Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2001 (12/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 12 de setiembre de 2001

a) Organizar todos los procesos electorales, del referendum y de otros tipos de consulta popular. b) Disenar la cedula de sufragio, actas electorales formatos y todo otro material general, de manera que se asegure el respeto a la voluntad del ciudadano en la realizacion de los procesos a su cargo. c) Planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normatividad vigente. d) Establecer el numero, ubicacion y organizacion de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, de acuerdo a las circunscripciones que determine el MORDAZA Nacional de Elecciones. e) Preparar y distribuir a las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales el material necesario para el desarrollo de los procesos electorales. f) Brindar, desde el inicio del escrutinio, permanente informacion sobre el computo en las mesas de sufragio y Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. g) Dictar instrucciones y disposiciones necesarias para el cumplimiento del orden y la proteccion de la MORDAZA personal durante los comicios. h) Divulgar mediante los medios de publicidad que juzgue necesarios, los fines, procedimientos y formas del acto de la eleccion y de los procesos a su cargo en general. i) Garantizar al ciudadano el derecho al ejercicio del sufragio. j) Coordinar con el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la elaboracion de los padrones electorales. k) Recibir del MORDAZA Nacional de Elecciones los padrones electorales debidamente autorizados. l) Obtener los resultados de los procesos a su cargo y remitirlos a los Jurados Electorales Especiales. m) Recibir y remitir al MORDAZA Nacional de Elecciones, la solicitud de inscripcion de candidatos u opciones en procesos de ambito nacional, para la expedicion de credenciales, informando respecto al cumplimiento de los requisitos formales exigidos. n) Revisar, aprobar y controlar los gastos que efectuen las Oficinas Descentralizadas a su cargo, de acuerdo con los respectivos presupuestos. o) Disenar y ejecutar un programa de capacitacion operativa, dirigida a los miembros de mesa y ciudadania en general, durante la ejecucion de los procesos electorales. p) Evaluar las propuestas de ayuda tecnica de los organismos extranjeros y concertar y dirigir la ejecucion de los proyectos acordados en los temas de su competencia. q) Establecer los mecanismos que permitan a los personeros de las organizaciones politicas y de los organismos de observacion hacer el seguimiento de todas las actividades durante los procesos a su cargo. r) Dictar las resoluciones y reglamentacion necesaria para su funcionamiento. s) Ejercer las demas atribuciones relacionadas con su competencia. CAPITULO IV ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 7º.- La estructura organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales esta conformada por Organos Permanentes y Organos Temporales de acuerdo al detalle siguiente: A. Organos Permanentes Organo de la Alta Direccion Jefatura Nacional

Organo de Control Gerencia de Control Interno y Auditoria Organos de Asesoria Gerencia General Gerencia de Asesoria Juridica Subgerencia de Asesoria Electoral Subgerencia de Asesoria Administrativa Gerencia de Planeamiento Subgerencia de Planeamiento Electoral Organos de Apoyo Gerencia de Administracion y Finanzas Subgerencia de Recursos Humanos Subgerencia de Logistica Subgerencia de Finanzas Gerencia de Informatica Subgerencia de Plataforma Tecnologica Subgerencia de Proyectos Informaticos Subgerencia de Operaciones Centro de Investigacion Electoral Organos de Linea Gerencia de Gestion Electoral Gerencia de Informacion y Educacion Electoral Sugerencia de Informacion y Educacion Electoral Gerencia de Formacion y Capacitacion Electoral Subgerencia de Formacion Ciudadana Subgerencia de Capacitacion Electoral Gerencia Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales Subgerencia de Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales B. Organos Temporales Comite de Gerencia de Procesos Electorales Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales C. Organos Consultivos Comite de Gerentes TITULO II FUNCIONES DE LOS ORGANOS PERMANENTES CAPITULO I ALTA DIRECCION Articulo 8º.- La Alta Direccion de la Oficina Nacional de Procesos Electorales esta conformada por la Jefatura Nacional. JEFATURA NACIONAL Articulo 9º.- La Jefatura Nacional es la MORDAZA autoridad de la Oficina Nacional de Procesos Electorales. Tiene domicilio legal en la capital de la Republica y competencia nacional. Es responsable de dirigir, planear, organizar y velar por el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. Se encarga de crear o desactivar oficinas; nombrar o destituir personal en concordancia con la normatividad vigente. Tiene como funciones y atribuciones las siguientes:

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