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Pág. 221837 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de abril de 2002 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Aprueban Ordenanza sobre Adminis- tración Municipal del Proyecto Piloto: Sistema Vial y de Equipamiento del Planeamiento Integral ORDENANZA N° 011–2002/MDSMP San Martín de Porres, 13 de abril de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES; POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en Sesión Ordinaria de fecha 13 de abril del 2002, visto el Dictámen Nº 008-2002-DDU/MDSMP de la Comisión de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Nº 097-2002-MDSMP/DDU- DPHU procedente de la División de Habilitaciones Urbanas con la conformidad de la Dirección de Desarrollo Urbano, se establece que, el Sistema Vial del Planeamiento Integral pro- puesto abarca 19 Programas de Vivienda dentro de una super- ficie de 264,000.00 m2, densidad media R-4, Centro de Salud Nº 2, el cual cuenta con viviendas con alto grado de consolida- ción, con obras de alumbrado público y conexiones domicilia- rias y alcantarillado, con un sistema de vías y avenidas locales definidas y consolidado estructurado en base a vías locales, siendo de competencia de la Municipalidad Distrital su planea- miento conforme lo dispone el Art. 5º de la Ordenanza Nº 341- MML publicado el 6 de diciembre del 2001; Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado establece que, las Municipalidades tienen autono- mía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia y asimismo el Artículo 73º de la misma Carta Magna establece que los bienes de dominio público y de uso público son inalienables e imprescriptibles; Que, el Título III de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe las funciones generales y específicas de las Muni- cipalidades, entre otras, en materia de acondicionamiento te- rritorial, vivienda y seguridad colectiva, la conservación y mantenimiento de los bienes de dominio público y de uso pú- blico como la infraestructura urbana, la nomenclatura de ave- nidas, calles, jirones, pasajes, la numeración predial, calles, plazas, avenidas, paseos, jardines; así como la formulación, aprobación y supervisión de planes de desarrollo urbano como competencia de las Municipalidades Distritales, con excep- ción de los que corresponden a las Municipalidades Provin- ciales y al Estado conforme a Ley; Que, por otro lado, las Municipalidades tienen como fun- ción incentivar y garantizar las iniciativas y la participación de los vecinos, constituidos bajo las formas organizativas que crean por conveniente y tengan como objetivo resol- ver sus problemas locales mediante el sistema de la auto- construcción, la implementación del Saneamiento de los Servicios Básicos Locales así como el mejoramiento y desarrollo de la infraestructura de sus localidades; Que, concordante con las normas glosadas, los Artículos 5º y 8º de la Ordenanza Nº 341 de la Municipalidad Metropoli- tana de Lima establece la competencia de la Municipalidad Provincial en materia normativa sobre el Sistema Vial Metropo- litano de Lima, en tanto que, según dicha Ordenanza y la Nº 296 establecen como competencia de las Municipalidades Dis- tritales, entre otros, la definición y aprobación de las Seccio- nes Viales Normativas de competencia de las Municipalidades Distritales las Vías Locales así como la ejecución, el manteni- miento, rehabilitación, señalización, ornato y mobiliario urbano de las vías locales de su jurisdicción; Que, dentro de este orden de cosas, los propietarios de lotes de terreno de Diecinueve (19) Programas de Vivien- da, ubicados en parte del Lote “A” del ex fundo Naranjal de San Martín de Porres, constituidos en la Comisión Unifica- da Pro Agua y Alcantarillado, con personería jurídica ins- crita en el Registro de Personas Jurídicas de la OficinaRegistral de Lima y Callao, solicitan la declaración de pre- ferente interés local el Proyecto Piloto Sistema Vial y de Equipamiento del Planeamiento Integral; Que, la propuesta constituye un modelo distinto de ac- titud de la Población Organizada, de las Inmobiliarias, per- sonas naturales, jurídicas; y propietarios y su Asesor Téc- nico que constituyen el Sector Privado ante la Municipali- dad Distrital de San Martín de Porres y la respuesta opor- tuna y eficaz de ésta por resolver las necesidades senti- das por la Población Organizada; Que, la ejecución del Proyecto implica el compromiso serio de cumplimiento tanto de la Población, del Consultor como de la Municipalidad que será viable a través de la suscripción de un CONVENIO TRIPARTITO donde se es- tablezcan el compromiso y las responsabilidades de las partes para su cumplimiento dentro de plazos perentorios; Estando a lo opinado por la División de Planificación y Habilitaciones Urbanas con la conformidad de la Dirección de Desarrollo Urbano y a lo informado por la Oficina de Ase- soría Jurídica; el Concejo Municipal por voto unánime de los señores Regidores asistentes, aprobó la siguiente; ORDENANZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL DEL PROYECTO PILOTO: SISTEMA VIAL Y DE EQUIPAMIENTO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL Artículo 1º.- Preferente Interés Local – Declarar de pre- ferente interés local, las Vías Públicas y de Equipamiento que comprende el Proyecto Piloto: Sistema Vial y de Equi- pamiento del Planeamiento Integral, de parte del lote “A” del ex fundo Naranjal – San Martín de Porres, iniciativa formu- lada por la Comisión Unificada Pro Agua Potable y Alcantari- llado, el Asesor Técnico de ésta en coordinación con la Muni- cipalidad Distrital de San Martín de Porres para la ejecución de Estudios de Proyectos de Factibilidad, de Proyectos de Agua Potable y Alcantarillado así como la Ejecución de Obras de Agua Potable y Alcantarillado. Artículo 2º.- Ámbito – El ámbito de la presente Ordenan- za se circunscribe a la parte del lote “A” del ex fundo Naranjal que comprende Diecinueve (19) Programas de Vivienda del Proyecto Piloto: Sistema Vial y de Equipamiento del Planea- miento Integral Piloto, donde se encuentran ubicados 06 Ave- nidas, 31 Calles, 9 Pasajes Vehiculares y 8 Pasajes Peatona- les consolidados y definidos totalmente, cuya administración y control asume la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, declarándolas inalienables e imprescriptibles íntegra- mente por constituir vías locales y de Equipamiento que for- mando parte del Sistema Vial Metropolitano de Lima con una superficie de 264,000.00 m2 con 1,214 lotes de vivienda, don- de residen aproximadamente 8,498 habitantes y físicamente están delimitados por el norte, con la avenida “El Sauce” y los programas de vivienda: Villa Juanita, El Rosal II, Real Madrid III, Villa Victoria y el Rosal de San Diego; por el sur, con la Cooperativa de Vivienda Policial Ltda. Nº 158 “Vipol” y la Aso- ciación Pro Vivienda G.R.P. Juan Linares Rojas; por el este, con la Asociación Los Huertos de Naranjal y el AA. HH. “Oli- vos de Pro, Sector C”; y por el oeste, con la Av. Tantamayo o Chuquitanta y los Programas de Vivienda: Real Madrid II Eta- pa, La Capullana, Residencial Amazonas y Residencial Villa- rreal. Artículo 3º.- Lotización y Vías – El área del Planea- miento cuenta con alto grado de consolidación de vivien- das con un promedio de 120.00 m2 por lote, donde el 75% de lotes se encuentran construidos con material noble en buen estado y con áreas mayores a 25 m2 de techado por vivienda y con distintos grados de avance de obra; buena parte de estos Programas de Vivienda cuentan con obras de alumbrado público y conexiones domiciliarias conclui- das y en funcionamiento, no existiendo obras de redes de agua potable y alcantarillado y apreciándose la existencia de pozos de almacenamiento de agua y silos. La consoli- dación de viviendas configura un Sistema de Vías, aveni- das locales definidas y consolidadas en actual uso y flui- dez tanto de vehículos de servicios particulares como públicos, habiéndose verificado el trazo y sección de vías tal como se presenta en el Plano del Proyecto Piloto de Planeamiento Integral presentado. El Sistema Vial y de Equipamiento forma parte del presente Planeamiento Inte- gral y se estructura en base a las Vías Locales como las avenidas: Central, Chuquitanta-Tantamayo, El Sauce, Ri- cardo Palma y Las Torres; el trazado de las vías y de equi- pamiento obedecen a un ordenamiento urbano de hecho, como sigue: