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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (17/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 221493 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de abril de 2002 CONSIDERANDO: Que de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del Informe Nº 32-IE-10-2001-02-0309 "Informe Especial so- bre Irregularidades que ocasionaron perjuicio económico de S/ . 22,349.65 en el Hogar Andrés Avelino Cáceres de Huancayo - Período 1997-2000", se ha determinado presunta existencia de responsabilidad penal por parte de Jorge Huarcaya Zárate, ex Gerente y David Ávila Álvarez, ex Administrador de la Casa Hogar "Andrés Avelino Cáceres" de Huancayo, al haber presen- tado rendiciones de cuentas y conformidad de gastos por tra- bajos no realizados, además por el faltante de materiales de construcción hasta por un monto de S/. 4,962.92 (CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTIDÓS Y 92/100 NUEVOS SO- LES) los cuales fueron donados por la Sociedad de Beneficen- cia Pública de Huancayo para el techado del comedor de la Casa Hogar sin perjuicio de la responsabilidad civil por los he- chos mencionados; Que asimismo se ha determinado responsabilidad pe- nal y civil del mencionado ex Gerente al haber cobrado indebidamente por concepto de movilidad, haber donado 50 bolsas de cemento de propiedad de la institución sin autorización de la Alta Dirección, haber sobrevaluado el consumo real de los cilindros domésticos de gas, haber usado indebidamente el inmueble del Hogar con la finali- dad del provecho económico, así como por la compra de materiales que no fueron distribuidos, responsabilidad que también alcanza al ex Administrador y al señor Amador Poma Inga, ex Coordinador de Educadores de la Calle; Que estando a lo dispuesto por el literal f) del Artículo 16º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada por De- creto Ley Nº 26162, los resultados de una acción de control emitidos por cualquier órgano del Sistema están considerados como pruebas preconstituidas para el inicio de acciones lega- les, por lo que resulta necesario autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Pro- moción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que inter- ponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decreto Ley Nº 17537 de Representación y Defensa del Estado en juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Promo- ción de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Procuradora Pública a car- go de los asuntos judiciales del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en repre- sentación y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales contra las personas men- cionadas en el Informe Nº 32-IE-10-2001-02-0309 y aque- llos que resulten responsables, por los fundamentos ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Pro- curadora Pública para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BLONDET MONTERO Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano 6889 Aprueban donaciones de bienes efectua- das a favor de instituciones religiosas que serán destinados a menores de es- casos recursos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 231-2002-PROMUDEH Lima, 12 de abril de 2002 Vistos la solicitud de fecha 7 de febrero del 2002, pre- sentada por la Congregación de Madres Agustinas del Di- vino Amor a través del Vicario Episcopal del Arzobispado de Lima;CONSIDERANDO: Que mediante el Certificado de Donación de fecha 20 de diciembre del 2001, la Institución Canadian Food For Children, con sede en la ciudad de Toronto, Canadá, ha efectuado una donación de setenticinco (75) sacos de ar- vejas, setentidós (72) cajas de galletas nutrición, ciento sesenticuatro (164) cajas de alimentos para niños, ciento dieciséis (116) cajas de salsa de comidas, cuarentiséis (46) cajas de galletas, ciento cincuentiocho (158) cajas de ce- reales, ocho (8) baldes de aceite vegetal, ciento setentiuno (171) baldes, cajas y sacos de alimentos diversos (vegeta- les, sopa enlatada y fideos), un (1) saco grande de jabón y ochentidós (82) sacos de ropa, con un peso bruto aproxi- mado de 10,750.00 kilogramos y un valor C & F de US$ 2,284.00 (DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTICUATRO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), a favor de la Institu- ción Religiosa "Congregación de Madres Agustinas del Divino Amor", transportadas en contenedor y amparados entre otros documentos en el Conocimiento de Embarque Nº MSCUM1523739, Resolución de Intendencia Sunat Nº 049-4 00019 donde consta la inscripción de los Arzobispa- dos de Lima y de Cusco en el Registro de Entidades Per- ceptoras de Donaciones con Beneficio Tributario hasta el 6 de setiembre del 2004 y la Constancia del Arzobispado del Cusco acreditándola como Institución de la Iglesia Católi- ca - Arquidiócesis del Cusco, contando con los beneficios tributarios establecidos para las Instituciones Religiosas; Que la Oficina de Cooperación Internacional en coordi- nación con la Gerencia de Promoción de la Niñez y la Ado- lescencia, han considerado procedente la solicitud de apro- bación de la donación, por enmarcarse en los lineamientos generales de la población objetivo de la mencionada Ge- rencia, por cuanto la donación será destinada al Instituto del Divino Amor, para su posterior distribución entre los niños provenientes de hogares de escasos recursos eco- nómicos de las Casas de Apurímac y Cusco; Que la entidad solicitante se encuentra registrada ante la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Interna- cional de la Presidencia del Consejo de Ministros como una "Institución Privada sin fines de lucro Receptora de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional Prove- nientes del Exterior", asimismo cuenta con el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta y es una Institución Religiosa de la Iglesia Católica; Con Informes favorables de la Oficina de Cooperación Internacional y la Gerencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 21942, Decreto Legislativo Nº 866 y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y sus modifi- catorias, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Supremo Nº 055-99-EF y Decreto Supremo Nº 064-2000-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación de bienes efectuada por la Institución Canadian Food For Children, con sede en la ciudad de Toronto, Canadá, consistente en setenticinco (75) sacos de arvejas, setentidós (72) cajas de galletas nutrición, ciento sesenticuatro (164) cajas de alimentos para niños, ciento dieciséis (116) cajas de salsa de comidas, cuarentiséis (46) cajas de galletas, ciento cincuentiocho (158) cajas de cereales, ocho (8) baldes de aceite vegetal, ciento setentiuno (171) baldes, cajas y sacos de alimentos diversos (vegetales, sopa enlatada y fideos), un (1) saco grande de jabón y ochentidós (82) sacos de ropa, con un peso bruto aproximado de 10,750.00 kilogramos y un valor C & F de US$ 2,284.00 (DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTICUATRO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), a favor de la Institución Religiosa "Congregación de Ma- dres Agustinas del Divino Amor". Artículo 2º.- La Institución Religiosa "Congregación de Madres Agustinas del Divino Amor" deberá remitir a la Ofi- cina de Cooperación Internacional del Ministerio de Pro- moción de la Mujer y del Desarrollo Humano, copia del Acta de Entrega-Recepción de los bienes donados a los benefi- ciarios, así como la información que posibilite el seguimiento y evaluación del uso y destino de la donación aprobada por la presente Resolución. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la Contraloría General de la República, a la Secretaría Ejecutiva de Co- operación Técnica Internacional de la Presidencia del Con-