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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (24/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 221828 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 24 de abril de 2002 LA SALA RESUELVE: 1º.- Sancionar a la empresa JINT Contratistas Genera- les SRL con suspensión del ejercicio de sus derechos a participar en procesos de selección y de contratar con el Estado por el período de un (1) año, computado desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. 2º.- Poner la presente Resolución en conocimiento de la Gerencia de Registros, para las correspondientes ano- taciones de ley. 3º.- Devolver a la Entidad los antecedentes adminis- trativos remitidos, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. DELGADO POZO RODRÍGUEZ ARDILES CABIESES LÓPEZ 7357 TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 248/2002.TC-S1 Lima, 17 de abril de 2002 Visto, en sesión de la Primera Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado de fecha 8.4.2002, el Expediente Nº 073/2002.TC sobre aplicación de sanción administrativa a la firma GRUPO FERCASA S.A. por incumplimiento de obligaciones, habiéndose re- suelto el contrato y adenda, para la "Repotenciación de la Maquinaria", solicitada por la Municipalidad Provincial de Ascope - La Libertad; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES 1. El 31.8.01, la Municipalidad Provincial de Ascope y Grupo FERCASA S.A. celebraron el contrato de Compra- venta de repuestos y prestación de servicios técnicos para la repotenciación de una retroexcavadora Massey-Fergu- son y el volquete Volvo Nº 10, el alargamiento de la cister- na, y suministrar los repuestos y accesorios necesarios para tales efectos por el monto total de S/. 215,000 y un plazo de 35 días laborables. 2. El 2.10.01, se suscribió una adenda al referido con- trato modificando diversas cláusulas. 3. El 12.10.01, la Entidad requiere al proveedor el cum- plimiento de la renovación de la cartas fianza, una por S/. 21,500 y otra por S/. 129,000. 4. El 22.10.01 es prorrogada la vigencia de carta fianza de S/. 21,500 hasta el 22.01.02. 5. El 29.10.01, mediante Resolución de Alcaldía Nº 284- 01-MPA, se prorroga el plazo de ejecución por cinco (5) días laborables, estableciéndose que la entrega final de la maquinaria vencerá el 30.10.01. 6. El 20.11.01, mediante Oficio Nº 363-2001-MPA, la Entidad requiere el levantamiento de observaciones del volquete DINA y recuerda obligación del proveedor de asu- mir el mantenimiento del volquete VOLVO. 7. El 29.11.01, mediante Oficio Nº 354-2001-MPA, la Entidad precisa al proveedor que se encuentra pendiente de entrega la recepción de la Retroexcavadora Masey Fer- guson y le requiere que cumpla con los términos contrac- tuales. 8. El 14.12.01, se expida la Resolución de Alcaldía Nº 334-2001-MPA, por la que se resuelve el contrato por cau- sas imputables al contratista. 9. El 8.1.02, mediante Carta Notarial, se notifica al pro- veedor con la Resolución de Alcaldía Nº 334-2001-MPA. 10. El 21.1.02, la Entidad comunica lo sucedido a este Tribunal. 11. El 29.1.02, la Oficina de Trámite Documentario de la Entidad informa que no se ha recibido recurso impugna- tivo alguno contra la Resolución resolutoria de contrato. 12. El 21.2.02, la Entidad cumple con remitir los ante- cedentes administrativos. 13. El 26.2.01, previa razón de Secretaría, se dispone la notificación al proveedor por edicto. 14. El 6.3.02, se efectúa la publicación del edicto en el Diario Oficial El Peruano. 15. El 25.3.02, previa razón de Secretaría, se hace efec- tivo el apercibimiento decretado al no haber presentadodescargos el proveedor y se dispone la remisión del expe- diente a la Primera Sala. FUNDAMENTACIÓN: 1. En el presente procedimiento administrativo, se advier- te de la documentación obrante en autos, que la causal de aplicación de sanción consistente en el incumplimiento de obligaciones contractuales dando lugar a que el contrato se resuelva, se encuentra acreditada, cumpliéndose con lo que establece el inciso b) del Artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. En efecto, en la documentación remitida por la Entidad se aprecia tanto el contrato celebrado entre las partes como el requerimiento que aquélla le efectuara al proveedor para que cumpla con su obligación contractual; así como tam- bién que, ante el incumplimiento de éste, se procedió a la resolución del contrato. 2. Por otra parte, el proveedor no sólo ha incumplido con las obligaciones propias de la relación contractual, sino también con expresar sus descargos ante este Tribunal, respecto a su conducta, pese a haber sido requerido por edicto ante la imposibilidad de ser ubicado personalmente. 3. En este orden de ideas, y estando a lo que dispone el Artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado que sanciona la conducta descrita con inhabilitación no menor de un (1) año ni mayor de dos (2) años, debe procederse a aplicar la respectiva sanción. LA SALA RESUELVE: 1. Sancionar a la empresa Grupo FERCASA S.A. con la suspensión de sus derechos a participar en procesos de selección y de contratar con el Estado por el período de un (1) año, computado desde el día siguiente de la publica- ción de la presente Resolución en el Diario Oficial El Pe- ruano. 2. Poner la presente Resolución en conocimiento de la Gerencia de Registros, para las anotaciones corres- pondientes. 3. Devolver a la Entidad los antecedentes adminis- trativos remitidos, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. DELGADO POZO RODRÍGUEZ ARDILES CABIESES LÓPEZ 7358 ESSALUD Aprueban inclusión y exclusión de pro- cesos de selección del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año 2002 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 318-GG-ESSALUD-2002 Lima, 15 de abril del 2002 CONSIDERANDO: Que, el 15 de marzo del 2001, entró en vigencia el Tex- to Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 081- GG-ESSALUD-2002, se aprobó el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones (PAAC) de ESSALUD correspon- diente al año 2002; Que, el Artículo 8º del Reglamento de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las li- citaciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual deberán ser apro- badas por la máxima autoridad administrativa de la Enti- dad, para su inclusión en el mismo; Que, el Artículo 9º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), establece que el Gerente General es el funcionario que ocupa el más alto cargo administrativo de ESSALUD;