Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2002 (17/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, miercoles 17 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del Informe Nº 32-IE-10-2001-02-0309 "Informe Especial sobre Irregularidades que ocasionaron perjuicio economico de S/ . 22,349.65 en el Hogar MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Huancayo - Periodo 1997-2000", se ha determinado presunta existencia de responsabilidad penal por parte de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Gerente y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador de la MORDAZA Hogar "Andres MORDAZA Caceres" de Huancayo, al haber presentado rendiciones de cuentas y conformidad de gastos por trabajos no realizados, ademas por el faltante de materiales de construccion hasta por un monto de S/. 4,962.92 (CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTIDOS Y 92/100 NUEVOS SOLES) los cuales fueron donados por la Sociedad de Beneficencia Publica de Huancayo para el techado del comedor de la MORDAZA Hogar sin perjuicio de la responsabilidad civil por los hechos mencionados; Que asimismo se ha determinado responsabilidad penal y civil del mencionado ex Gerente al haber cobrado indebidamente por concepto de movilidad, haber donado 50 bolsas de cemento de propiedad de la institucion sin autorizacion de la Alta Direccion, haber sobrevaluado el consumo real de los cilindros domesticos de gas, haber usado indebidamente el inmueble del Hogar con la finalidad del provecho economico, asi como por la compra de materiales que no fueron distribuidos, responsabilidad que tambien alcanza al ex Administrador y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Coordinador de Educadores de la Calle; Que estando a lo dispuesto por el literal f) del Articulo 16º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada por Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una accion de control emitidos por cualquier organo del Sistema estan considerados como pruebas preconstituidas para el inicio de acciones legales, por lo que resulta necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Legislativo Nº 866 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales contra las personas mencionadas en el Informe Nº 32-IE-10-2001-02-0309 y aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 6889

Que mediante el Certificado de Donacion de fecha 20 de diciembre del 2001, la Institucion Canadian Food For Children, con sede en la MORDAZA de Toronto, Canada, ha efectuado una donacion de setenticinco (75) sacos de arvejas, setentidos (72) MORDAZA de galletas nutricion, ciento sesenticuatro (164) MORDAZA de alimentos para ninos, ciento dieciseis (116) MORDAZA de salsa de comidas, cuarentiseis (46) MORDAZA de galletas, ciento cincuentiocho (158) MORDAZA de cereales, ocho (8) baldes de aceite vegetal, ciento setentiuno (171) baldes, MORDAZA y sacos de alimentos diversos (vegetales, sopa enlatada y fideos), un (1) saco grande de jabon y ochentidos (82) sacos de ropa, con un peso MORDAZA aproximado de 10,750.00 kilogramos y un valor C & F de US$ 2,284.00 (DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTICUATRO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), a favor de la Institucion Religiosa "Congregacion de Madres Agustinas del Divino Amor", transportadas en contenedor y amparados entre otros documentos en el Conocimiento de Embarque Nº MSCUM1523739, Resolucion de Intendencia Sunat Nº 049-4 00019 donde consta la inscripcion de los Arzobispados de MORDAZA y de MORDAZA en el Registro de Entidades Perceptoras de Donaciones con Beneficio Tributario hasta el 6 de setiembre del 2004 y la MORDAZA del Arzobispado del MORDAZA acreditandola como Institucion de la Iglesia Catolica - Arquidiocesis del MORDAZA, contando con los beneficios tributarios establecidos para las Instituciones Religiosas; Que la Oficina de Cooperacion Internacional en coordinacion con la Gerencia de Promocion de la Ninez y la Adolescencia, han considerado procedente la solicitud de aprobacion de la donacion, por enmarcarse en los lineamientos generales de la poblacion objetivo de la mencionada Gerencia, por cuanto la donacion sera destinada al Instituto del Divino MORDAZA, para su posterior distribucion entre los ninos provenientes de hogares de escasos recursos economicos de las MORDAZA de MORDAZA y Cusco; Que la entidad solicitante se encuentra registrada ante la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros como una "Institucion Privada sin fines de lucro Receptora de Donaciones de Caracter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior", asimismo cuenta con el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta y es una Institucion Religiosa de la Iglesia Catolica; Con Informes favorables de la Oficina de Cooperacion Internacional y la Gerencia de Promocion de la Ninez y la Adolescencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 21942, Decreto Legislativo Nº 866 y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y sus modificatorias, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Supremo Nº 055-99-EF y Decreto Supremo Nº 064-2000-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de bienes efectuada por la Institucion Canadian Food For Children, con sede en la MORDAZA de Toronto, Canada, consistente en setenticinco (75) sacos de arvejas, setentidos (72) MORDAZA de galletas nutricion, ciento sesenticuatro (164) MORDAZA de alimentos para ninos, ciento dieciseis (116) MORDAZA de salsa de comidas, cuarentiseis (46) MORDAZA de galletas, ciento cincuentiocho (158) MORDAZA de cereales, ocho (8) baldes de aceite vegetal, ciento setentiuno (171) baldes, MORDAZA y sacos de alimentos diversos (vegetales, sopa enlatada y fideos), un (1) saco grande de jabon y ochentidos (82) sacos de ropa, con un peso MORDAZA aproximado de 10,750.00 kilogramos y un valor C & F de US$ 2,284.00 (DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTICUATRO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), a favor de la Institucion Religiosa "Congregacion de Madres Agustinas del Divino Amor". Articulo 2º.- La Institucion Religiosa "Congregacion de Madres Agustinas del Divino Amor" debera remitir a la Oficina de Cooperacion Internacional del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, MORDAZA del Acta de Entrega-Recepcion de los bienes donados a los beneficiarios, asi como la informacion que posibilite el seguimiento y evaluacion del uso y destino de la donacion aprobada por la presente Resolucion. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la Contraloria General de la Republica, a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Con-

Aprueban donaciones de bienes efectuadas a favor de instituciones religiosas que seran destinados a menores de escasos recursos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 231-2002-PROMUDEH MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2002 Vistos la solicitud de fecha 7 de febrero del 2002, presentada por la Congregacion de Madres Agustinas del Divino MORDAZA a traves del Vicario Episcopal del Arzobispado de Lima;

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