Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2001 (12/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12



Denominacion del Procedimiento

Requisitos

Calificacion (1) Derecho de pago Auto- Evaluacion Previa No matico Positivo Negativo regulado Dependencia donde se inicia el tramite Autoridad competente para el tramite Recursos Impugnativos Autoridad que resuelve el recurso impugnativo Base Legal

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a) Que no exista accion judicial pendiente contra el poseedor en que se discuta la propiedad iniciada MORDAZA de la vigencia de la Ley Nº 26878 (21.11.97). b) Que no exista vinculo contractual relativo a la posesion del predio matriz o parte de el, entre el poseedor y propietario original u otro poseedor que MORDAZA cedido la posesion en calidad de poseedor inmediato. c) El origen y la antiguedad de la posesion. d) El hecho de conocer o no al propietario anterior y su domicilio en su caso. 3. Padron de pobladores, con indicacion de las generales de ley de cada uno de los poseedores, asi como de los lotes que posee. 4. Resolucion de Reconocimiento emitida por autoridad municipalidad u otra competente, u otros documentos probatorios de la antiguedad de la posesion. 5. Otros documentos probatorios del ejercicio de la posesion continua, pacifica y publica como propietarios del predio matriz que ocupan, por un plazo no menor de diez (10) anos. 6. La solicitud o informacion presentada a COFOPRI tendra caracter de declaracion jurada. Gratuito X Unidad de Tramite Documentario (Mesa de Partes) Gerencia de Declaracion y Regularizacion de la Propiedad, Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada, segun corresponda. * Oposicion * Apelacion * Gerencia de Declaracion y Re gularizacion de la Propiedad. * Tribunal Administrativo de la Propiedad. * Articulos 33° y siguientes del Reglamento de Procedimientos Administrativos de Declaracion de Propiedad, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-99-MTC * Resolucion de Gerencia de Planeamiento y Operaciones Nº 098-99-COFOPRI/GPO. * Articulos 6º, 8º inciso a), 36º y 55º del Reglamento de Medios Impugnatorios, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2000-MTC.

Nº 032-99-MTC. * Resolucion de Gerencia de Planeamiento y Operaciones Nº 098-99-COFOPRI/GPO. * Articulos 6º, 8º inciso a), 36º y 55º del Reglamento de Medios Impugnatorios, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2000-MTC.

NORMAS LEGALES

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Declaracion Administrativa de Propiedad mediante Prescripcion Adquisitiva de Dominio de forma integral (predios matrices) de Urbanizaciones Populares.

1.Asuncion de competencia por COFOPRI en la MORDAZA geografica donde se encuentran las urbanizaciones populares, centros urbanos informales. 2. MORDAZA de la solicitud segun formato que contiene declaracion jurada que acredite el cumplimiento de lo siguiente: a) Que no exista accion judicial pendiente contra el poseedor en que se discuta la propiedad iniciada MORDAZA de la vigencia de la Ley Nº 26878 (21.11.97). b) Que no exista vinculo contractual relativo a la posesion del predio matriz entre el poseedor y propietario original u otro poseedor que le MORDAZA cedido la posesion en calidad de poseedor inmediato. c) El origen y la antiguedad de la posesion. d) El hecho de conocer o no al propietario anterior y su domicilio en su caso. 3. Acreditar con documento la personeria juridica de la organizacion representativa de la Urbanizacion Popular. 4. La Organizacion representativa de la Urbanizacion Popular se comprometera bajo declaracion jurada irrevocablemente frente a COFOPRI a suscribir contratos individuales de transferencia a favor de los poseedores que MORDAZA identificados por COFOPRI en las acciones de constatacion de vivencia. 5. Titulo y demas documentos que acrediten el plazo de posesion en el predio matriz, por un plazo no menor de diez (10) anos.

MORDAZA, miercoles 12 de setiembre de 2001

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