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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (05/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 210862 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de octubre de 2001 Barranca y departamento de Lima, debidamente inscri- to en el Asiento C00001 de la Partida Electrónica 08029204 del Registro de la Propiedad Inmueble de Barranca, a favor de la Municipalidad Distrital de Puer- to Supe, para que lo destine al funcionamiento del local municipal. Artículo 2º.- La presente afectación en uso queda sujeta a lo dispuesto por los Artículos 72º y 74º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Artículo 3º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi- cos, por el mérito de la presente Resolución de Superinten- dencia de Bienes Nacionales, inscribirá la afectación en uso en el Registro de la Propiedad Inmueble de Barran- ca. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 32127 RESOLUCIÓN Nº 265-2001/SBN La Molina, 18 de julio del 2001 Visto el Expediente Nº 04433-98, se sustenta la afecta- ción en uso del inmueble de 42 487,05 m2, que formó parte del lote Nº 4 del Fundo "San Juanito", ubicado en el valle y provincia de Pisco del departamento de Ica, a favor de la sociedad de Beneficencia Pública de Pisco, para que lo destine a la construcción del Cementerio General Nº 02; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales es propietaria del inmueble de 42 487,05 m2, que formó parte del lote Nº 4 del Fundo "San Juanito", ubicado en el valle y provincia de Pisco del departamento de Ica, el mismo que se encuentra debidamente inscrito en el Asiento 05 de la Ficha Nº 003286-010205 del Registro de la Propiedad Inmueble de Pisco y registrado en el Asien- to Nº 147 del Margesí Nacional de Bienes Inmuebles correspondiente al departamento de Ica; Que, con Oficios Nºs. 042-99-SBPP/P y 014-2001/SBPP- P, de fechas 15 de setiembre de 1999 y 23 de abril del 2001, respectivamente, la Sociedad de Beneficencia Pública de Pisco, solicita la transferencia intersectorial del inmueble descrito en el considerando precedente, para destinarlo a la construcción del Cementerio General Nº 02; Que, mediante Informe Nº 163-2000/SBN-DAT de fecha 15 de mayo del 2000, la Dirección de Apoyo Técnico de la Superintendencia de Bienes Nacionales, manifiesta que el inmueble submateria, se encuentra parcialmente cercado (en sus linderos norte y oeste) con un muro de ladrillos amarrados con columnas y que en su interior, se observaron edificaciones en estado de deterioro; Que, la afectación en uso se otorga exclusivamente para el fin que se solicita, pudiendo el Estado ponerle término si deja de ser aplicado al fin para el que se otorgó, así como si transcurridos dos años desde la fecha de la afectación no se hubiere destinado al fin correspon- diente, sin quedar obligado al pago de mejoras ni de indemnización alguna por las obras ejecutadas; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobilia- ria fiscal, se aprueban mediante Resolución de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales a favor de las reparticio- nes del Estado para el funcionamiento de sus dependen- cias, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, Regla- mento de Administración de la Propiedad Fiscal, concor- dado con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071- 2001; por lo que en el presente caso corresponde aprobar la afectación en uso; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071- 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso a favor de la Sociedad de Beneficencia Pública de Pisco, del inmueble de propie-dad de la Superintendencia de Bienes Nacionales de 42 487,05 m2, que formó parte del Lote Nº 4 del Fundo "San Juanito", ubicado en el valle y provincia de Pisco del departamento de Ica, inscrito en la Ficha Nº 003286- 010205 del Registro de la Propiedad Inmueble de Pisco. Artículo 2º.- La Oficina Registral Regional "Los Libertadores Wari" de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, inscribirá en el Registro de la Propiedad Inmueble de Pisco, la afectación en uso del inmueble a que se refiere el artículo precedente. Regístrese y comuníquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 32128 Aprueban transferencia de diversos inmuebles a favor de los Ministerios de Salud, Defensa, Agricultura e Interior RESOLUCIÓN Nº 224-2001/SBN La Molina, 11 de julio del 2001 Visto el Expediente Nº 04027-98, mediante el cual el Ministerio de Agricultura solicita la aprobación de la transferencia patrimonial intersectorial del inmueble de su propiedad de 9 Ha. 6 000,00 m2, ubicado en el distrito, provincia y departamento de Tacna, a favor del Ministerio de Salud - Dirección Regional de Salud Tac- na; y, CONSIDERANDO: Que, la Dirección Subregional de Agricultura Tacna es propietaria del inmueble de 9 Ha. 6 000,00 m2, ubicado en las Pampas de La Yarada, distrito, provincia y departa- mento de Tacna, inscrito a su favor en la Ficha Nº 20828 del Registro de la Propiedad Inmueble de Tacna y regis- trado en el Asiento Nº 283 del Margesí Nacional de Bienes Inmuebles correspondiente al departamento de Tacna; Que, la Dirección Regional de Salud Tacna, mediante Oficio Nº 164-95-SRST solicitó a la Dirección Subregio- nal de Agricultura Tacna la transferencia del inmueble antes descrito para la construcción de un Complejo de Salud, habiéndose ratificado tal solicitud por la Secreta- ría General del Ministerio de Salud mediante Oficio Nº SA-SG-733-2000; Que, mediante Oficio Nº 1025/98-AG-SEGMA, de fecha 8 de junio de 1998, la Secretaría General del Ministerio de Agricultura manifiesta su aprobación di- cha transferencia; Que, la Dirección de Apoyo Técnico de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales, mediante Informe Nº 233- 2000/SBN-DAT ha constatado que el predio antes des- crito se encuentra fuera de la zona de expansión urbana y está ocupado por el Centro de Salud 28 de Agosto - La Yarada en un área aproximada de 400,00 m2, con una edificación de material noble de un solo nivel que cuenta con consultorios de atención médica ambulatoria y de emergencia; Que, conforme a lo estipulado por el Artículo 88º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC, "Reglamento de Admi- nistración de la Propiedad Fiscal", las transferencias patrimoniales intersectoriales y/o las que se realizan del Gobierno Central a los organismos públicos descentrali- zados o viceversa, se sustentarán con la intervención de la Dirección General de Bienes Nacionales, hoy Superin- tendencia de Bienes Nacionales y se aprobarán por Resolución de la Superintendencia de Bienes Naciona- les, de conformidad con lo establecido en el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556 modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071-2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia del inmueble de 9 Ha. 6 000,00 m2, de propiedad de la Dirección