Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2002 (11/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 221171

Que, conforme a lo establecido por el Articulo 172º del "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Fiscal" aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, la aceptacion de donacion de bienes muebles, debe ser aprobada mediante Resolucion emitida por el titular de la entidad donataria; y, De conformidad con las facultades conferidas por el Articulo 76º inciso 4) del "Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial"; aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-93-JUS modificado por la Ley Nº 27465 y estando a las facultades delegadas a esta Gerencia General por la Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 092-2001-P-PJ, en concordancia con lo establecido por la Ley Nº 27209; RESUELVE: Articulo Primero.- En via de regularizacion aprobar la adjudicacion efectuada por la Intendencia de Aduanas de Paita de la Superintendencia Nacional de Aduanas a favor del Poder Judicial - Corte Superior de Justicia de MORDAZA, de los bienes detallados y valorizados conforme al Anexo Nº 01 de la presente Resolucion, los cuales fueron distribuidos entre los magistrados y trabajadores del Distrito Judicial de MORDAZA, en las celebraciones por el "Dia del Padre" del 2001. Articulo Segundo.- Transcribase la presente Resolucion Administrativa a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KEIL MORDAZA Gerente General ANEXO Nº 01 (Resolucion de Intendencia Nº 000170-2001, de fecha 14 de junio del 2001, de la Intendencia de Aduanas de Paita de la Superintendencia Nacional de Aduanas)
ITEM BIEN DONADO TOTAL VALOR $

1 2 3 4

RADIO CASSETES GRABADORA NATIONAL, 2 PARLANTES, MOD. RFX2f RADIO GRABADORA NATIONAL, 2 PARLANTES MOD. RXF2F. RADIO GRABADORA UNICEF, 3 BANDAS MODELO TTU75F5 RADIO GRABADORA NIPPON, 3 BANDAS, 1 PARLANTE, MODELOS 8682, 8681 TOTAL

3 1 1 7

42.00 14.00 14.00 98.00 168.00

6599

Que, mediante Resolucion Administrativa de la Gerencia General Nº 378-2001-GG-PJ, se resuelve designar al Comite Especial Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, encargado de organizar y conducir los procesos de seleccion de adjudicacion directa y de menor cuantia; Que, mediante Resoluciones Administrativas de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Nºs. 303 y 338-2001P-CSJLI/PJ, se aprobaron las Bases Administrativas para las adjudicaciones directas selectivas Nº 002, 003, 004, 005 y 006-2001-CSJLI/PJ para la contratacion del "Servicio de Impresion de Formatos", "Adquisicion de Angulos Ranurados", "Adquisicion de Thoner", "Adquisicion de MORDAZA Prefabricadas" y "Servicio de Reparacion de Techos", respectivamente; Que, de la revision y analisis efectuado a los antecedentes del documento del Visto, se advierte que el Comite Especial permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA no realizo, en la fecha establecida en el calendario, la etapa de apertura y evaluacion de las propuestas tecnicas, sin haberse adoptado acuerdo previo y omitiendo comunicar oportunamente a la entidad y a los postores de dicha decision; Que, a tenor de lo senalado en el Articulo 49º del Reglamento del Texto Unico de Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el incumplimiento de alguna de las disposiciones que regulan el desarrollo de las etapas de un MORDAZA de seleccion, constituye causal de nulidad de las etapas siguientes del MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 26º de la MORDAZA en mencion y lo retrotrae al momento anterior a aquel en que se produjo dicho incumplimiento; Que, estando a lo expuesto precedentemente, se han configurado los supuestos de nulidad establecidos en el Articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el cual senala que son nulos los actos administrativos cuando prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable; por lo que, en aplicacion de lo dispuesto por el Articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, es procedente declarar de oficio la nulidad de dichos procesos de seleccion, debiendo retrotraerse a la etapa de MORDAZA de propuestas; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 57º del TUO, el Articulo 26º del Reglamento del TUO y el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, del Procedimiento Administrativo General y las facultades conferidas mediante Resolucion Administrativa Nº 083-2001-GG-PJ, de fecha 8 de agosto del 2001, concordante con el inciso g) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 161-2001-CE-PJ; SE RESUELVE:

Declaran de oficio nulidad de adjudicaciones directas selectivas y de menor cuantia para la contratacion de diversos servicios para la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 308-2002-GG-PJ

MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2002 VISTO:

Articulo Primero.- Declarar de oficio la nulidad de las adjudicaciones directas selectivas Nºs. 002, 003, 004, 005 y 006-2001-CSJLI/PJ para el "Servicio de Impresion de Formatos", "Adquisicion de Angulos Ranurados", "Adquisicion de Thoner", "Adquisicion de MORDAZA Prefabricadas" y "Servicio de Reparacion de Techos", respectivamente, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion; debiendo retrotraer, dichos procesos, a la etapa de MORDAZA de propuestas. Articulo Segundo.- Notificar a los interesados el contenido de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Remitir los antecedentes al Comite Especial Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese.

El Oficio Nº 902-2002-CSJL/PJ del 4 de arzo del 2002, por el cual el senor Presidente de la Corte Superior de MORDAZA solicita se declare la nulidad de las adjudicaciones directas selectivas Nºs. 002, 003, 004, 005 y 006-2001CSJLI/PJ; y,

MORDAZA KEIL MORDAZA Gerente General 6601

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