Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2001 (04/10/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 4 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 210803

organos jurisdiccionales que se indican a continuacion, en la forma siguiente: a. Reubicar el Primero, MORDAZA y Tercer Juzgados de Paz Letrados del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, con sus cargas procesales actuales. b. Convertir el Juzgado de Familia como Juzgado Mixto, asumiendo la carga procesal del Juzgado Civil. Articulo Tercero.- La competencia territorial de los organos jurisdiccionales que funcionen en el Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA del Triunfo comprendera el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, provincia y departamento de Lima. Articulo Cuarto.- Los Juzgados de Paz Letrados del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA del Triunfo tendran como instancia de apelacion al Juzgado especializado en lo Penal y al Juzgado Mixto, segun corresponda, del mismo Modulo Basico de Justicia. Articulo Quinto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para disponer del Primer y MORDAZA Juzgado Penal y del Juzgado Civil del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, de acuerdo a las necesidades de su Distrito Judicial, asi como para desarrollar las acciones jurisdiccionales y administrativas que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion, en coordinacion con la Gerencia General del Poder Judicial y con el Programa de "Mejoramiento del Acceso a la Justicia". Articulo Sexto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial para que disponga las acciones administrativas y tecnicas que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Setimo.- Quedan sin efecto todas las disposiciones administrativas que se opongan a esta Resolucion Administrativa. Articulo Octavo.- Poner en conocimiento esta Resolucion al Ministerio Publico, Ministerio de Justicia, Defensoria del Pueblo, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y del Programa de "Mejoramiento del Acceso a la Justicia". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 32083 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 140-2001-CE-PJ MORDAZA, 28 de setiembre del 2001 VISTO: El Oficio Nº 1140-2001-GG/PJ, de fecha 26 de setiembre del 2001 de la Gerencia General del Poder Judicial y demas antecedentes, mediante el cual se eleva la documentacion correspondiente al Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho, comprension del Distrito Judicial de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 82º de la Ley Organica del Poder Judicial, modificada por Ley Nº 27465, dispone que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear, suprimir y reubicar juzgados; asi como adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que

las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; Que, conforme al Articulo 47º de la Ley Organica del Poder Judicial, los juzgados especializados o mixtos pueden tener competencia distinta a la provincial cuando asi lo disponga la ley o el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 1137CME-PJ de fecha 20 de MORDAZA del 2000, se creo el Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho, constituido por tres Juzgados Penales, un Juzgado Civil y un Juzgado de Familia, con competencia territorial sobre el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, los Modulos Basicos de Justicia corresponden a una nueva organizacion, con empleo de modernas tecnicas de gestion y de administracion, cuyos objetivos son mejorar la cobertura del sistema de administracion de justicia, aumentar el ratio de juez por habitante y fortalecer los primeros niveles de la administracion de justicia; lo que conlleva la necesidad de monitorear y evaluar continuamente su funcionamiento, la carga procesal de sus organos jurisdiccionales, su ambito de competencia, y otros temas de indole jurisdiccional y administrativo, a fin que su funcionamiento sea del modo mas optimo posible; Que, actualmente en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho existen cinco Juzgados de Paz Letrados, los mismos que ademas de operar sin modernas tecnicas de gestion y administracion, se encuentran distantes del respectivo Modulo Basico de Justicia; situacion que no se condice con un adecuado servicio de administracion de justicia ni con el mencionado objetivo de fortalecer los primeros niveles de la administracion de justicia; resultando por ello conveniente integrar a dicho Modulo Basico la justicia de paz letrada y disponer otras medidas conducentes a su mejor funcionamiento; Que, estando al Diseno Personalizado del Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho y su respectivo informe de actualizacion, que propone su nueva organizacion, competencia territorial y personal, es procedente aprobar la nueva conformacion del referido Modulo Basico de Justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica del Poder Judicial, y estando a lo acordado; RESUELVE: Articulo Primero.- Reconformar el Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho, el mismo que estara constituido por los siguientes organos jurisdiccionales: - Un (1) Juzgado Penal. - Un (1) Juzgado Mixto. - Tres (3) Juzgados de Paz Letrados. El Juzgado Penal conocera las materias correspondientes a su naturaleza. En lo relacionado a los procesos con reos en carcel, estos seran remitidos, previa calificacion, a los juzgados especializados correspondientes de la sede de la Corte Superior de Justicia de Lima. El Juzgado Mixto conocera las materias Civil, Laboral y Familia. En los procesos de familia de infracciones penales, los adolescentes infractores calificados con medida de internacion y los respectivos procesos seran remitidos a los juzgados especializados correspondientes de la sede de la Corte Superior de Justicia de Lima; conociendo solo aquellas causas que impliquen las demas medidas de proteccion que contempla la Ley de la materia. Articulo Segundo.- Reubicar y convertir en el Modulo Basico de Justicia de San MORDAZA de Lurigancho, los organos jurisdiccionales que se indican a continuacion, en la forma siguiente:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.