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Pág. 210852 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de octubre de 2001 da lista, corresponde convocar a doña Nola Magnolia Reyna Huamán, de la Lista "Unidos Bongará"; Al amparo de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado y la ley, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a las ciudadanas Jus- tina Zabarburu Urbina y Nola Magnolia Reyna Huamán, para que asuman los cargos de Regidor en el Concejo Distrital de Churuja, en reemplazo de los señores Robert Alejandro Trauco Valdivia y Diodoro Ordóñez Llaja. Artículo Segundo.- Otorgar las credenciales respec- tivas a las Regidoras convocadas, quienes deberán jurar y asumir los cargos, para cumplir funciones en el período municipal 1999 - 2002. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías necesarias para el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 32051 Declaran nulo Acuerdo del Concejo Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald, en la parte referida a la vacancia de regidor RESOLUCIÓN Nº 706-2001-JNE Lima, 2 de octubre de 2001 Visto, el Expediente Nº 947-2001, iniciado mediante escrito remitido por Daniel Marino Gonzáles Blanco, Alcalde del Concejo Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald, departamento de Ancash , comunican- do la declaratoria de vacancia del cargo de Regidor de Eugenio Sandoval Pantoja; CONSIDERANDO: 1º.- Que el Concejo Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald en sesión del 19 de julio del 2001, con el voto aprobatorio de 5 miembros, acordó declarar la vacancia del cargo de Regidor de Eugenio Sandoval Pantoja, atribuyéndole estar incurso en la causal de vacancia de inasistencia injustificada a tres sesiones ordinarias de Concejo, prevista en el numeral 5) del Artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, conforme aparece de la copia del acta que obra a fojas 8 y 9; 2º.- Que en autos no se ha acreditado que el referido Concejo haya cumplido con notificar a Eusebio Sandoval Pantoja con las firmas de recepción o el uso de cualquier otro medio eficaz que permite el Código Procesal Civil, que acrediten que tuvo conocimiento de la convocatoria a cada una de las sesiones de concejo, debiendo mediar, entre la convocatoria y la sesión cuando menos 2 días hábiles; tampoco que haya cumplido con notificar al Regidor en mención el acuerdo de concejo que declaró la vacancia de su cargo en dicho Municipio; 3º.- Que dichas sesiones no fueron convocadas con las formalidades ni dentro de los términos que establece la ley; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar nulo el acuerdo de sesión del 19 de julio de 2001 del Concejo Provincial de Carlos Fermín Fitzcarrald, departamento de Ancash, en la parte que declara la vacancia del Regidor Eugenio Sandoval Pantoja; por lo que, continúa desempeñando elcargo de Regidor en el citado Concejo, elegido para el período de gobierno municipal 1999 - 2002. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y po- liciales prestarán las garantías para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 32052 MINISTERIO PÚBLICO Incorporan diversos procedimientos en el Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos del Ministerio Público, relativos a expedientes de solicitantes de prestaciones del D.L. Nº 20530 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1002-2001-MP-FN Lima, 4 de octubre de 2001 VISTO: El Oficio Nº 886-2001-MP-FN-GG relacionado con la incorporación de nuevos procedimientos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio Público para el 2001; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 326-2001-MP-FN de fecha 25 de mayo del 2001, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos del Ministerio Público - TUPA; Que, conforme al Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 051-2001-PCM "Aprueban procedimiento para deter- minar documentación que deben contener los expedien- tes de solicitantes de prestaciones del D.L. Nº 20530 que deben ser remitidas a la ONP", establece que todas las entidades públicas del Estado deberán incorporar en su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) el procedimiento aprobado; Que, es necesario incorporar en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) los procedimien- tos propuestos por la Gerencia Central de Personal a fin de facilitar y agilizar el trámite de los expedientes presen- tados por el personal comprendido en el D.L. Nº 20530; Estando a lo propuesto por la Gerencia Central de Personal y contando con la visación de la Gerencia Central de Recursos Económicos, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 "Ley Orgánica del Ministerio Público"; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Incorporar nueve (9) procedimien- tos en el Texto Único de Procedimientos Administrati- vos del Ministerio Público (TUPA-2001), relacionados con los expedientes administrativos de los solicitantes de prestaciones del Decreto Ley Nº 20530 y que deberán ser remitidos a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) según anexo adjunto, los mismos que forman parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación