Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2002 (11/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2002

para instalar y operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 883-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 1036-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida persona la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con el TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, autorizacion y permiso de instalacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, improrrogable, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia Indicativo Potencia Emision Horario : BC-FM : 100.7 MHz. : OBT-9E : 500 w. : 256F8E : H24

Ubicacion de los Estudios y Planta: Av. Circunvalacion Nº 1336, distrito de Bagua Grande, provincia de Utcubamba, departamento de Amazonas. Coordenadas: L.O. 78° 26' 13" L.S. 05° 45' 28" El plazo de la autorizacion y el permiso concedido se computara a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, dentro del cual y hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion de dicho periodo, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas, bajo sancion de dejar sin efecto la autorizacion. Articulo 3º.- Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedido de modificar las caracteristicas a que se contrae el Articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 6523

PODER JUDICIAL
Aprueban adjudicacion de bienes efectuada por la Intendencia de Aduanas de Paita a favor de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 302-2002-GG-PJ

MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2002 VISTO: El Oficio Nº 262-2002-OAL-GG/PJ remitido por la Oficina de Asesoria Legal elevando el Informe Nº 070-2002OSFLI CP-SL-GAF-GG-PJ presentado por la Oficina de Saneamiento Fisico Legal y Control Patrimonial, recomendando la aceptacion de la donacion de bienes muebles a favor del Poder Judicial - Corte Superior de Justicia de Piura; CONSIDERANDO: Que, la Intendencia de Aduanas de Paita de la Superintendencia Nacional de Aduanas por Resolucion de Intendencia Nº 000170-2001, de fecha 14 de junio del 2001, adjudico a favor del Poder Judicial diversos bienes depositados en su almacen, valorizados en $ 168.00 (CIENTO SESENTIOCHO CON 00/100 DOLARES AMERICANOS), los mismos que se detallan en el Anexo Nº 01 que forma parte de la presente Resolucion, los cuales fueron distribuidos entre los magistrados y servidores del Distrito Judicial de MORDAZA, en las celebraciones del "Dia del Padre" del 2001;

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