Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2001 (26/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 26 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 604-2001-MTC/15.19.03.2 y 668-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por MORDAZA CASTELLARES MORDAZA cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a don MORDAZA CASTELLARES MORDAZA, autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de los Estudios y Planta Transmisora : BC-FM : 102.1 MHz : OCQ-4X : 0.1 Kw. : 256F8E : H24 : Jr. Bolognesi Nº 448, distrito y provincia de Jauja, departamento de Junin. Coordenadas: L.O. 75° 29' 37" L.S. 11° 46' 10" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- Don MORDAZA CASTELLARES MORDAZA esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedido de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ESPARZA Viceministro de Comunicaciones 31514 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 764-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 17 de setiembre de 2001

VISTA, la solicitud sobre otorgamiento de autorizacio a favor de la empresa CORPORACION GESTION S.A para establecer una estacion del servicio de radiodifusio sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en e distrito de MORDAZA, provincia de Huaura, departament de Lima; CONSIDERANDO:

Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Le de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servici de radiodifusion se requiere de autorizacion y permis otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicacio nes, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenad de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, estable cen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estad a personas naturales o juridicas para establecer un serv cio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad qu otorga el Estado a personas naturales o juridicas par instalar en un lugar determinado equipos de radiocomu nicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Le de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Admini trativos del Ministerio de Transportes, Comunicacione Vivienda y Construccion, senalan que para obtener auto rizacion para prestar servicio de radiodifusion se requier presentar una solicitud, la misma que se debe acompana con la informacion y documentacion que en dichas MORDAZA se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Le de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autor zacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia u periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion d doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Le de Telecomunicaciones, establece que no son modificable las caracteristicas de instalacion y operacion autorizada para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametro tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aproba cion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, V vienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 620-2001-MTC/15.19.03. y 642-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administra cion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica d la Direccion General de Telecomunicaciones, respectiva mente, senalan que la solicitud formulada por la empres CORPORACION GESTION S.A. cumple con los requisito tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar la referida empresa la autorizacion y permiso solicitado De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomun caciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Unico d Procedimientos Administrativos del Ministerio de Tran portes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Tele comunicaciones; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Otorgar a la empresa CORPORACIO GESTION S.A., autorizacion y permiso de instalacion po el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo d instalacion y prueba de doce (12) meses, improrrogabl para operar una estacion del servicio de radiodifusio sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en e distrito de MORDAZA, provincia de Huaura, departament de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecn cas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : BC-FM : 92.7 MHz : OBQ-4W-FM : 1 Kw. : 256F8E : H24

: Av. 28 de MORDAZA, cuadra 3, distrito d MORDAZA, provincia de Huaura, depa tamento de Lima. Coordenadas: L.O. 77° 36' 36" L.S. 11° 06' 25"

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