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Pág. 221508 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de abril de 2002 los mismos que cuentan con la conformidad de la Comi- sión Técnica del INEI; asimismo, aprobar su publicación en el Boletín Mensual de los Índices Unificados de Precios de la Construcción; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Apruébese los Factores de Reajuste que se deben aplicar a las obras de edificación, correspondien- tes a las seis (6) Áreas Geográficas para las obras del Sector Privado por variación de precios de todos los ele- mentos que intervienen en el costo de dichas obras, pro- ducidas en el período del 1 al 31 de marzo según aparece en el cuadro adjunto que debidamente autenticada, forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los Factores de Reajuste serán aplica- dos a las obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra ejecutada en el período correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores serán aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescindiéndose del Calendario de Avance Acelera- do, si lo hubiere. Artículo 3º.- Los factores indicados no serán aplicados: a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variación men- cionada en el período correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubie- ra entregado oportunamente con el objeto de comprar ma- teriales específicos.Artículo 4º.- En los montos de obra a que se refiere el Art. 2º se comprende el total de las partidas por materia- les, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista que correspon- de a esos montos. Artículo 5º.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplica- ción de los Factores de Reajuste, cuando éstos derivan de los aumentos de mano de obra. Artículo 6º.- Los factores totales que se aprueban por la presente resolución, serán acumulativos por multiplica- ción en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a fal- ta de éste, desde la fecha del contrato respectivo. Artículo 7º.- Los departamentos que comprenden las Áreas Geográficas son los siguientes: a) Área Geográfica 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. b) Área Geográfica 2: Ancash, Lima, Provincia Consti- tucional del Callao e Ica. c) Área Geográfica 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huanca- velica, Ayacucho y Ucayali. d) Área Geográfica 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. e) Área Geográfica 5: Loreto. f) Área Geográfica 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios. Regístrese y comuníquese. GILBERTO MONCADA Jefe ANEXO RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 137-2002-INEI CUADRO DE FACTORES DE REAJUSTE DERIVADOS DE LA VARIACIÓN DE PRECIOS DE TODOS LOS ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL COSTO DE LAS OBRAS DE EDIFICACIÓN CORRESPONDIENTES AL PERÍODO DEL 1 AL 31 DE MARZO DEL 2002 OBRAS DE EDIFICACIÓN AREAS Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 1 y 2 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos Edificación de 3 y 4 Pisos GEOGRÁFICAS (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) Nº M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total Elem. Elem. Elem. Elem. 1 1.0000 1.0010 1.0010 1.0000 1.0005 1.0005 1.0000 1.0009 1.0009 1.0000 1.0008 1.0008 2 1.0000 1.0014 1.0014 1.0000 1.0007 1.0007 1.0000 1.0019 1.0019 1.0000 1.0014 1.0014 3 1.0000 1.0025 1.0025 1.0000 1.0022 1.0022 1.0000 1.0036 1.0036 1.0000 1.0030 1.0030 4 1.0000 1.0012 1.0012 1.0000 1.0005 1.0005 1.0000 1.0012 1.0012 1.0000 1.0011 1.0011 5 1.0000 1.0023 1.0023 1.0000 1.0018 1.0018 1.0000 1.0032 1.0032 1.0000 1.0026 1.0026 6 1.0000 1.0001 1.0001 1.0000 0.9997 0.9997 1.0000 1.0001 1.0001 1.0000 1.0001 1.0001 6959 INFES Designan Gerente de Obras RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 059-2002-ME-INFES Lima, 16 de abril de 2002 Vista la renuncia formulada por el ingeniero Pablo Coll Calderón, al cargo de confianza de Gerente de Estudios y Proyectos del Instituto Nacional de Infraestructura Educa- tiva y de Salud - INFES; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 118-2001-PRES de fecha 2 de mayo de 2001, se designó al ingeniero Pablo Coll Calderón en el cargo de confianza de Gerente de Es- tudios y Proyectos del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; Que, el citado funcionario mediante carta del 16 de abril de 2002, ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando; Que, el cargo de confianza de Gerente de Obras se encuentra vacante por renuncia de su titular; De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594, y el Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones del INFES, aprobado por De- creto Supremo Nº 003-97-PRES;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el ingeniero Pablo Coll Calderón, al cargo de confianza de Gerente de Estudios y Proyectos del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, en el cargo de confianza de Gerente de Obras del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, al ingeniero Pablo Coll Calderón. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÁN GARCÍA DE LOS RÍOS Presidente del Consejo Directivo 6931 SUNARP Instituyen "Biblioteca Básica Registral" en cada Oficina Registral RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 146-2002-SUNARP/SN Lima, 8 de abril de 2002