de la ley acotada siguiendo las formalidades previstas en el Articulo 27º de la misma; Que se advierte en las copias autenticadas del acta de sesion de fecha 31 de MORDAZA del 2001, de fojas 29 a 35, que el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA con la mayoria legal de sus miembros habria declarado la vacancia del cargo de Regidor del senor MORDAZA MORDAZA Chancafe MORDAZA, al MORDAZA de lo previsto en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, sobre ausencia injustificada a sesiones de concejo; Que sin embargo, la MORDAZA autenticada de la referida acta, solo aparece suscrita por el MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y por el senor MORDAZA Urcia MORDAZA, Regidor del Concejo; asimismo el Acuerdo Nº 04-2001A/MDSR, de 7 de agosto del 2001, de fojas 126 que formaliza la vacancia, solo ha sido suscrito por el MORDAZA, incurriendo en causal de nulidad; Que por otro lado a fin de acreditar la causal de vacancia, se ha presentado copias certificadas de las actas de las sesiones de concejo de fechas 13 de enero, 10 de febrero, 22 de marzo, 30 de MORDAZA, 21 de MORDAZA, 31 de MORDAZA y 11 de junio del 2001, de fojas 38 a 73; sin embargo dichos documentos acreditan que el Regidor vacado no asistio a las sesiones mencionadas, y no, que las inconcurrencias hayan sido injustificadas; Que no se ha probado en forma alguna, que las sesiones de concejo hayan sido debidamente notificadas al senor MORDAZA MORDAZA Chancafe MORDAZA, pues solo se ha acompanado copias de citaciones de fojas 39, 42, 45, 48, 51, 56, 60 y 65, sin las firmas de recepcion correspondientes; Que el Articulo 43º de la Ley Organica de Municipalidades, expresa que las convocatorias a sesiones de concejo son notificadas por escrito a los interesados y publicadas en lugar visible del local municipal, sin perjuicio de hacer uso de cualquier otro medio de publicidad que se considere idoneo; presupuesto juridico que no se ha cumplido; Que el Pleno de MORDAZA Nacional de Elecciones, en jurisprudencia reiterada ha declarado, que en caso que no sea posible notificar en forma personal las citaciones a sesiones de concejo, es de aplicacion supletoria el procedimiento previsto en los Articulos 163º, 164º y 165º del Codigo Procesal Civil; que en el presente caso no se ha observado; por lo que: Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado y la ley, el Pleno del MORDAZA Nacional del Elecciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundada la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado en el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del referido Concejo; y nulos e insubsistentes el acuerdo de 31 de MORDAZA del 2001 y Acuerdo Nº 04-2001A/MDSR de 7 de agosto del 2001 que declaran la vacancia del cargo de Regidor del senor MORDAZA MORDAZA Chancafe MORDAZA, por no haber sido suscritos con arreglo a ley. Articulo Segundo.- Declarar que el senor MORDAZA MORDAZA Chancafe MORDAZA, continua en el ejercicio del cargo de Regidor en el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Chiclayo en el periodo 1999 al 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias, para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese comuniquese y publiquese.

Declaran que regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Chiclayo, continua en ejercicio del cargo
RESOLUCION Nº 700-2001-JNE MORDAZA, 2 de octubre de 2001 Exp. Nº 948-2001 MORDAZA MORDAZA VISTOS: Los Oficios Nºs. 174 A/MDSR-2001 y 217-2001 A/ MDSR, presentados el 9 de agosto y 20 de septiembre del 2001, por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, informando la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor del senor MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.