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Pág. 221834 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de abril de 2002 Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la Reso- lución en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de emitida. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BONIFAZ CARMONA Alcalde 7337 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Aprueban Reglamento de Fraccionamien- to y/o Aplazamiento de Deudas Tributa- rias y No Tributarias de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA N° 05 Miraflores, 17 de abril de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú y el Artículo 2° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, otorgan a las Municipalidades autonomía política, eco- nómica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 36° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99- EF, establece que la Administración está facultada para otor- gar aplazamiento y/o fraccionamiento a aquellos contribuyen- tes que deseen regularizar sus deudas tributarias; Que, la Municipalidad de Miraflores aprobó el Regla- mento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tri- butarias mediante Decreto de Alcaldía Nº 10, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 13 de agosto del 2001; Que, es una de la principales preocupaciones de la Munici- palidad otorgar facilidades de pago a los contribuyentes del distrito, por lo que, es necesario regular aspectos no conside- rados en el Decreto de Alcaldía N° 10; con ese fin se aprueba el “Reglamento de Fraccionamiento y/o Aplazamiento de Deu- das Tributarias y no Tributarias”, que constituye un mecanismo simplificado y adecuado para la regularización de las deudas tributarias y no tributarias de los Administrados; En ejercicio de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Fracciona- miento y/o Aplazamiento de Deudas Tributarias y No Tributa- rias de la Municipalidad de Miraflores el mismo que consta de ventitrés (23) artículos y una (1) disposición final. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del Regla- mento de Fraccionamiento y/o aplazamiento de Deudas Tribu- tarias y No Tributarias a la Unidad de Recaudación Ordinaria, dependiente de la Oficina de Administración Tributaria. Artículo Tercero.- Deróguese el Decreto de Alcaldía Nº 10-MM del 13 de agosto del 2001. Artículo Cuarto.- El presente Decreto entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. GERMAN KRUGER ESPANTOSO Alcalde REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- ÁMBITO DE APLICA CIÓN El presente Reglamento de Fraccionamiento y/o Apla- zamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, será deaplicación para todas aquellas deudas cuya administración esté a cargo de la Municipalidad de Miraflores. Artículo 2°.- DEFINICIONES Reglamento: Reglamento de Fraccionamiento y/o Apla- zamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias Deuda: La constituida por la obligación pecuniaria, cuyo monto solicita fraccionar o aplazar, que puede ser de natu- raleza tributaria y no tributaria. Deudor: Persona obligada al pago de la deuda, en ca- lidad de contribuyente o responsable. Representante: Persona que actúa en nombre del deu- dor mediante poder debidamente otorgado por éste y que en su nombre y representación suscribe el fraccionamien- to y/o aplazamiento. Fraccionamiento: División de la deuda para su pago en cuotas, con vencimiento en los plazos que determine la administración Tributaria. Aplazamiento: Pago diferido de la deuda por el tiempo que determine la Administración Tributaria. Solicitud: La contenida en el formulario denominado ”So- licitud de fraccionamiento y/o aplazamiento de deudas tribu- tarias y no tributarias” que la Municipalidad pone a disposi- ción de sus deudores en formato preimpreso o mecanizado. Cuando se haga mención de artículos sin indicación expresa de la norma legal correspondiente se entenderá referido al presente Reglamento Artículo 3°.- DEUDAS QUE PUEDEN SER MATERIA DE FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO Podrá otorgarse fraccionamiento y/o aplazamiento res- pecto a las deudas cuya cobranza esté administrada por la Municipalidad de Miraflores, incluso cuando las deudas se encuentren en proceso de cobranza coactiva, en cuyo caso también podrán incluirse las costas procesales y gastos administrados dentro de las cuotas del fraccionamiento. Artículo 4°.- DEUDAS QUE NO PUEDEN SER MA- TERIA DE FRACCIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO No procede el fraccionamiento y/o aplazamiento res- pecto de las siguientes deudas: 1. Tratándose del fraccionamiento, por deudas meno- res al cinco por ciento (5%) de la UIT. 2. Tratándose del aplazamiento, por deudas menores de una (1) UIT. 3. Deudas que hubieran sido materia de fraccionamiento o aplazamiento anterior. CAPÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO Artículo 5°.- REQUISITOS PARA OTORGAR FRAC- CIONAMIENTO Y/O APLAZAMIENTO 1. Suscribir la Solicitud. 2. Realizar el pago de la cuota inicial al momento de la presentación de la solicitud. 3. Otorgar las garantías requeridas, cuando correspon- da. 4. Copia del documento de identidad del deudor. Cuan- do suscriba la solicitud persona distinta del deudor se de- berá acompañar carta poder. Tratándose de personas jurí- dicas, se debe adjuntar copia simple del poder inscrito ante los Registros Públicos. 5. Copia del último recibo de luz o agua o teléfono co- rrespondiente a su domicilio real y copia del contrato de arrendamiento, cuando corresponda. 6. No tener otro fraccionamiento y/o aplazamiento pen- diente de pago, con excepción de lo establecido en el Artí- culo 8° del Reglamento. 7. Cuando la deuda a fraccionar o aplazar se haya ge- nerado por infracciones tributarias o administrativas, se deberá subsanar previamente las infracciones que dieron origen a la sanción, cuando su naturaleza lo permita. La suscripción de la solicitud de fraccionamiento y/o aplazamiento implica el reconocimiento de la deuda y el desistimiento automático de cualquier recurso impugnati- vo en trámite, presentado contra las deudas materia de fraccionamiento o aplazamiento. Artículo 6°.- SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO Y/ O APLAZAMIENTO La solicitud de fraccionamiento y/o aplazamiento debi- damente suscrita por el deudor se presentará en la Plata- forma de Atención al Contribuyente.