Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2002 (09/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 9 de MORDAZA de 2002

Articulo Segundo.- El egreso por concepto de viaticos para los integrantes de la delegacion oficial por la suma de US$ 1060,00, sera asumido por el Pliego Presupuestal de cada Sector. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores 6483

- Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Meier MORDAZA, Subsecretario para Asuntos de MORDAZA y Coordinador Nacional del Peru para el Grupo de Rio; - Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA Meza-Cuadra MORDAZA, Coordinador Nacional Adjunto del Peru para el Grupo de Rio; - Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Beker, funcionario de la Subsecretaria para Asuntos de America; y, - Tercera Secretaria en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargada del Departamento de MORDAZA Central. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la referida comision, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa US$ US$ Aeropuerto US$ MORDAZA MORDAZA Meier MORDAZA MORDAZA Meza-Cuadra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Beker MORDAZA MORDAZA MORDAZA 782,00 782,00 782,00 782,00 1 000,00 1 000,00 1 000,00 1 000,00 25,00 25,00 25,00 25,00

Designan delegacion que participara en reuniones de coordinadores nacionales, de Ministros de Relaciones Exteriores, de Jefes de Estado y de Gobierno y en visita de Estado a Costa Rica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0364-2002-RE MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que del 11 al 12 de MORDAZA de 2002, en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica, se realizara la XVI Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Rio, a la cual asistira el senor Presidente de la Republica, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y que estara precedida de reuniones de Coordinadores Nacionales y de Ministros de Relaciones Exteriores; Que el Grupo de Rio constituye el principal mecanismo de consulta y concertacion politica de Latinoamerica y el mas importante foro de la region en temas de la mayor trascendencia en la agenda internacional, como son la promocion de la democracia, la proteccion y defensa de los derechos humanos, la lucha contra la pobreza, la lucha contra el terrorismo, el narcotrafico, la delincuencia organizada y la corrupcion, temas de especial interes para los objetivos centrales de politica exterior del Peru; Que es necesario designar a la delegacion peruana que asistira a la reunion de Coordinadores Nacionales y de Ministros de Relaciones Exteriores, del 9 al 11 de MORDAZA de 2002, y que forma parte de la comitiva que asistira a la XVI Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Rio, en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica; Que el dia 11 de MORDAZA se realizara la Visita de Estado del senor Presidente de la Republica a la Republica de Costa Rica, la cual tiene por objetivo consolidar las relaciones bilaterales entre ambos paises, con base en las amplias coincidencias existentes respecto al fortalecimiento de la democracia en la region; Teniendo en cuenta lo expuesto en el memorandum (SAA) Nº 206 de la Subsecretaria para Asuntos de MORDAZA, de 3 de MORDAZA de 2002; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM, de 27 de MORDAZA del ano 2001 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, de 8 de MORDAZA del ano 2001; y la Ley Nº 27619; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar a la delegacion peruana que participara en la Reunion de Coordinadores Nacionales y de Ministros de Relaciones Exteriores, y que forma parte de la comitiva que asistira a la XVI Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Grupo de Rio, a realizarse en la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica, del 09 al 12 de MORDAZA de 2002 y a la Visita de Estado a la Republica de Costa Rica el 11 de MORDAZA de 2002, la que estara conformada por los siguientes funcionarios:

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la citada reunion, los mencionados funcionarios deberan presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, ante el senor Ministro de Estado, y ante el Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARCIA-SAYAN Ministro de Relaciones Exteriores 6443

Autorizan viaje de funcionario diplomatico para participar en Tercera Reunion del MORDAZA de Consultas Informales sobre Oceanos y Derechos MORDAZA, a realizarse en los EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0365-2002-RE MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que del 8 al 15 de MORDAZA, en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, se realizara la Tercera Reunion del MORDAZA de Consultas Informales sobre Oceanos y Derechos del Mar; Que la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante Resolucion Nº 54/33 establecio un MORDAZA abierto de consultas informales para facilitar el examen anual por la Asamblea de los acontecimientos registrados en relacion con los asuntos oceanicos; Que los temas a tratarse en el MORDAZA de consultas son de especial relevancia para la politica exterior del Peru, y se encuentran referidas a proteccion y preservacion del medio MORDAZA, ciencia y tecnologia marinas, pirateria y robo a mano armada y recursos marinos y desarrollo sostenible; Teniendo en cuento lo expuesto en el memorandum (DSL-AMA) Nº 128, del Director Nacional de Soberania y Limites, de 15 de marzo de 2002; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico

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