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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (17/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 16

Pág. 221498 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de abril de 2002 cejo Distrital de Pichanaqui, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, en el período de gobierno munici- pal 1999 - 2002; debiéndosele otorgar la credencial que lo acredite como tal. Artículo Segundo.- Convocar a don Juan Romero Pe- ñaloza, candidato no proclamado de la lista independiente Fuerza Verde para que ejerza el cargo de Regidor de Con- cejo Distrital de Pichanaqui, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, en el período de gobierno munici- pal 1999 - 2002; debiéndosele otorgar la correspondiente credencial. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 6948 Declaran que alcaldes de los Concejos Distritales de Vilquechico y Toraya continúan en el ejercicio de sus cargos RESOLUCIÓN Nº 133-2002-JNE Lima, 16 de abril de 2002 VISTO; el escrito presentado por Juan Ernesto Vargas Cama, con fecha 1 de febrero de 2002, solicitando la va- cancia del cargo de Alcalde del señor Humberto Huanca- paza Condori, en el Concejo Distrital de Vilquechico, pro- vincia de Huancané, departamento de Puno, por la causal de interés en los contratos; y el escrito presentado por el citado Alcalde con fecha 7 de marzo de 2002, absolviendo los cargos imputados por el solicitante de la vacancia; CONSIDERANDO: Que con fecha 9 de enero de 2002, los ciudadanos Andrés Salluca Camasita y Luciano Capia Larico, solicita- ron en sede municipal, la vacancia del Alcalde Humberto Huancapaza Condori, fundamentando su pedido en que el citado burgomaestre habría firmado conjuntamente con el Alcalde vacado Silvestre Hinojosa Mamani el cheque Nº 11739651 de la cuenta corriente del Banco de la Nación, para la adquisición de un vehículo; dicha solicitud fue de conocimiento del pleno del Concejo, y en sesión ordinaria del 17 de enero de 2002, con el voto de dos Regidores a favor y tres en contra de la vacancia, fue declarada impro- cedente, advirtiéndose que los solicitantes no interpusie- ron el recurso de revisión; sin embargo el 1 de febrero de 2002, el Regidor Juan Ernesto Vargas Cama, solicitó ante este Supremo Órgano Electoral, la vacancia del Alcalde mencionado, bajo los mismos fundamentos que fueron in- vocados por los ciudadanos mencionados en la solicitud declarada improcedente; Que el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalida- des establece que la vacancia del cargo de Alcalde o Regi- dor es declarada por el correspondiente Concejo Munici- pal con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros, por lo que al no haberse logrado mayo- ría de votos, el acuerdo adoptado se encuentra arreglado a Ley; Que además de la revisión en línea se advierte que el ciudadano Andrés Salluca Camasita no es vecino del dis- trito de Vilquechico, sino que reside en el distrito de San Román, tal como consta en el Registro Nacional de Identi- ficación y Estado Civil - RENIEC, donde se consigna como su domicilio el Jr. Teodoro Valcárcel s/n, San Román, Julia- ca de lo que se colige que no le asiste el derecho a solicitar la vacancia tal como pretendió, por ser vecino de circuns- cripción distinta; El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones;RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar improcedente la solicitud de vistos, sobre vacancia del cargo de Alcalde que ejerce Humberto Huancapaza Condori en el Concejo Distritral de Vilquechico, provincia de Huancané, departamento de Puno, por las razones expuestas en la presente Resolu- ción. Artículo Segundo.- Declarar que Humberto Huanca- paza Condori continúa desempeñando el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Vilquechico, provincia de Huanca- né, departamento de Puno, durante el período de gobierno municipal 1999-2002. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ- PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 6949 RESOLUCIÓN Nº 134-2002-JNE Expediente Nº 051-2002-Vacancia Lima, 16 de abril de 2002 Visto el expediente sobre vacancia del cargo de Alcal- de del Concejo Distrital de Toraya, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac, que ejerce don Celso Vladimir Torres Merino, por la causal de ausencia de la localidad por más de treinta días sin autorización del Concejo, ini- ciado el 21 de enero de 2002 a solicitud de don Juan Quis- pe Ccasani, Regidor del mismo concejo, quien comunica la expedición del Acuerdo Municipal Nº 01-02-MDT del 13 de enero de 2002 en ese sentido y solicita se convoque al nuevo Alcalde que reemplace al titular; CONSIDERANDO: Que sólo el Alcalde puede presidir las sesiones de Con- cejo, según lo dispuesto por el numeral 1) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y esa atribución es indelegable tal como lo prevé el numeral 18) del mismo artículo; Que, conforme a lo estipulado por el Artículo 39º de la ley glosada, el Concejo Municipal sesiona extraordina- riamente cuando lo convoque el Alcalde o lo solicite cuan- do menos la tercera parte del número legal de sus miem- bros, siendo que en el presente caso sí se solicitó la convocatoria a sesión, tal como se observa en el docu- mento del 4 de enero de 2002 suscrito por dos Regido- res del Concejo Distrital de Toraya que obra a fojas 23, sin embargo, debe tenerse en cuenta que la misma nor- ma dispone que en caso de que el Alcalde no convoque a sesión extraordinaria dentro de los 5 días hábiles si- guientes a la petición puede hacerlo el Teniente Alcalde o cualquier Regidor previa notificación escrita al Alcal- de, advirtiéndose que el Regidor Juan Quispe Ccasani no cumplió con estos requisitos, ya que no esperó a ago- tar el término previsto, pues, conforme se constata con los cargos obrantes a fojas 24, 25 y 26, convocó a se- siones a realizarse los días 8, 10 y 11 de enero de 2002, siendo esta última sesión en la que se declaró la vacan- cia del cargo de Alcalde, sin cumplir, además, con notifi- carle a éste previamente y por escrito; Que, posteriormente, el día domingo 13 de enero de 2002, el Regidor Juan Quispe Ccasani citó a los otros Re- gidores a sesión a realizarse ese mismo día, contraviniendo, además, lo dispuesto por la última parte del tercer párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades que, en forma expresa, manda que entre la convocatoria y la sesión debe mediar cuando menos dos días hábiles; Que no se acredita en los autos que don Celso Vladimir Torres Merino haya sido notificado previamente y menos citado a la sesión del 13 de enero de 2002, en la que se volvió a declarar la vacancia de su cargo de Alcalde y se expidió el Acuerdo Municipal Nº 01-02-MDT, resultando