Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2002 (17/04/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de MORDAZA de 2002

sejo de Ministros y a la entidad solicitante para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 6881 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 232-2002-PROMUDEH MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2002 Vistos la solicitud de fecha 22 de febrero del 2002, presentada por las Hermanas de la MORDAZA Providencia a traves del MORDAZA de la Diocesis de Abancay; CONSIDERANDO: Que mediante la Carta de Aceptacion de fecha 21 de agosto del 2001, la Asociacion La MORDAZA del Cuento con sede en la MORDAZA de Barcelona, Espana, ha efectuado una donacion de libros infantiles y juveniles de MORDAZA mano, asi como libros educativos y de apoyo, con un peso MORDAZA aproximado de 360 kilogramos y un valor C & F de US$ 990.00 (NOVECIENTOS NOVENTA Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), a favor de la Institucion Religiosa Hermanas de la MORDAZA Providencia con sede en Abancay, amparados entre otros documentos en el Aviso de Llegada a SERPOST Abancay de fecha 2 de enero del 2002, la Resolucion de Intendencia Sunat Nº 049-4 00019 donde consta la inscripcion del Obispado de Abancay en el Registro de Entidades Perceptoras de Donaciones con Beneficio Tributario hasta el 6 de setiembre del 2004; Que la Oficina de Cooperacion Internacional en coordinacion con la Gerencia de Promocion de la Ninez y la Adolescencia, han considerado procedente la solicitud de aprobacion de la donacion, por enmarcarse en los lineamientos generales de la poblacion objetivo de la mencionada Gerencia, por cuanto la donacion sera destinada a los ninos y familias mas pobres de Abancay ya que la congregacion se dedica al cuidado de ninos abandonados y de las personas mas necesitadas; Que la entidad solicitante se encuentra registrada ante la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros como una "Institucion Privada sin fines de lucro Receptora de Donaciones de Caracter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior", asimismo cuenta con el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta y es una Institucion Religiosa de la Iglesia Catolica conforme lo acredita el MORDAZA de la Diocesis de Abancay; Con Informes favorables de la Oficina de Cooperacion Internacional y la Gerencia de Promocion de la Ninez y la Adolescencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 21942, Decreto Legislativo Nº 866 y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y sus modificatorias, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Supremo Nº 055-99-EF y Decreto Supremo Nº 064-2000-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de bienes efectuada por la Asociacion La MORDAZA del Cuento, con sede en la MORDAZA de Barcelona, Espana, consistente en: libros infantiles y juveniles de MORDAZA mano, asi como libros educativos y de apoyo, con un peso MORDAZA aproximado de 360 kilogramos y un valor C & F de US$ 990.00 (NOVECIENTOS NOVENTA Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), a favor de la Institucion Religiosa Hermanas de la MORDAZA Providencia con sede en Abancay. Articulo 2º.- La Institucion Religiosa Hermanas de la MORDAZA Providencia con sede en Abancay debera remitir a la Oficina de Cooperacion Internacional del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, la informacion que posibilite el seguimiento y evaluacion del uso y destino de la donacion aprobada por la presente Resolucion.

Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la Contraloria General de la Republica, a la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros y a la entidad solicitante para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 6882

RELACIONES EXTERIORES
Dictan normas sobre las solicitudes para emision de MORDAZA de devolucion de impuestos por compras efectuadas con donaciones del exterior y de cooperacion tecnica internacional no reembolsable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0397-2002-RE MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo Nº 783, prorrogado hasta el 31 de diciembre del 2003 por la Ley Nº 27385, establece que el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promocion Municipal derivado de las compras de bienes y servicios, efectuadas con financiacion provenientes de donaciones del exterior y de la cooperacion tecnica internacional no reembolsable otorgadas por Gobiernos e Instituciones Extranjeras u Organismos de Cooperacion Tecnica Internacional en favor del Gobierno Peruano, entidades estatales excepto empresas, o instituciones sin fines de lucro previamente autorizadas y acordadas con el Poder Ejecutivo, podra ser objeto de devolucion, mediante Notas de Credito Negociables; Que el Decreto Supremo Nº 036-94-EF, que aprueba el Reglamento para el otorgamiento de beneficio tributario en las compras de bienes efectuadas con financiacion de donaciones y Cooperacion Tecnica Internacional no Reembolsable, senala en su Articulo 4º que el Ministerio de Relaciones Exteriores, en los casos que corresponda, emitira una MORDAZA que debera ser remitida a la SUNAT, para efecto de la calificacion especial para las entidades beneficiarias; Que la MORDAZA que emite el Ministerio de Relaciones Exteriores debe especificar la entidad sujeta al beneficio; el acuerdo, convenio o registro del que fluye su derecho a solicitar la devolucion de impuestos; el programa o proyecto o actividad derivada de donaciones del exterior o de cooperacion tecnica internacional no reembolsable, que se encuentran financiando o ejecutando; y la relacion de bienes y/o servicios contenidos en los planes de operacion por los cuales procede la devolucion y la fecha de vencimiento; Que por Decreto Supremo Nº 031-2002-RE se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores, el que dispone que el procedimiento para la emision de la MORDAZA de devolucion de impuestos por compras efectuadas con donaciones del exterior y de cooperacion tecnica internacional no reembolsable, debe ser resuelto en el plazo MORDAZA de veinte dias utiles, estableciendose entre los requisitos exigidos, la MORDAZA de una Declaracion Jurada que consigne la veracidad de la documentacion que acompanan a las solicitudes respectivas para fines administrativos; Que el Articulo 42.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que todas las declaraciones juradas, los documentos sucedaneos presentados y la informacion incluida en los escritos y formularios que presenten los administrados para la realizacion de procedimientos administrativos, se presumen verifica-

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