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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (02/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 227572 NORMAS LEGALES Lima, viernes 2 de agosto de 2002 Que mediante el Informe Nº 021-2002-CEA de fecha 19 de julio de 2002, la Comisión encargada del estudio de las solicitudes de extradiciones activas propone acceder al pedido de extradición de la referida procesada; Estando a lo dispuesto por el Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 044-93-JUS, los Artículos 37º y 38º de la Ley Nº 24710, el inciso 5) del Artículo 34º del Texto Único Or- denado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, y el Tratado de De- recho Penal Internacional de Montevideo de 1889; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del Ar- tículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder la pedido de extradición activa del procesado GILBERTO PIÑEROS GONZALES o GILBER- TO PIÑEROS GONZALEZ o GILBERTO PIÑEYRO GON- ZALES, formulado por la Primera Sala Penal Corporativa para Procesos Ordinarios con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el delito de tráfico ilícito de drogas en agra- vio del Estado Peruano ; y disponer su presentación por vía diplomática, al Gobierno de la República de Ecuador, de con- formidad a los Tratado s de Extradición vigente s, y lo estipu- lado por las normas internas peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 13843 Autorizan viaje a Presidente del INPE a EE.UU. para participar en reuniones relativas al proceso de concesión de establecimientos penitenciarios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 270-2002-JUS Lima, 26 de julio de 2002 VISTO, el Oficio Nº 311-2002-CEI/PEN de fecha 25 de julio del 2002 del Proyecto Establecimientos Penitenciarios de PROINVERSIÓN; CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Establecimientos Penitenciarios de PROINVERSIÓN ha comunicado que se ha coordinado con la firma Carter & Goble Associates, un viaje de trabajo a la ciudad de Los Ángeles - Estados Unidos de América, del 4 al 11 de agosto del 2002, con la finalidad de realizar reuniones de premercadeo con potenciales inversionistas interesados en el proceso de concesión de Establecimientos Penitencia- rios para captar el grado de interés de los mismos, realizar reuniones de trabajo con la citada firma y visitar Centros Pe- nitenciarios administrados por el Sector Privado; Que, para este efecto se ha conformado una Comisión Multisectorial encargada de viabilizar el proceso de conce- sión de nuevos Establecimientos Penitenciarios, la cual está integrada, entre otros funcionarios públicos, por el Mag. Luis Javier Bustamante Rodríguez, Presidente del Instituto Na- cional Penitenciario en representación de esta entidad; Que, en tal virtud, considerando la importancia de los asuntos que serán materia del citado viaje, es necesario emitir la autorización pertinente; y,De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Mag. LUIS JAVIER BUSTAMANTE RODRÍGUEZ, Presidente del Instituto Na- cional Penitenciario, a la ciudad de Los Ángeles - Estados Unidos de América, del 4 al 11 de agosto del 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presen- te Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego 061 Instituto Nacional Penitenciario, de acuerdo al siguien- te detalle: Viáticos US$ 1,980.00 Pasajes 805.00 Tarifa CORPAC 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO OLIVERA VEGA Ministro de Justicia 13726 Autorizan funcionamiento de centro de conciliación con sede en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 169-2002-JUS Lima, 23 de julio de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 20006-2001, de fecha 29 de agosto de 2001, del CENTRO DE CONCILIACIÓN FERNÁNDEZ RENTERÍA; CONSIDERANDO: Que el CENTRO DE CONCILIACIÓN FERNÁNDEZ RENTERÍA, es una asociación civil sin fines de lucro que tiene entre sus objetivos ejercer la función conciliadora; Que la mencionada asociación civil ha solicitado auto- rización para el funcionamiento del Centro de Conciliación denominado CENTRO DE CONCILIACIÓN "FERNÁNDEZ RENTERÍA", con sede en la ciudad de Lima; Que conforme obra del acta de inspección ocular de fecha 28 de junio de 2002, se realizó la constatación res- pectiva en las instalaciones e infraestructura física de su Centro de Conciliación; Que la recurrente cumple con los requisitos estable- cidos en los Artículos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, y los Artículos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016- 2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funciona- miento de su Centro de Conciliación; Estando a lo opinado en el Informe Nº 1311-2002-JUS/ STC de la Secretaría Técnica de Conciliación, es pertinen- te atender la solicitud del CENTRO DE CONCILIACIÓN FERNÁNDEZ RENTERÍA; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliación, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS modificado por Decreto Supremo Nº 016- 2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al CENTRO DE CONCILIACIÓN FERNÁNDEZ RENTERÍA, el funcionamiento de su Centro