Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2001 (12/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13



Denominacion del Procedimiento

Requisitos

Calificacion (1) Derecho de pago Auto- Evaluacion Previa No matico Positivo Negativo regulado Dependencia donde se inicia el tramite Autoridad competente para el tramite Recursos Impugnativos Autoridad que resuelve el recurso impugnativo Base Legal

6. El padron de asociados o socios, con identificacion de las generales de ley de estos, asi como los datos de los lotes que poseen. 7. La solicitud o informacion presentada a COFOPRI tendra caracter de declaracion jurada. Gratuito X Unidad de Tramite Documentario (Mesa de Partes) Gerencia de Declaracion y Regularizacion de la Propiedad, Jefatura de la Oficina de Jurisdiccion Ampliada, segun corresponda. * Oposicion * Apelacion * Gerencia de Declaracion y Regularizacion de la Propiedad. * Tribunal Administrativo de la Propiedad. * Articulos 41° y siguientes del Reglamento de Procedimientos Administrativos de Declaracion de Propiedad, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-99-MTC. * Resolucion de Gerencia de Planeamiento y Operaciones Nº 098-99-COFOPRI/GPO * Articulos 6º, 8º inciso a), 36º y 55º del Reglamento de Medios Impugnatorios, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-99-MTC. * Articulo 7º de la Ley Nº 26878.

MORDAZA, miercoles 12 de setiembre de 2001

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Declaracion Administrativa de Propiedad por Prescripcion Adquisitiva de Dominio en forma individual respecto de lotes que forman parte de Posesiones Informales, Centros Urbanos In formales y Urbanizaciones Populares formalizadas por COFOPRI.

NORMAS LEGALES

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1. MORDAZA de competencia por COFOPRI en la MORDAZA geografica donde se encuentran las posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares formalizados por COFOPRI. 2. MORDAZA de la solicitud segun Formato el cual contendra la declaracion jurada que acredite lo siguiente: a) Posesion por 10 anos o mas. b) Que no exista accion judicial pendiente contra el poseedor en que se discuta la propiedad, iniciada con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 26878 (21.11.97). c) Que no exista vinculo contractual relativo a la posesion del lote entre el poseedor y y propietario original u otro poseedor que le MORDAZA cedido la posesion en calidad de poseedor inmediato. 3. Pruebas que se podran adjuntar: a) Certificado de posesion otorgado por organismo competente. b) Declaracion Jurada que acredite los derechos del peticionario y, en su caso, de su conyuge o conviviente, de al menos una de las siguientes categorias de testimoniales: i. Todos los colindantes ii. Seis vecinos iii. Organizacion de Pobladores iv. Instituciones representativas de la Sociedad Civil como Parroquias, Club de Madres, Comite del Vaso de Leche, Comedores Populares o similares que permitan identificar al poseedor y al predio que ocupa. c) MORDAZA emitida por la organizacion de pobladores. d) Contrato de Prestamo celebrado entre el solicitante o en su caso el anterior poseedor que le transfirio el predio, y cualquier entidad bancaria o financiera con el fin de financiar la instalacion de servicios basicos, realizar obras comunales, adquisicion de materiales, construccion, ampliacion o remodelacion de vivienda. e) Recibos de pago de los servicios de agua o luz recabados por el titular del derecho o por el anterior poseedor que le transfirio el predio. f) Declaraciones Juradas para el Pago del Impuesto al Valor del Patrimonio Predial. g) Certificado domiciliario expedido por la Policia Nacional o por el Juez de Paz.

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