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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2001 (05/10/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 41

Pág. 210867 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de octubre de 2001 De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071- 2001; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso el terreno de 4 147,50 m², ubicado con frente a la calle 36, lote 15 de la manzana "K" de la urbanización "El Trébol", Tercera Etapa, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Nº 306316 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima a favor de la Municipali- dad Distrital de Los Olivos, para que lo destine a la instalación de una Estación de Bomberos, un local para seguridad ciudadana, una sala de usos múltiples, guardería infantil, oficinas administrativas y áreas de recreación pública. Artículo 2º.- La presente afectación en uso queda sujeta a lo dispuesto por los Artículos 72º y 74º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Artículo 3º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públi- cos, por el mérito de la presente Resolución, inscribirá la afectación en uso en el Registro de la Propiedad Inmue- ble de Lima. Regístrese y comuníquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 32135 RESOLUCIÓN Nº 268-2001/SBN La Molina, 18 de julio del 2001 Visto el Expediente Nº 000207-94, por el cual el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE solicita la afectación en uso, en vía de regularización, del inmueble de 6 388,30 m², ubicado en la avenida Almirante Miguel Grau s/n, "Barrio de Calvario", distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martín, para que sea destinado por el Proyecto Especial del Alto Mayo a la ejecución de acciones orientadas al desarrollo económico y social del "Valle del Alto Mayo"; CONSIDERANDO: Que, el terreno de 6 388,30 m², ubicado en la avenida Almirante Miguel Grau s/n, "Barrio de Calvario", distri- to y provincia de Moyobamba, departamento de San Martín, se encuentra inscrito a favor del Ministerio de la Presidencia - Superintendencia de Bienes Nacionales en el Asiento 4, Folio 003, Tomo 80, Partida CIV del Regis- tro de la Propiedad Inmueble de Moyobamba de la Oficina Registral Regional de la Región San Martín y registrado en el Asiento Predial Nº 224 del Margesí de Bienes Nacionales correspondiente al departamento de San Martín; Que, mediante Oficio Nº 1792-94-INADE-1101 de fecha 17 de agosto de 1994, complementado por Oficio Nº 0759-99-INADE-1101/GPSS de fecha 26 de marzo de 1999, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE soli- cita la afectación en uso del inmueble descrito en el considerando precedente, a fin de que el Proyecto Espe- cial Alto Mayo lo siga utilizando en la ejecución de acciones orientadas al desarrollo económico y social del "Valle del Alto Mayo"; Que, las afectaciones en uso se aprueban mediante Resolución de Superintendencia de Bienes Nacionales a favor de las Reparticiones del Estado, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-78-VC - Reglamento de Admi- nistración de la Propiedad Fiscal, concordado con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001; razón por la cual es atendible la solicitud del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Supremo Nº 025-78-VC y Decreto Ley Nº 25554 modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071-2001;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso, en vía de regulariza- ción, el terreno de 6 388,30 m², ubicado en la avenida Almirante Miguel Grau s/n, "Barrio de Calvario", distri- to y provincia de Moyobamba, departamento de San Martín, debidamente inscrito en el Asiento 4, Folio 003, Tomo 80, Partida CIV del Registro de la Propiedad Inmueble de Moyobamba, a favor del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, para que sea destinado por el Proyecto Especial de Alto Mayo a la ejecución de accio- nes orientadas al desarrollo económico y social del "Valle del Alto Mayo"; Artículo 2º.- La presente afectación en uso queda sujeta a lo dispuesto por los Artículos 72º y 74º del Decreto Supremo Nº 025-78-VC. Artículo 3º.- La Oficina Registral Regional de la Región San Martín de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, inscribirá la afectación en uso en el Registro de la Propiedad Inmueble de Moyobamba. Regístrese y comuníquese. AIDA AMEZAGA MENENDEZ Superintendente de Bienes Nacionales 32129 RESOLUCIÓN Nº 272-2001/SBN La Molina, 18 de julio del 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 119-96, de fecha 27 de diciembre del 1996, se autorizó a la Supe- rintendencia de Bienes Nacionales para que por excep- ción pueda adquirir en forma directa y sin el requisito de licitación pública, el inmueble de propiedad del Banco Agrario del Perú en liquidación, ubicado en el jirón Cooperativa Nºs. 220-224 y 228, distrito de Villa Rica, provincia de Oxapampa, departamento de Cerro de Pas- co, a efectos de asignarlo en uso a la Municipalidad Distrital de Villa Rica; Que, el inmueble descrito en el considerando prece- dente está inscrito en la Ficha Nº 5209 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Región Andrés Avelino Cáce- res y registrado en el Asiento Nº 23 del Margesí Nacional de Bienes Inmuebles, correspondiente al departamento de Cerro de Pasco; Que, mediante Informe Nº 051-98/SBN-DET, la Di- rección de Expropiaciones y Tasaciones de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales concluye indicando que en el predio funciona las oficinas administrativas de la Municipalidad Distrital de Villa Rica; Que, la afectación en uso se otorga exclusivamente para el fin que se solicita, pudiendo el Estado ponerle término si deja de ser aplicado al fin para el que se otorgó, así como si transcurridos dos años desde la fecha de la afectación no se hubiere destinado al fin correspon- diente, sin quedar obligado al pago de mejoras ni de indemnización alguna por las obras ejecutadas; Que, las afectaciones en uso de propiedad inmobilia- ria fiscal, se aprueban mediante Resolución de Superintendencia de Bienes Nacionales a favor de las reparticiones del Estado para el funcionamiento de sus dependencias, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 67º y siguientes del Decreto Supremo Nº 025-78- VC - Reglamento de Administración de la Propiedad Fiscal, concordado con el Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001; por lo que en el presente caso es procedente atender la correspondiente solicitud; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25554, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 071- 2001, el Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395 y Decreto Supremo Nº 025- 78-VC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Afectar en uso el predio de 400,00 m², ubicado en jirón Cooperativa Nºs. 220-224 y 228, distrito de Villa Rica, provincia de Oxapampa, departamento de