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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (17/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 20

Pág. 221502 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de abril de 2002 VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris, para que se le otorgue prórroga del plazo para la enajena- ción de bienes recibidos en dación de pago de acreencias conforme a lo previsto por el Artículo 215º de la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or- gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 215º de la Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraí- da previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles e inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el referido artículo se precisa que, vencido di- cho plazo, sin que se haya efectuado la venta o el arrenda- miento financiero del bien, la empresa deberá constituir una provisión hasta por un monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular Nº B-2075-2000 establece que las solici- tudes para la prórroga del plazo establecido en el Artículo 215º de la Ley General, deberán ser presentadas con una anticipación de, por lo menos, quince (15) días antes de su vencimiento, caso contrario la solicitud será rechazada; Que, la indicada Circular establece la metodología a seguir en el cálculo de las provisiones a constituir por los inmuebles en referencia; asimismo, establece que la va- luación de los inmuebles se realicen por peritos inscritos en el registro de peritos valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en el numeral 3 del Capítulo IV de la Resolución SBS Nº 572- 97 y sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "C" mediante el Informe Nº DESF "C" 053-2002, y con el visto bueno de la Superinten- dencia Adjunta de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones que le confiere la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or- gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en uso de la facultad delegada mediante Reso- lución SBS Nº 807-99, y en virtud de la Resolución SBS Nº 034-2002; RESUELVE: Artículo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215º de la Ley General, para que el Banco Wiese Sudameris proceda a la enajenación de los bienes señalados en el Anexo que forma parte inte- grante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Banco Wiese Sudameris deberá proce- der conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075- 2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) ANEXO Relación de inmuebles recibidos en dación de pago de obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza al Banco Wiese Sudameris prórroga del plazo para su enaje- nación (venta), conforme a lo dispuesto en el Artículo 215º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y la Circular SBS Nº B-2075-2000. Tipo de Descripción / Ubicación Fecha de Valor Bruto en bien Adjudicación Libros (S/.) Inmueble Predio Urbano carretera a Charcani 16-4-2001 29,940.95 s/n esquina con Calle Nº 09 (6 Km. de la plaza de Cayma) PP.JJ. Asoc. de Vivienda Rafael Belaúnde Diez Canseco, Mz. C, Lote Nº 34 de la Zona A, distrito de Cayma, ArequipaTipo de Descripción / Ubicación Fecha de Valor Bruto en bien Adjudicación Libros (S/.) Inmueble Calle 2 Nº 217, esquina con Tomasal 20-4-2001 781,991.03 899, urbanización Las Molinas de Monterrico, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima Inmueble Urbanización Aurora, Manzana N, Lote 26-4-2001 247,065.00 4, distrito del Cercado, provincia y departamento de Arequipa Inmueble Mariscal Benavides Nºs. 419, 421, 423, 27-4-2001 525,895.50 formando esquina con la calle La Gruta Nºs. 200-200 A, Lote Nº 17, Mz. G, urba- nización Selva Alegre, provincia y departamento de Arequipa Inmueble Calle Las Cucardas Nº 130, Urb. Las 30-4-2001 1'930,500.00 Casuarinas, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima 6907 Actualizan capital social mínimo de las empresas supervisadas, correspondien- te al trimestre abril-junio de 2002 CIRCULAR Nº G-106-2002 Lima, 15 de abril de 2002 ------------------------------------------------- Ref.:Actualización del capital social mí- nimo correspondiente al trimestre abril-junio de 2002. ------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar conocimiento que en uso de las atri- buciones conferidas por el numeral 9 del Artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Ban- ca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias y la Resolución SBS Nº 1028-2001 del 27 de diciembre de 2001, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al período abril-junio de 2002, de los capitales sociales mínimos de las empre- sas indicadas en los Artículos 16º y 17º de la referida Ley General, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 18º de dicha norma, así como de los capitales mínimos requeridos en el esquema modular a que se refiere el Artículo 290º de la Ley antes citada, según el anexo adjunto. Atentamente, SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente de Banca y Seguros (e) ANE XO ACTUALIZACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL MÍNIMO DE LAS EMPRESAS SUPERVISADAS CORRESPONDIENTE AL TRIMESTRE ABRIL-JUNIO DE 2002 (EN NUEVOS SOLES) CAPITAL SOCIAL MÍNIMO* A.Empresas de Operaciones Múltiples 1.Empresas Bancarias. 18 049 778,00 2.Empresas Financieras. 9 076 930,00 3.Caja Municipal de Ahorro y Crédito. 820 554,00 4.Caja Municipal de Crédito Popular. 4 841 029,00 5.Entidad de Desarrollo a la Pequeña y Micro Empresa - EDPYME. 820 554,00 6.Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar recursos del público. 820 554,00 7.Caja Rural de Ahorro y Crédito. 820 554,00 B.Empresas Especializadas 1.Empresa de Capitalización Inmobiliaria. 9 076 930,00 2.Empresa de Arrendamiento Financiero. 2 953 028,00 3.Empresa de Factoring. 1 641 109,00 4.Empresa Afianzadora y de Garantías. 1 641 109,00 5.Empresa de Servicios Fiduciarios. 1 641 109,00