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NORMAS LEGALESPág. 221140 Lima, jueves 11 de abril de 2002En caso de hijo adoptivo En caso de haberse reconocido años de formación profesional: Resolución que declare haberse realizado la Resolución de reconocimiento de años de formación profesional,en el caso adopción por el causante: copia certificada de tener Título Profesional. expedida por el funcionario competente. Partida de nacimiento con la anotación correspondiente, que haya dispuesto la adopción por el causante, máximo tres meses de antigüedad. En caso de hijo incapacitado Para el caso que el solicitante sea Curador, documento que lo acredite como tal. Partida de nacimiento del hijo incapacitado, máximo tres meses de antigüedad. Dictamen de la Comisión Médica de ESSALUD D. Ley N° 20530 (26.02.1974) Art. 33°; Ley Casos de excepción en la fecha de N° 25008 (20.01.1989) Art. 1°. celebración del matrimonio Si falleció por accidente, Parte Policial y/o Certificado de Necropsia. Si existiesen hijos en común: Partida (s) de Nacimiento (s), máximo tres meses de antigüedad. Si la cónyuge sobreviviente se encontró en estado grávido, certificado médico que acredite el estado de gravidez a la fecha de fallecimiento del causante. Si la (el) cónyuge fuera minusválido: Dictamen de la Comisión Médica de ESSALUD 24 SOLICITUD DE PENSION Solicitud según formato/s Gratuito X Oficina de Jefe de División de Reconsideración: División de Adicionalmente, deberá presentar los siguientes documentos del causante PROVISIONAL DE autorizado/s adjuntando: Orientación y Calificaciones Calificaciones. Apelación: y/o declarar que los mismos obran en nuestro poder o indicar en qué SOBREVIVIENTES - ORFANDAD Recepción (OR) ONP. Gerencia de Operaciones entidad se encuentran : Centro (Tercera Dispos. Compl. Trans. y Cívico de Lima y Finales del D.S.N°159-2001-EF) Oficinas Departamentales ONP. Ley N° 27617 (01.01.2002) Arts. 34°, 35° y 48° Copia simple legible del documento de identidad Resolución de nombramiento que acredite su ingreso a la Administración . Ley N° 25008 (20.01.1989) Art. 1°. vigente del solicitante o Pública. representante legal. Solicitud del recurrente o de su representante Resolución de incorporación al Régimen de Pensiones del Decreto Ley N° legal requiriendo pensión de orfandad, con 20530, de haberse emitido. indicación de su dirección domiciliaria. Para el caso que el solicitante sea Tutor, Resolución de cese. documento que lo acredite como tal. Acta de Defunción del causante: original o copia Resoluciones de Quinquenio que hayan sido emitidas. fedateada por el funcionario competente de la entidad, máximo tres meses de antigüedad. Constancias de Haberes y Descuentos y Boletas de Pago. En caso de ser hijo adoptivo Resolución de nombramiento en el último cargo y nivel ejercido. Resolución que declare haberse realizado la Resoluciones de contrato, reemplazo, suplencia, locación de servicios. adopción por el causante. Partida de nacimiento con la anotación Resoluciones de licencia sin goce de haber. correspondiente, que haya dispuesto la adopción por el causante, máximo tres meses de antigüedad. Última Boleta de Pago de remuneración percibida por el trabajador. En caso de ser hijo incapacitado: Otras Resoluciones y/o documentos que a criterio del ex - trabajador revistan Para el caso que el solicitante sea Curador, documento importancia.N° Denominación del Procedimiento Requisitos (1) Derecho CALIFICACION Dependencia Autoridad Autoridad que resuelve el Observaciones (Base Legal y Fecha de de Pago Auto- Evaluación Previa donde se competente para recurso impugnativo Publicación) mática Positivo Negativo inicia el Trámite el trámite